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Corte de apelaciones falla a favor de Meta en caso antimonopolio de procuradores estatales

Meta ganó una demanda antimonopolio, bajo apelación, que enfrentó al gigante tecnológico contra docenas de fiscales generales estatales, encabezados por Nueva York. Los Estados alegaron que Meta había mantenido ilegalmente el poder de monopolio en el mercado de las redes sociales a través de sus adquisiciones de la aplicación para compartir fotos Instagram en 2012 y WhatsApp en 2014, y que ganó más poder a través de políticas de datos que perjudicaron a los desarrolladores de aplicaciones.

“Como reconoció acertadamente la Corte de Apelaciones, este caso fundamentalmente describió erróneamente el vibrante ecosistema competitivo en el que operamos”, dijo un portavoz de Meta, en un comunicado sobre el fallo. “Al afirmar la desestimación de este caso, el tribunal señaló que esta acción de cumplimiento era ‘extraña’ porque competimos en una industria que está experimentando ‘un rápido crecimiento e innovación sin un final a la vista’. En el futuro, Meta se defenderá enérgicamente contra la distorsión de las leyes antimonopolio de la FTC y los ataques a una historia de éxito estadounidense que son contrarias a los intereses de las personas y empresas que valoran nuestros servicios”, agregaron.

Los demandantes, que incluían a los fiscales generales de 48 estados y territorios de EE. UU., habían demandado a Meta por primera vez en diciembre de 2020, pero un tribunal federal desestimó su caso en 2021, así como un caso paralelo de la Comisión Federal de Comercio, que en última instancia podría haber resultado en que Meta tuviera que deshacerse de Instagram y WhatsApp. Los Estados apeló la sentencia en enero de 2022, argumentando que el juez del tribunal de distrito había terminado su caso por error.

El juez de la corte federal de distrito, James Boasberg, dictaminó que los estados esperaron demasiado para impugnar las adquisiciones de Meta y que las políticas que citaron no eran ilegales según la ley antimonopolio. Los estados, sin embargo, creían que su demora sin precedentes para presentar la solicitud “no se aplica contra los estados soberanos que demandan para proteger el interés público, como los estados aquí”.

Los estados también creían que las políticas podrían violar la ley antimonopolio, por lo que apelaron el caso.

Además, el tribunal de primera instancia había concedido permiso a la FTC para enmendar su demanda, permitiendo que su caso procedacomo se informó el año pasado.

Sin embargo, en términos del caso de los estados, la Corte de Apelaciones de EE. UU. para el Circuito del Distrito de Columbia ahora confirmó el fallo de la corte de distrito y calificó la demanda de los estados como “no solo extraña, sino antigua”.

La opinión del tribunal explica además que la demanda “se refiere a una industria que, incluso según las alegaciones de los Estados, ha tenido un rápido crecimiento e innovación sin un final a la vista”.

Luego explica que, como “soberanos”, los estados no pueden argumentar una orden judicial en virtud de las leyes antimonopolio, porque para tener derecho a hacerlo, deben ser una “persona, firma, corporación o asociación”, que no son .

El tribunal también estuvo de acuerdo con la decisión del juez Boasberg de que los Estados “retrasaron indebidamente” la presentación de su demanda. Facebook, (ahora Meta), adquirió Instagram y WhatsApp por primera vez en 2012 y 2014, respectivamente, pero la demanda no se presentó hasta diciembre de 2020.

El tribunal de distrito dictaminó que las largas demoras eran “irrazonables e injustificadas como cuestión de derecho”, citando como pauta un estatuto de limitaciones de cuatro años de otros casos antimonopolio en otros circuitos. El tribunal también señaló que las adquisiciones fueron bien publicitadas y pasaron por largas investigaciones de la FTC, informadas públicamente, para determinar si violaron las leyes antimonopolio en ese momento.

El tribunal de apelaciones también estuvo de acuerdo con la opinión del juez Boasberg sobre la plataforma de Facebook y sus prácticas y políticas. Los estados habían citado fragmentos de las políticas de Facebook de 2011 y 2013, que el tribunal dijo que eran “exactas, pero los mensajes que buscan transmitir no lo son”, lo que significa que no defendieron las violaciones de la ley antimonopolio.

“…estamos de acuerdo nuevamente con la opinión integral y bien razonada del juez Boasberg que determina que las alegaciones basadas en la Plataforma de los Estados no establecieron una causa de acción”, afirma la nueva opinión emitida hoy.

También estuvo de acuerdo en que el tribunal de distrito tenía razón en que la teoría de “trato exclusivo” de los Estados falla como cuestión de derecho, ya que solo limitaba las aplicaciones en Facebook pero dejaba a los desarrolladores de aplicaciones libres para desarrollar aplicaciones para los competidores de Facebook.

En otros asuntos, la tardanza de la demanda afectó la capacidad de los Estados para presentar su caso, ya que quería medidas cautelares para una política que finalizó en 2018, dando acceso a la plataforma de Facebook a empresas que cerraron o cambiaron su negocio hace mucho tiempo.

“La medida cautelar sería injustificada incluso si los Estados pudieran probar sus alegaciones”, señaló el tribunal.


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