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El Extremadura pide que no haya descensos en Segunda

Como ya hiciera el Racing de Santander días atrás, el también descendido Extremadura ha decidido postularse a través de una nota que ha publicado este domingo en su página web, en la que solicita que no haya descensos en LaLiga SmartBank tras la suspensión del Deportivo-Fuenlabrada en la última jornada.

Tras desear una “pronta recuperación” a los futbolistas del equipo madrileño, el club extremeño pidió que se respeten las bases de la competición y, por tanto: “Ante la imposibilidad de terminar la competición por los contagios de COVID-19 en el Fuenlabrada que han obligado a la suspensión del partido de la última jornada de Liga que dicho club debió disputar el pasado día 20 de los corrientes, se declare la suspensión definitiva de las competiciones profesionales, aplicándose por analogía el mismo criterio aprobado por la RFEF para el fútbol no profesional, por la suspensión de dichas competiciones, en cuanto a ascensos y descensos en las mismas, de tal suerte que no se produzcan descensos en las categorías profesionales y se declaren definitivos los ascensos ya producidos”.

“En base a lo anterior, la Primera División quedaría compuesta por 22 equipos (los 20 actuales más los dos ascensos) y la Segunda División por 24 equipos (los 20 que quedarían tras los ascensos y los 4 ascensos de 2B)”, añadió.

“Subsidiariamente y caso de considerarse no afectada la Primera División, quede la misma con su actual configuración de 20 equipos (dando por definitivos los ascensos y descensos ya producidos), y la Segunda División por 26 equipos (los 22 actuales más los 4 ascensos producidos)”.

“Este Club considerará un claro agravio cualquier otra alternativa que suponga una modificación del número de equipos que descienden de categoría, entendiendo que todos ellos deben correr la misma suerte de pérdida o conservación de la categoría, máxime teniendo en cuenta que con los resultados del resto de partidos de la última jornada, resulta intrascendente a los efectos del descenso el resultado que pudiera darse en dicho partido suspendido”.

“Las anteriores consideraciones se realizan teniendo en cuenta la excepcionalidad e imprevisibilidad que supone esta situación y la regulación que nuestro ordenamiento jurídico establece para estas causas de fuerza mayor, principalmente el art. 1.105 de Código Civil al establecer: “Nadie responderá de aquellos sucesos que no hubieran podido preverse, o que, previstos, fueran inevitables”. En este sentido se ha de procurar restablecer el equilibrio que la circunstancia imprevista e inevitable ha alterado y dicho equilibrio en modo alguno se reestablece estableciendo distintos tratamientos a los clubes implicados, antes al contrario lo agrava, por lo que los 4 clubes implicados en el descenso a Seguda Division B deben correr la misma suerte”.


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