En votación dividida, Quejas del INE se niega a retirar un video sobre vacunación

La Comisión de Quejas del INE rechazó este viernes retirar un audiovisual sobre el programa de vacunación, que el partido Morena consideró calumnioso.

Adriana Favela y Ciro Murayama consideraron que el video en cuestión es una opinión difundida en redes sociales, en ejercicio de la libertad de expresión, en tanto que la consejera Claudia Zavala opinó que el material denunciado sí transgrede el derecho a la información del electorado y, por tanto, votó por sí retirarlo.

En un boletín, Comunicación Social del INE informó que su Comisión de Quejas y Denuncias conoció de tres solicitudes de medidas cautelares y concedió dos.

La primera de ellas fue solicitada por el partido Morena, al presentar queja en contra de la agrupación política nacional Movimiento por el Rescate de México (MOREM) y del presidente de esa agrupación, Ulises Ruiz Ortiz, por presunta calumnia al partido a través de un audiovisual publicado en diversas redes sociales.

Favela y Murayama estimaron que el contenido del material constituye la opinión de un posicionamiento político de MOREM en el ejercicio de su libertad de expresión, respecto a un programa de gobierno, como es el actual plan nacional de vacunación contra COVID-19, sin que ello implique la imputación directa y sin ambigüedades de un delito que ameritase conceder la cautelar.

Contrario a esta postura, añadió el comunicado, la consejera Claudia Zavala estimó que la medida sí se debió conceder, pues desde su óptica el material denunciado sí transgrede el derecho a la información del electorado, lo que podría vulnerar el derecho de la ciudadanía de ejercer su voto de manera libre e informada, al referir el condicionamiento del programa de vacunación por el voto de una opción política específica.

Comunicación Social del INE informó también lo siguiente:

En segundo lugar, se analizó la queja presentada por José Xerardo Ramírez Muñoz, candidato de la coalición Juntos Haremos Historia en Zacatecas, a diputado local por el 01 Distrito en esa entidad federativa, en contra de Arnoldo Alfredo Rodríguez Reyes, candidato al mismo cargo, por la coalición Va Por Zacatecas, integrada por los partidos Revolucionario Institucional (PRI), Acción Nacional (PAN), de la Revolución Democrática (PRD), por la presunta adquisición de tiempo en radio, con motivo de la participación del denunciado como locutor en el programa de radio Good Vibes transmitido por Grupo Zer 106.5 FM, de lunes a viernes de las 8:00 a 10:00 horas.

La Comisión estimó procedente obsequiar la cautelar, pues ha sido su criterio, así como el de la jurisdicción, que el estatus de analista, reportero, comentarista, locutor, en conjunción con los de precandidato o candidato son incompatibles y que su exposición ordinaria en dichos espacios genera una ventaja sobre sus opositores y rompe con la prohibición constitucional de adquirir propaganda electoral distinta a la ordenada por la autoridad.

Así, le ordenó a Arnoldo Alfredo Rodríguez Reyes se abstenga de participar como conductor en el programa de radio “Good Vibes” y algún otro programa similar, en tanto cuente con la calidad de candidato; y a la concesionaria, suspenda de inmediato la difusión o retransmisión del referido programa.

Finalmente, se analizó la queja presentada por el PRI en contra de Movimiento Ciudadano y su candidato a Gobernador de Nuevo León, Samuel García Sepúlveda, en la que denuncia el uso indebido de la pauta y propaganda calumniosa, por la difusión del promocional denominado BÚNKER PRI pautado para radio y televisión, así como la versión extendida del referido promocional para tv, en las cuentas de YouTube, Instagram, Facebook y Twitter del candidato denunciado, en los que se contienen expresiones que denuestan y calumnian al PRI y a sus candidatos a la gubernatura y a la alcaldía de Monterrey, Nuevo León.

La Comisión optó por dictar la procedencia de la medida, al considerar que las frases utilizadas en el material denunciado dan a entender que el PRI y sus candidatos incurren en delitos al imputarles la compra de votos.

Por tanto, se ordenó el retiro inmediato de los promocionales en un plazo que no podrá exceder de tres horas, dando la posibilidad al partido, como es lo habitual, de sustituir ese material.

El primer asunto se aprobó por mayoría de votos con el voto en contra de la Consejera Claudia Zavala, en tanto que los otros dos fueron aprobados por unanimidad.


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