El Supremo obliga a la Guardia Civil a aceptar los títulos europeos de idiomas

Un agente de la Guardia Civil da el alto a un vehículo durante un control a la salida de Madrid, el pasado día 10.
Un agente de la Guardia Civil da el alto a un vehículo durante un control a la salida de Madrid, el pasado día 10.Ricardo Rubio / Europa Press

Para ser guardia civil conviene hablar inglés. Pero no hace falta que lo acredite la Escuela Oficial de Idiomas. Basta con tener un certificado homologado internacionalmente como el IELTS (International English Language Testing System) expedido por una institución tan prestigiosa como el instituto público británico British Council.

Así lo acaba de sentenciar el Tribunal Supremo, que ha dado la razón a R. M., un aspirante a ingresar en la escala de cabos y guardias del instituto armado a quien en 2016 se le restaron cinco puntos, y se quedó sin plaza, porque el certificado que acreditaba su B2 (nivel intermedio de inglés) no procedía de la Escuela Oficial de Idiomas (EOI).

El inglés no era un requisito obligatorio para ser guardia civil, pero sí puntuaba en el apartado de “otros méritos”, bajo el epígrafe “conocimiento de idiomas extranjeros”. Eso sí, a quienes quisieran entrar directamente de la calle (865 plazas libres) se les exigía un certificado oficial, mientras que a los procedentes de las Fuerzas Armadas (694 plazas) les bastaba con un título privado.

El nivel B2

El Supremo argumenta que el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas del Consejo de Europa (MCERL) proporciona una base común para la elaboración de los programas de lenguas, orientaciones curriculares, exámenes, etc. en toda Europa; y que el certificado ELTS acredita un nivel B2. Además, estos títulos son aceptados para certificar los perfiles lingüísticos de los candidatos procedentes de las Fuerzas Armadas, lo que supone “un trato discriminatorio entre los aspirantes”.

El Supremo anula la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que dio la razón a la Guardia Civil haciendo una “interpretación literal” de la convocatoria, y ordena que se recalcule la puntuación que se le otorgó a R. M. y, “si procediera, se le admita” en la escala de cabos y guardias del instituto armado. Eso sí, solo le reconoce 5 puntos y no los 6 que reciben quienes ya son militares.

Lo importante es que, gracias al recurso de este aspirante a guardia civil, el Supremo deja sentado que los certificados establecidos por el marco del Consejo de Europa pueden ser aportados para acreditar los distintos niveles de competencia lingüística en las oposiciones para ingresar en todas las administraciones públicas españolas.

Antonio Suárez-Valdés, abogado del recurrente, pronostica que tras esta sentencia se producirá un aluvión de recursos, “pues son muchos los afectados por inadecuadas baremaciones de idiomas a los que no se puntuaron sus titulaciones de [las universidades de] Cambridge, Oxford o el British Council y que, de haberse hecho correctamente, habrían obtenido plaza”.


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