Estas son las actividades esenciales que no paran pese a emergencia por Covid-19 | Documento

López-Gatell explicó que el objetivo de las nuevas medidas de seguridad sanitaria tienen el propósito de lograr la reducción masiva de la movilidad.

Hugo López-Gatell Ramírez, subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud, explicó este martes las siete nuevas medidas de seguridad sanitaria que determinó la Secretaría de Salud para mitigar los contagios de coronavirus en México.

Desde Palacio Nacional, indicó que el propósito de las nuevas disposiciones será lograr  la reducción masiva de la movilidad.

“Es decir, millones de personas fuera del espacio público: calles, espacios de trabajo, escuelas, plazas, playas, jardines… Quédate en casa, no queremos que haya contagios”, expresó.

“Esto no se puede parar completamente, pero sí tenemos la oportunidad de reducir los contagios, y al reducirlos vamos a tener la posibilidad de que no haya tantos casos y que la capacidad del Sistema Nacional de Salud pueda atender a todas las personas enfermas, particularmente a quienes necesitarán hospitalización”, agregó.

Las que se consideran como actividades esenciales, que no pararán pese a la epidemia, son las siguientes:

  • Los sectores considerados como esenciales para el funcionamiento fundamental de la economía: financieros, el de recaudación tributaria, distribución y venta de energéticos, gasolineras y gas, generación y distribución de agua potable, industria de alimentos y bebidas no alcohólicas, mercados de alimentos,supermercados, tiendas de autoservicio, abarrotes y venta de alimentos preparados;servicios de transportes de pasajeros y carga; producción agrícola, pesquera y pecuaria, agroindustria, química, productos de limpieza; ferreterías, servicios de mensajería, guardias en labores de seguridad privada; guarderías y estancias infantiles,asilos y estancias para personas de la tercera edad, refugios y centros de atención a mujeres víctimas de violencia, sus hijas e hijos; telecomunicaciones y medios de información, servicios privados de emergencia, servicios funerarios y de inhumación, de almacenamiento y cadena de frío de insumos esenciales, logística (aeropuertos,puertos y ferrocarriles), así como actividades cuya suspensión pueda tener efectos irreversibles para su continuación

Estas son las normas que aplicarán del 30 de marzo al 30 de abril:

CPM Medidas de Seguridad Sanitaria, 31mar20 by Aristegui Noticias on Scribd




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