¿Es verdad que la tipificación del feminicidio surgió con la llegada de AMLO a la Presidencia?

Hoy en día, el número de feminicidios ha crecido porque ahora ahora sí se da esa clasificación a los homicidios dolosos de mujeres, afirmó el presidente Andrés Manuel López Obrador. 

“Ayer hablaba yo de que la diferencia de nuestro gobierno con lo que sucedía anteriormente es de que antes habían estos crímenes y podía haber impunidad, ahora no hay impunidad para nadie. Además, no se ocultan las cosas, se informa, antes se negaban los hechos, se protegía a los responsables, había impunidad, ahora no, es distinto”, dijo en conferencia matutina.

“También en el caso de los feminicidios, antes no se consideraban feminicidios, eran homicidios. Esta clasificación comienza prácticamente con nosotros, por eso el aumento de feminicidios, entre otras cosas”.

 

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No obstante, el 14 de junio de 2012, durante el sexenio de Felipe Calderón, fue cuando se publicó un decreto en el Diario Oficial de la Federación (DOF) por el que se reformaron y adicionaron diversas disposiciones del Código Penal Federal, de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República para tipificar al feminicidio.

De acuerdo con el texto, se reformó la denominación del capítulo V, para quedar como “Feminicidio”.

“Artículo 325. Comete el delito de feminicidio quien prive de la vida a una mujer por razones de género”, señala.

Y agrega que se considera que existen razones de género cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias:

1- La víctima presente signos de violencia sexual de cualquier tipo;

2- A la víctima se le hayan infligido lesiones o mutilaciones infamantes o degradantes, previas o posteriores a la privación de la vida o actos de necrofilia;

3- Existan antecedentes o datos de cualquier tipo de violencia en el ámbito familiar, laboral o escolar, del sujeto activo en contra de la víctima;

4- Haya existido entre el activo y la víctima una relación sentimental, afectiva o de confianza;

5- Existan datos que establezcan que hubo amenazas relacionadas con el hecho delictuoso, acoso o lesiones del sujeto activo en contra de la víctima;

6- La víctima haya sido incomunicada, cualquiera que sea el tiempo previo a la privación de la vida;

7- El cuerpo de la víctima sea expuesto o exhibido en un lugar público.

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Asimismo, el DOF indica que quien cometa el delito de feminicidio se le impondrán de 40 a 60 años de prisión y de 500 a mil días de multa; además, el sujeto activo perderá todos los derechos con relación a la víctima, incluidos los de carácter sucesorio.

“En caso de que no se acredite el feminicidio, se aplicarán las reglas del homicidio”, aclara.

Y agrega que al servidor público que retarde o entorpezca maliciosamente o por negligencia la procuración o administración de justicia se le impondrá pena de prisión de tres a ocho años y de 500 a mil 500 días multa. Igualmente, será destituido e inhabilitado de tres a 10 años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos.

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Este martes, el primer mandatario aseguró que diversos sectores buscan desviar la atención del origen de la violencia y los causantes de esa desigualdad social colocándose el disfraz de feministas.

“Quienes fueron los causantes de esta decadencia, ahora, además de querernos culpar, se han convertido en feministas, ambientalistas, defensores de derechos humanos, porque están muy inconformes con el hecho de que nosotros nos hemos dedicado a combatir el principal problema, la corrupción. Ahora se informa, no se niegan los hechos, ni se protege a los responsables, como ocurría antes”, argumentó.

“¿Cómo vamos a permitir el machismo? Desde luego que no. A la mujer se le debe de respetar y esa es una consideración básica para la transformación, no se puede llevar a cabo una transformación sin la igualdad de género, pero no permitir que los conservadores, saqueadores, que son los que han originado la descomposición social ahora se disfracen de feministas”.

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Al respecto, Fabiola Alanís Sámano, comisionada nacional para prevenir y erradicar la violencia contra las mujeres, sostuvo en entrevista para Aristegui en Vivo que López Obrador tiene razón cuando comenta que en la actual administración se ha hecho un particular esfuerzo para que las entidades federativas, fiscalías y fiscalías especializadas clasifiquen o inicien la investigación de una muerte violenta de una mujer como un feminicidio.

No obstante, reconoció que la tipificación o el establecimiento del feminicidio como delito autónomo quedó establecido e integrado en el Código Penal Federal en 2012 con las siete razones de género.

“¿Cuál ha sido nuestro esfuerzo y cuál ha sido nuestro exhorto, petición y al seguimiento que hemos dado a las autoridades en los estados, que toda muerte violenta cometida en contra de una mujer se inicie como un delito de feminicidio”, refirió.

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También manifestó que el fenómeno de la violencia en contra de las mujeres es estructural y grave.

“Tenemos una radiografía muy puntual de en dónde ocurren las violencias y qué tipo de violencias ocurren en mayor medida en contra de las mujeres y las niñas. Hay una concentración del delito de feminicidio en el 12% o 13% de los 2 mil 446 municipios de este país; el año pasado cerramos con un poco más de 334 municipios que concentraron el 100% de los feminicidios del conjunto de los homicidios dolosos que ocurren en el país el 14% corresponde a mujeres y en el Gobierno tenemos una tendencia muy focalizada en aquellas regiones en donde hay una violencia estructural”, añadió.


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