El Constitucional ratifica el fin de la causa por la muerte de José Couso



“[Este dictamen] constituye el último portazo que recibimos por parte de la justicia en esta larga lucha que comenzó hace ya 16 años. Con esta sentencia, el Constitucional pretende no solo impedir la investigación y el enjuiciamiento de criminales de guerra, sino que además imposibilita que las víctimas ejerzamos nuestro derecho a que la justicia persiga a los culpables”, ha denunciado la familia de Couso en un comunicado, tras conocer la resolución del alto tribunal. “En esta sentencia no hay nada nuevo. Poco podíamos esperar de quienes llevan años mirando hacia otro lado. En esta sentencia se refleja el contenido político de quienes —lejos de contemplar la necesaria defensa de los derechos humanos— amparan, excusan y esgrimen argumentos que protegen a los fuertes y a los socios a quienes rinden pleitesía”, añade el texto.

Según esta nueva resolución de los magistrados de la Sala Segunda, el Constitucional respalda la decisión del Tribunal Supremo de mantener el archivo de la investigación abierta por el Juzgado Central de Instrucción número 1 de la Audiencia Nacional, que llegó a ordenar la búsqueda, captura y detención de tres militares estadounidenses (un teniente coronel, un capitán y un sargento) que supuestamente ordenaron, autorizaron y ejecutaron el disparo del proyectil contra el hotel Palestina, donde se alojaba la prensa internacional durante la guerra de Irak.
La Audiencia Nacional se vio obligada en 2015 a archivar el caso Couso después de que el PP recortara la justicia universal. “El flexo no podrá mantenerse encendido”, afirmó entonces el magistrado instructor Santiago Pedraz, que denunció que el cambio normativo “impide la persecución de cualquier crimen de guerra cometido contra un español, salvo en el difícil supuesto de que los presuntos responsables se hayan refugiado en España”. Ya que, como recuerda ahora el Constitucional, los populares establecieron como requisito para investigar estos delitos que el “procedimiento se dirija contra un español o contra un ciudadano extranjero que resida habitualmente en España, o contra un extranjero que se encontrara en España y cuya extradición hubiera sido denegada por las autoridades españolas”.
Tras un recurso del PSOE, esta reforma legislativa de la formación conservadora fue avalada el pasado diciembre por el pleno del Constitucional, que consideró que este recorte no vulneraba la Ley Fundamental. Eso sí, el alto tribunal considera que este cambio normativo supone una “merma considerable” de las posibilidades de los tribunales españoles para perseguir crímenes de guerra. Aún así, su aplicación, también ha supuesto ya dar carpetazo a la investigación abierta por la Audiencia Nacional por el ataque del ejército iraquí al campo de refugiados iraníes de Ashraf en 2009, que dejó 11 muertos, además de secuestros y torturas; y el final de la causa abierta a varios dirigentes chinos por delitos de genocidio y torturas durante la ocupación del Tíbet.
“La impunidad que el Constitucional consiente, avala y sentencia supone un claro posicionamiento contra la persecución de crímenes contra la humanidad y sitúa a nuestro país en una posición de encubrimiento de estos crímenes”, ha afirmado este miércoles la familia de José Couso, que ha añadido: “Exigimos que se modifique la normativa que impide hoy que los criminales de guerra sean perseguidos en España”. Le toca ahora a las Cámaras recoger el guante.


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