Con BNDF sabremos si desaparecidos son buscados correctamente por autoridades: Olimpia Montoya

Con BNDF sabremos si desaparecidos son buscados correctamente por autoridades: Olimpia Montoya

La entrada en operación del Banco Nacional de Datos Forenses (BNDF) permitirá a familiares de personas desaparecidas saber si sus seres queridos son correctamente buscados por las autoridades, celebró Olimpia Montoya, quien busca a su hermano Marco Antonio, desaparecido en marzo de 2017.

Dicho organismo, que debía entrar en vigor desde 2019, comenzará a operar este 29 de marzo, con el fin de apoyar en la búsqueda de los más de 110 mil desaparecidos registrados en todo el país y los más de 52 mil restos sin identificar que se encuentran en las fiscalías y fosas comunes.

Este contempla la integración y por ende operación del Registro Nacional de Personas Fallecidas No Identificadas y No Reclamadas. Además, integra por la interconexión gradual de las bases, registros y sistemas que tengan información forense y genética relevante para la búsqueda, localización e identificación de personas desaparecidas o no localizadas.

Esto debido a que México enfrenta una crisis en de desaparecidos y forenses. Tan solo en su último reporte, el Comité Contra la Desaparición Forzada de las Naciones Unidas (ONU) advirtió que serían necesarios 120 años para identificar los cadáveres acumulados en México hasta 2022.

A esto se suma que la cantidad de personas fallecidas que permanecen sin ser identificadas al finalizar cada año continúa en aumento.

Olimpia Montoya celebró la entrada en operación y precisó que con esto, los familiares podrán saber si sus seres queridos se encuentra en otra parte de la República.

Además, les permitirá conocer si sus seres queridos ya fueron correctamente buscados en toda el país, así como verificar los cotejos de los perfiles genéticos.

La creación del BNDF estaba contemplada desde 2017, cuando se expidió la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas. Dicha norma, creaba la obligación con el propósito de concentrar la información relevante para la búsqueda e identificación de personas desaparecidas y para conducir la investigación de los delitos en la materia.

Debido a ello, la Procuraduría General de la República (ahora, Fiscalía General de la República) debía expedir en los siguientes 180 días a la entrada en vigor de la Ley los lineamientos tecnológicos necesarios para establecer las características técnicas de los registros, así como las formas homologadas en las que los distintos niveles de gobierno debían remitir la información. Dicho plazo feneció en enero de 2019.

Ante la omisión, Olimpia Montoya interpuso un amparo, acompañada del Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez (Centro Prodh) para exigir la creación de los mismos. La sentencia fue impugnada por la FGR. Sin embargo, finalmente, los impartidores de justicia conluyeron que era su obligación poner en marcha el BNDF.

Los Lineamientos se expidieron el 6 de abril de 2023 y apenas el pasado 11 de mayo -tan sólo un día después de la XII Marcha por la Dignidad en la que madres y otros familiares de personas desaparecidas se reúnen para pedir justicia por sus seres queridos- se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF). En este último, se estableció que entrará en operación el 29 de mayo.

Montoya reconoció la noticia y consideró que el hecho de que esté conformado por varias herramientas le dará “fortaleza” al Banco.

Sin embargo, reiteró que para que funcione correctamente, deberá recabar toda la información de todos los estados, que estos envíen su información y esta sea compatible entre sí.

Esto debido a que diversas familias, incluida la propia Olimpia Montoya, han sido víctimas de omisiones por las autoridades. Según la buscadora, los restos hallados muchas veces son documentados con errores, “como el hecho de ponerle una edad, que no era”, afirmó Montoya.

Tan solo en el caso de su hermano, que cumplió 6 años el pasado marzo de haber desaparecido, no fue hasta el 2022 en que fueron tomadas las muestras genéticas de sus padres y se realizó el cuestionario AM.

Además, reiteró que este último, que recoge datos más a fondo de los desaparecidos, debe ser tomado pronto a la desaparición, ya que con el paso del tiempo se pueden olvidar rasgos muy particulares. Pero, esto no ocurrió en el caso de su hermano hasta el 2022.

Esto quiere decir que los primeros 5 años de presunta búsqueda por parte de las autoridades, no se contaba con la información más confiable para poder localizarlo, a pesar de que existen las herramientas para ello.

“Quiere decir que todos estos años atrás literalmente no se está haciendo una buena búsqueda de él, porque no tenemos desde la base primordial que era un una toma correcta del perfil genético”, sentenció Olimpia Montoya.

“¿Cómo vas a buscar a alguien si no tienes ni los fundamentos o las bases para hacer su búsqueda?”, cuestionó.

Por lo tanto, la creación del BNDF podría fungir como herramienta para abordar esta problemática.

No obstante, Montoya señaló que la forma en que han corrido los procedimientos históricamente apuntan a que no será “fácil” que se desempeñen correctamente el BNDF, por lo que también depende de la voluntad de los estados y las dependencias.

Sin embargo, recalcó que la FGR “tiene todas las herramientas para hacerlas funcionar de una manera correcta”. “No es algo que tenga que ser creado de la nada”, precisó.

Estado de la crisis forense en México y el BNDF

De acuerdo con Edgar cortes y soy coordinador de proyectos del Instituto Mexicano de Derechos Humanos y Democracia (IMDHD), la crisis forense del país es raíz una serie de fallas en el sistema de justicia. Entre ellas, consideró deficientes y limitadas las capacidades de los servicios médicos forenses que dependen de la Fiscalías.

Según el último Censo Nacional de Procuración de Justicia Estatal 2022, del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), en el país se cuenta con 400 unidades y 974 laboratorios de servicios periciales y/ o servicio médico forense, así como 10 mil 957 personas peritas en estas unidades.

Sin embargo, este personal no se dedica solo a actividades de identificación forense, sino que responde al conjunto de solicitudes de peritajes que requieren las fiscalías del país. Aunque el número total de peritos oficiales de todas las especialidades ha incrementado en los últimos años, también ha subido la cantidad de homicidios.

Según el el informe “La Crisis Forense en México: más de 52 mil personas fallecidas sin identificar” de Movimiento por Nuestros Desaparecidos en México, entre 2015 y 2019 los profesionales en las dependencias aumentaron 43%, en el mismo periodo subieron un 77% los homicidios. Por lo que, a pesar de la contratación, la carga de trabajo al final continúa siendo mayor.

Dicha escasez provoca un rezago en la elaboración de peritajes. Este último ha incrementado a partir del aumento de la violencia provocado por la llamada “guerra contra el narco” implementada a partir de 2006 con Felipe Calderón, por lo que las capacidades se han visto rebasadas, apuntó Cortez.

Este atraso se intentó resolver enviando cuerpos a las fosas comunes, explicó el coordinador. Sin embargo, en ellas podría haber decenas de restos. Según Movimiento por Nuestros Desaparecidos, más del 60% de los restos sin identificar yacen en fosas comunes.

No obstante, en estos espacios prevalece la falta de protocolos para su inhumación, la ausencia de registros sobre la cantidad de cuerpos y su ubicación exacta, la falta del seguimiento a la cadena de custodia y una deficiente infraestructura con la que cuenta el Estado para la gestión, inhumación, exhumación y seguimiento de las carpetas de investigación.

Cortez señala que muchos registros se realizaron de forma exprés, dejando de lado datos importantes. Es a su vez ha impedido que se puedan compararlos restos con los perfiles de las personas buscadas.

A esto se suma que, hasta antes de la Ley General de Desaparición, publicada en 2017, no existía un mandato expreso para llevar un registro riguroso. Aunque a partir de ella, se exige obtener todos los datos necesarios (causa de muerte y características del cuerpo), existen fiscalías que aún no cuentan con mecanismos para hacerlo.

Además, aunque sea implementado correctamente, se seguiría sin tener un correcto registro de las personas ingresadas previo a la aprobación de la norma. Esto ha sido nombrado por las familias como la “segunda desaparición administrativa”, apuntó Cortez.

Igualmente, los procedimientos establecen la toma de muestras referenciales, las cuales se proporcionan a través de la entrevista AMPM.

Desde 2015 existe en México una base de datos ante mortem (información provista por familiares en búsqueda) y post mortem (información provista por el análisis de los cuerpos de personas fallecidas), conocida como base de datos AM-PM.

Esta recoge una serie de datos, como fotografías, edad, características individualizantes, huellas, radiografías por si tenía lesión, información dental, ropa, tatuajes, cicatrices, caries, lunares, etcétera.

A mayo de 2023, la FGR tiene 10 mil 451 registros Post Mortem (PM) y 16 mil 890 ante mortem (AM). Los primeros apenas representan el 20% de los más de 52 mil fallecidos no identificados, mientras que los segundos solo reúnen poco más del 10% de los más de 110 mil desaparecidos.

Cortez precisó que, aunque sean tomadas, en muchos casos no se hace de manera sistemática o se realizan de manera deficiente y puede que no se procesen correctamente o integren a una base de datos.

Por último, aunque se llegara a dar el caso en que estos pasos son cumplidos de conformidad con lo que establecen las normas, las bases de datos tampoco se encuentran interconectadas, impidiendo compartir información entre entidades.

Esta fragmentación y falta de articulación entre las instituciones provoca que las búsquedas se hacen “uno a uno”, comparando cada desaparecido con los más de 52 restos sin idenficitar de manera “artesanal”, explicó Cortez.

“Nada de eso se interconecta, cada quien tiene su propia información un sistema de algún tipo, pero eso no se interconecta”, subrayó.

Por lo tanto, el coordinador de proyectos del IMDHD reconoció la creación del BNDF y señaló que es una “herramienta clave”, ya que permitiría la interconexión entre bases de datos, mientras que todas las dependencias locales podrían tener acceso a la información en ellas.

“Pero es una herramienta que va a funcionar en la medida en que tenga la mayor cantidad posible de información, de la mejor calidad”, advirtió.

Por lo tanto, consideró que se debe contar con claridad sobre cómo funcionará, con un desglose de actividades por año, así como un reporte de la información que va estando disponible. A esto también se debe sumar un proceso de rendición de cuentas periódico para evaluar su funcionamiento.

Además, se debe articular con los demás esfuerzos que se están realizando, como las comisiones locales, los laboratorios de génetica, entre otros. Por lo tanto, debe ser un trabajo interdisciplinario, aclaró.

Por último, reiteró que la interconexión es solo una parte importante del problema. Recalcó que solucionar la problemática forense implica procesos de largo plazo, que no dependa de las agendas de los políticos, y requerirá inversiones importantes, con rutas proyectadas a los siguientes años.

¿Qué implica la creación del BNDF?

El BNDF contempla la integración y por ende operación del Registro Nacional de Personas Fallecidas No Identificadas y No Reclamadas. Aademás se integra por la interconexión gradual de las bases, registros y sistemas siguientes:

I. Registro Nacional de Fosas Comunes y de Fosas Clandestinas;
II. Registro Forense Federal;
III. Base Nacional de Información Genética;
IV. Registro Nacional de Detenciones;
V. Registro Nacional del Delito de Tortura;
VI. Registros de Antecedentes Criminales;
VII. Sistema Nacional de Información Nominal (SININ);
VIII. Sistema Automático de Identificación de Locutores (ASIS);
IX. Sistema de Identificación de Huellas Dactilares (AFIS);
X. Alerta Amber;
XI. Registro Nacional de Personas Desaparecidas y No Localizadas, y
XII. Las demás bases de datos, registros o sistemas que tengan información forense y genética relevante para la búsqueda, localización e identificación de una Persona Desaparecida o No Localizada.


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