El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha condenado a sendas penas de 20 meses de inhabilitación y multa de 30.000 euros por un delito de desobediencia grave a cuatro diputados que formaban parte de la Mesa del Parlament en 2017 al no atender los requerimientos del Tribunal Constitucional y permitir la tramitación de las leyes de desconexión, que derivaron en la declaración de independencia de octubre de aquel año. La Cámara catalana estaba presidida en aquel momento por Carme Forcadell, a la que el Tribunal Supremo condenó a once años y medio de cárcel en el juicio del procés.
Los condenados son los exvicepresidentes del Parlament Lluís Maria Corominas y Lluís Guinó, además de Ramona Barrufet, exsecretaria cuarta, todos ellos entonces militantes del PDeCAT. También ha sido condenada Anna Simó (Esquerra), que fue secretaria primera. La exdiputada de la CUP Mireia Boya también fue juzgada por estos hechos pero ha sido absuelta finalmente. Todos ellos, excepto Guinó, abandonaron la primera línea política tras la querella que presentó la Fiscalía y no obtuvieron acta de diputado en las elecciones de diciembre de aquel año, convocadas por Mariano Rajoy en aplicación del artículo 155.
Corominas era en aquella época presidente del grupo parlamentario de Junts pel Sí e impulsó, junto con Boya, la presentación ante la Cámara catalana de las llamadas leyes de desconexión y de las resoluciones que derivaron en el referéndum ilegal del 1 de octubre. En el caso de la diputada de la CUP, sin embargo, el tribunal entiende que no formaba parte de la Mesa y que su responsabilidad penal no es equiparable a la del resto de acusados.
El juicio por este caso se suspendió en tres ocasiones por causas muy diversas y quedó visto para sentencia a finales del pasado julio. Durante aquella vista, la Fiscalía solicitó penas de 20 meses de inhabilitación por un delito de desobediencia grave, que finalmente ha sido la que ha impuesto el tribunal. Los acusados invocaron la “inviolabilidad parlamentaria” y negaron que tuvieran la intención de desobedecer al Tribunal Constitucional.
El tribunal, sin embargo, desestima este argumento y considera que “los actos parlamentarios no pueden tener en ningún caso como finalidad el incumplimiento de la ley, en especial el de la Constitución, ni tampoco el de las resoluciones judiciales firmes”, ya sean del Tribunal Constitucional o de cualquier otro. En ese sentido, los jueces añaden que la inviolabilidad parlamentaria “no puede erigirse en razón para soslayar el cumplimiento de las resoluciones del Tribunal Constitucional, ni puede servir en modo alguno de argumento para que la Cámara autonómica se considere legitimada para atribuirse la potestad de vulnerar el orden constitucional”.
En otro apartado, la sentencia desestima otro argumento de los acusados, que también invocaron la “autonomía parlamentaria” para justificar su participación en facilitar la tramitación de las leyes de desconexión y de varias resoluciones, pese a las advertencias de las consecuencias penales que podían tener hechas no solo por el Tribunal Constitucional, sino por los letrados de la Cámara y los diputados de Ciudadanos y del PSC en la Mesa, que siempre votaron en contra.
“Tampoco compromete la autonomía parlamentaria que el TC pueda requerir a la Mesa del Parlament de Catalunya para que se abstenga de adoptar determinados acuerdos o para que impida que se lleven a efecto por razones de inconstitucionalidad, incluso bajo la amenaza de requerir al Ministerio Fiscal y los tribunales ordinarios para que inicien procedimientos penales”, dicen los jueces.
El presidente del Parlament, Roger Torrent, ha calificado la sentencia como “un nuevo ataque al parlamentarismo y a la libertad de expresión”. En su opinión, “debatir, hablar y discutir libremente cualquier tema en sede parlamentaria no es un delito, es un derecho”, por lo que expresa “todo el apoyo” a los condenados.
Esta causa judicial también afecta a Joan Josep Nuet, en aquella época diputado autonómico de Catalunya Sí que es Pot y que era secretario tercero de la Cámara catalana. El juicio contra él está pendiente de celebración en el Tribunal Supremo porque en las últimas elecciones generales fue elegido diputado en el Congreso en las listas de Esquerra Republicana.
Este ha sido el tercer juicio que se ha celebrado hasta ahora a los líderes políticos o cargos de la Generalitat que participaron en la declaración de independencia de 2017. Al proceso que derivó en el encarcelamiento de parte del Govern y los líderes de las entidades independentistas tras la sentencia del Tribunal Supremo hay que sumar el juicio que quedó visto para sentencia el pasado mes de junio en la Audiencia Nacional contra el que fue major de los Mossos d’Esquadra Josep Lluís Trapero y la cúpula del Departamento de Interior en aquella época.
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