Continúa contingencia ambiental; no podrán circular el jueves hologramas 2 ni 1 con terminación par

Tampoco podrán circular los vehículos con holograma 1 y calcomanía verde; hologramas “0” y “00” pueden usarse libremente.

La Comisión Ambiental de la Megalópolis (Came) informó que continúa la contingencia ambiental extraordinaria por partículas PM 2.5 y ozono en la Zona Metropolitana del Valle de México, por lo que, además de la suspensión de clases anunciada por la SEP, habrá medidas restrictivas para el transporte y la industria.

Los vehículos que el jueves 16 de mayo tendrán que suspender su circulación entre las 05:00 y las 22:00 horas son todos aquellos con alguna de las siguientes características:

  • Holograma número 2.
  • Holograma número 1 y con terminación de placa en número par.
  • Holograma número 1 y engomado de color verde.

Además, los vehículos con placas del extranjero, los vehículos con placas de otro estado y aquellos que tengan pase turístico serán considerados con holograma 2 a menos que cuenten con el holograma cero “0” o doble cero “0”.

Los vehículos destinados al transporte de carga con placa federal o local no podrán circular de las 06:00 a las 22:00 horas y todos los que repartan gasolina, diesel y gas licuado con holograma 1 y 2 y placa de terminación par deberán suspender su circulación de las 05:00 a las 22:00.

La Came aclaró que los vehículos con holograma cero “0” y doble cero “00” podrán circular sin restricciones.

Con el fin de reducir las emisiones por quema de materiales, biomasa y combustibles, quedan prohibidas las quemas agrícolas, de llantas, residuos, pirotecnia y otros materiales. También se debe evitar quemar leña y carbón así como prender velas e incienso.

Para reducir la emisión de contaminantes se prohíbe la circulación de vehículos de carga de materiales de construcción abiertos, sin lona de cobertura; las actividades de barrido y corte de pasto en camellones, jardines y campos deportivos; las actividades de movimiento de arena, grava, arcilla y otros materiales generadores de partículas en establecimientos con almacenamiento de más de 50 toneladas a cielo abierto; las actividades de construcción, demolición y movimiento de tierras mayores a cinco mil metros cuadrados, excepto las de aquellos lugares que cuenten con medidas de mitigación de emisiones fugitivas de polvo.

También se suspenden las actividades de bacheo, pintado, pavimentación y otras actividades que dificulten el tránsito de vehículos, así como las actividades de combustión relacionadas con la cocción de ladrillo, cerámica y fundición en hornos artesanales, y las actividades de las concreteras fijas o móviles sin equipo de control de emisiones.

“Todos los establecimientos de servicios, con excepción de hospitales, que no cuenten con sistemas de control de emisiones de precursores de ozono, deberán reducir la operación de sus calderas en un 30 por ciento”, añadió la Came.




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