En sesión privada y por cuatro votos contra tres, el Tribunal Electoral dio luz verde a los recorridos que hacen aspirantes a la candidatura presidencial de Morena.
De esta forma se avaló el acuerdo tomado por la Comisión de Quejas y Denuncias del INE para permitir el proceso en el que participan Claudia Sheinbaum, Marcelo Ebrard, Adán Augusto López, Gerardo Fernández Noroña y Manuel Velasco.
La decisión reitera que los aspirantes morenistas no podrán realizar llamados al voto, hacer propuestas de campaña ni utilizar tiempos de radio y televisión.
Votos de los magistrados
El proyecto apoyado por la mayoría fue escrito por la magistrada Mónica Soto, quien no advirtió un riesgo que justifique la suspensión del proceso morenista, “al no tratarse de un proceso para elegir a una precandidatura o candidatura, sino de una determinación de autoorganización partidista”, dice el comunicado del Tribunal.
El magistrado José Luis Vargas Valdez estuvo de acuerdo, en sus términos, con la propuesta.
El magistrado Fuentes estimó que atento a la naturaleza de las medidas cautelares y en un estudio en abstracto de la convocatoria, no es posible suspender un proceso partidista. Esto se debe a que su legalidad o ilegalidad debe determinarse al resolver el fondo del procedimiento sancionador. En virtud de un estudio preliminar, se advierte que la convocatoria impugnada solo regula aspectos del procedimiento partidista, sin que existan actos concretos sobre los cuales pueda analizarse la imposición de medidas cautelares.
El magistrado Indalfer Infante Gonzales estuvo de acuerdo en confirmar la decisión del INE, pero lo hizo por razones distintas que apuntará en un voto concurrente.
El magistrado Felipe de la Mata Pizaña, la magistrada Janine M. Otálora Malassis y el magistrado presidente, Reyes Rodríguez Mondragón, estuvieron en contra de la propuesta.
Por su parte, la magistrada Otálora Malassis consideró que, se debería suspender el proceso, porque se trata de una simulación para evadir la ley, lo cual vulnera la equidad en la contienda, impide una fiscalización adecuada y atenta contra la integridad del proceso electoral.
El magistrado presidente, por su parte, estimó que no sería válido suspender el proceso al ser un mecanismo de autoorganización partidista, pero que sí podría vulnerar la equidad de la contienda debido a que no hay normas que lo regulen. Por tanto, consideró que se debía ordenar al Consejo General del INE que emitiera lineamientos para regular y fiscalizar, de forma preventiva, el proceso denunciado y aquellos similares, incluyendo la posibilidad de contabilizar los gastos para el tope de gastos de precampaña.
En ese sentido, la Sala Superior determinó, por mayoría y con tres votos en contra, confirmar el acuerdo impugnado. Es decir, que no se suspenda el proceso interno de Morena (SUP-REP-180/2023 y acumulado).
Impugnación
El juicio surgió cuando el PRD, legisladores de Movimiento Ciudadano y Acción nacional denunciaron actos anticipados de campaña por parte de Morena; Adán Augusto López Hernández, Claudia Sheinbaum Pardo, Gerardo Fernández Noroña, Manuel Velasco Coello, Marcelo Luis Ebrard y Ricardo Monreal.
La Comisión de Quejas del INE consideró que no puede detener el proceso, pues se trata de un proceso autoorganizativo del partido.
No obstante, advirtió que las acciones del partido y las personas participantes en el proceso denunciado podrían vulnerar la equidad en la contienda. Por lo tanto, los vinculó a respetar los principios de legalidad y equidad frente al proceso para la renovación de la Presidencia de la República, y les ordenó que, en sus actividades: no soliciten votos, no presenten propuestas o plataformas electorales, ni utilicen los tiempos de Morena en radio y televisión.
Kenia López Rabadán, Jorge Álvarez Máynez y Salomón Chertorivski Woldenberg controvirtieron esa decisión ante la Sala Superior, alegando que las medidas adoptadas por el INE son insuficientes para salvaguardar la equidad del próximo proceso electoral.
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