El Congreso de la CDMX debe garantizar el derecho a la participación ciudadana | Artículo de Rogelio Muñiz

La presión por la participación puede intensificarse donde las instituciones representativas establecidas, como los sistemas de partidos, han colapsado, o donde las legislaturas se han ganado malas reputaciones: Maxwell A. Cameron, Eric Hershberg y Kenneth E. Sharpe*

La Constitución de la Ciudad de México reconoce el derecho de las y los ciudadanos a participar en los temas de interés general de la Ciudad y a incidir en las decisiones y en el ejercicio de la función pública a través de los mecanismos de democracia participativa e impone a las autoridades la obligación de garantizar su ejercicio.

El modelo de democracia participativa establecido en la Constitución se sustenta en el derecho a la participación ciudadana. Los instrumentos de participación ciudadana no son una concesión del poder público, sino los mecanismos con los que por mandato constitucional se garantiza la efectividad de ese derecho, por lo que su oportuna regulación no puede estar sujeta a los cálculos políticos del Gobierno ni al arbitrio de la mayoría en el Congreso.

La carencia de una agenda legislativa alineada con la reglamentación de la Constitución y el poco interés que han mostrado la Jefa de Gobierno y Morena para su implementación, impidieron que se expidiera oportunamente la nueva ley de participación ciudadana.

El pasado mes de septiembre la entonces Jefa de Gobierno electa dijo que promovería reformas a la ley de participación ciudadana y en noviembre el Congreso de la Ciudad de México realizó un foro sobre la nueva ley en la materia; sin embargo, a casi siete meses de haber iniciado la legislatura, ni la Jefa de Gobierno ni Morena han hecho uso de su mayoría en el Congreso para expedir la ley y garantizar que la elección de los órganos de representación ciudadana y la consulta en materia de presupuesto participativo se realizaran en tiempo y conforme a la Constitución.

La preocupación de la Jefa de Gobierno por temas como la “compra del voto” y “la captura de los comités ciudadanos por los partidos políticos” es muy pertinente y deberá ser atendida puntualmente por el Congreso al elaborar la nueva ley y por el Instituto Electoral al aplicarla, pero no justifica ni la omisión legislativa del Congreso ni el aplazamiento de la elección y la consulta.

A los temas que señala la Jefa de Gobierno habría que añadir otro riesgo, el que los intentos de “captura de los comités ciudadanos” pudieran provenir no solo de los partidos, sino de las autoridades. Será muy importante que al elaborar la nueva ley de participación ciudadana, el Congreso desarrolle adecuadamente lo que dispone el artículo 25 constitucional, que señala que la ley deberá establecer los mecanismos institucionales para prevenir y sancionar las prácticas que distorsionen, impidan o vulneren el derecho a la participación ciudadana en la vida pública de la Ciudad.

No obstante que aún había suficiente tiempo para expedir la ley, pues el periodo de sesiones concluye hasta el 31 de mayo, Morena y sus aliados, en un proceso legislativo que duró veintiséis días desde la presentación de la iniciativa hasta la publicación del artículo décimo transitorio a la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal, prefirieron diferir la expedición de la nueva ley de participación ciudadana y aplazar la elección de los órganos de representación ciudadana y la consulta en materia de presupuesto participativo y fijaron como fecha límite para llevar a cabo ambos ejercicios, la primera semana de diciembre.

A pesar de que una semana antes de que se aprobara la adición a la ley, un grupo de integrantes de los órganos de participación ciudadana y de organizaciones de la sociedad civil presentaron una iniciativa ciudadana en la que expresaron su desacuerdo con el aplazamiento de la elección y de la consulta, por considerarlo contrario a la Constitución de la Ciudad de México, y de que las oposiciones -PAN, PRI y PRD- se manifestaron en el mismo sentido; el 28 de marzo Morena y sus aliados aprobaron la adición del artículo décimo transitorio a la ley, con 39 votos a favor y 19 en contra.

La rapidez con la que el Grupo Parlamentario de Morena actúa cuando se trata de posponer el ejercicio de derechos es directamente proporcional a la displicencia que muestra cuando se trata de expedir las leyes que garantice su goce y protección.

Con la publicación del artículo décimo transitorio a la ley, el 1 de abril, el Instituto Electoral de la Ciudad de México quedó impedido para convocar a la elección y a la consulta -lo que debió suceder la primera semana de este mes- y de no expedirse oportunamente la nueva ley de participación ciudadana no se podrían celebrar la elección y la consulta este año, con lo que se vulnerarían los derechos de las y los ciudadanos.

En un boletín de prensa emitido un día después de que se aprobó la adición a la ley, el Instituto Electoral de la Ciudad de México reconoce tácitamente este riesgo y se pronuncia por el cumplimiento de las disposiciones constitucionales y por el respeto a los derechos de las y los ciudadanos.

La falta de reglamentación de las disposiciones constitucionales relativas a los instrumentos de participación ciudadana y a los órganos de representación ciudadana constituye una grave violación a la Constitución de la Ciudad de México, porque vulnera el derecho de sus habitantes a intervenir en los asuntos públicos de la Ciudad, distorsiona el sistema de gobierno basado en la participación social, afecta la función social de la Ciudad e impide su gestión democrática.

*Politólogos especialistas en democracia participativa

Rogelio Muñiz Toledo

Licenciado en derecho por la UNAM, donde recibió la Medalla Gabino Barreda al mérito universitario. Abogado y consultor en derecho constitucional y electoral. Socio de la empresa de consultoría Consultores en Gobierno y Asuntos Públicos, S.C. Ha sido asesor en la Asamblea Constituyente de la Ciudad de México; integrante de la comisión ejecutiva y secretario ejecutivo del Grupo redactor del proyecto de Constitución Política de la Ciudad de México; asesor externo ad honorem del Jefe de Gobierno del Distrito Federal en materia de Reforma Política de la Ciudad de México; asesor en el Senado de la República, asesor del presidente de la Comisión de Fiscalización del IEDF e integrante del Servicio Profesional Electoral en el IFE.

*La opinión aquí vertida es responsabilidad de quien firma y no necesariamente representa la postura editorial de Aristegui Noticias.




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