Elecciones 2021 | Comisión del INE niega medidas cautelares solicitadas por Morena en Jalisco y por el PVEM en SLP

La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) determinó improcedente dos quejas presentadas por Morena y el Partido Verde Ecologista de México (PVEM), respectivamente.

Ambos asuntos se aprobaron por unanimidad de votos de las consejeras Adriana Favela y Claudia Zavala, así como del consejero Ciro Murayama, presidente de la Comisión de Quejas y Denuncias, de acuerdo con un comunicado del INE

En el caso de Morena, el partido solicitó el retiro del promocional denominado “Mujeres MC Jalisco”, del partido Movimiento Ciudadano, pautado en televisión para el proceso electoral local en la mencionada entidad.

En el promocional aparece el nombre, voz e imagen de Verónica Delgadillo García, en su calidad de senadora con licencia, lo que considera constituye un uso indebido de la pauta, así como violación al principio de imparcialidad y promoción personalizada. Se declaró improcedente la medida cautelar, al tratarse de hechos consumados, pues el material perdió su vigencia el pasado 15 de mayo.

La segunda queja fue presentada por el Partido Verde Ecologista de México (PVEM) en contra del Partido de la Revolución Democrática (PRD) en San Luis Potosí, por el promocional pautado para salir al aire el próximo 23 de mayo, denominado “SLP TV”, en el cual el quejoso considera que actualiza calumnia, uso indebido de la pauta y violencia de género contra las mujeres.

Sobre este material, la Comisión decidió determinar la improcedencia de las medidas cautelares, pues, bajo un análisis preliminar y tomando en consideración los criterios emitidos por el TEPJF, el spot constituye una representación de hechos que siendo posiblemente ilícitos no implican la imputación de los mismos de manera expresa, directa e inequívoca a algún partido o candidatura en particular, por lo que no es posible realizar inferencias para considerar la atribución de hechos o delitos falsos que puedan constituir calumnia ni un uso indebido de la pauta. En consecuencia, debe privilegiarse la libertad de expresión.

Asimismo, se consideró que no es posible advertir en sede cautelar una situación de violencia de género hacia las mujeres, sino que más bien está dirigida a evidenciar un posicionamiento del partido sobre lo que considera un contexto de violencia estructural a causa de la delincuencia organizada que afecta a la población.

“Lo anterior, por supuesto, sin prejuzgar lo que determine el análisis de fondo que lleve a cabo la Sala Regional Especializada”, detalla el documento.


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