El juez revoca la semilibertad de Junqueras y otros seis presos del ‘procés’


Un juez de vigilancia penitencia ha revocado el tercer grado que la Generalitat concedió en enero a siete de los presos del procés: el exvicepresidente catalán Oriol Junqueras; los exconsejeros Jordi Turull, Josep Rull, Raül Romeva y Joaquim Forn; y los líderes de las entidades sociales ANC y Òmnium, Jordi Sànchez y Jordi Cuixart. Según han explicado ellos mismos en Twitter y han confirmado fuentes judiciales, el titular del juzgado de vigilancia penitenciaria número 5 de Cataluña ha estimado los recursos del ministerio público y ha tumbado el régimen de semilibertad a los siete presos de Lledoners, quienes a lo largo de este martes deberán regresar a la prisión para volver al segundo grado.

El Tribunal Supremo revocó, el pasado diciembre, un primer régimen de semilibertad concedido por la Generalitat. Lo hizo con el argumento de que la medida era “prematura”. El tribunal que enjuició a los líderes independentistas consideró que las condenas eran demasiado elevadas (entre 9 y 13 años de cárcel) como para acordar una medida que les permite pasar el día en libertad y regresar a la cárcel solamente a dormir. Pero el Gobierno catalán no se dio por aludido. Apenas un mes después, acordó de nuevo –tras recabar el informe favorable de las juntas de tratamiento– el tercer grado.

La Fiscalía, molesta por la insistencia del ejecutivo autonómico pese a lo dicho por el Supremo, recurrió. Pidió al juez de vigilancia la suspensión inmediata del recurso, antes incluso de entrar a valorar el fondo del asunto. El juez rechazó esa petición y la Fiscalía buscó entonces amparo en el Supremo, que debía emitir próximamente una decisión. No hará falta. El juez de vigilancia se ha avanzado y ha entrado a valorar ya el fondo de la cuestión.

Los autos del juez, difundidos por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), recogen en buena medida los argumentos esgrimidos en su día por el Supremo. Casi todo en el texto y en el espíritu de la decisión judicial remite, de hecho, al Supremo. El magistrado coincide en que la decisión de pasar a los presos al tercer grado sigue siendo “precipitada” y “prematura” y en que es “incompatible” el avance hacia la semilibertad con el cumplimiento del fin de “prevención” de la pena impuesta.

Dardos contra la Generalitat

La revocación del tercer grado va acompañada de duros reproches a la Generalitat, que posee las competencias en materia penitenciaria. Es cierto, concede el auto, que la administración debe revisar cada seis meses la situación de los internos. Pero la aprobación de un tercer grado de forma tan prematura “se traduce, de facto, en un modo de alterar la decisión condenatoria de la sentencia y su efectivo cumplimiento”. El Departamento de Justicia, además, no ha explicado “adecuadamente la progresión experimentada” por los internos que le hagan merecedor de un nuevo tercer grado. “Tiene que transcurrir tiempo suficiente para que el tratamiento penitenciario produzca sus efectos, lo que se entiende que no ha ocurrido”, insiste el juez siguiendo el hilo trazado por el Supremo.

El auto reprocha al Gobierno catalán que, contra su modo de proceder en el caso de otros internos, haya concedido a los presos del procés sin que éstos hayan “asumido el delito” cometido. “Llama poderosamente la atención”, dice el auto, que ese sea un factor decisivo en otros casos pero que no ocurra así con los líderes independentistas encarcelados por los hechos ocurridos en otoño de 2017. “Conforme se infiere de los informes de la junta [de tratamiento] que soportan la resolución, todos los hechos aparecen contextualizados, minimizados o justificados”. La responsabilidad a la que aluden es solo “política” o “moral”, pero “no se atisba en ellos un mínimo de asunción de responsabilidad penal en el sentido de haber quebrado normas básicas de convivencia”.

En su recurso, la Fiscalía había subrayado la circunstancia de que la Generalitat haya concedido el tercer grado a la vez a todos los líderes independentistas. El juez recoge también ese argumento: “Es llamativo que el recorrido tratamental y regimental de los nueve condenados por el mismo procedimiento discurran administrativamente de forma tan paralela”.

En vídeo, declaraciones de Meritxell Budó, portavoz del Govern.GOVERN / VÍDEO: EUROPA PRESS


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