La solicitud del Presidente aun debe ser aprobada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación y por ambas cámaras del Congreso.
Este martes el presidente López Obrador envió al Senado de la República la solicitud para realizar la consulta popular sobre si enjuiciar o no a sus antecesores (de 1988 a 2018).
Sin embargo, según la Constitución y la Ley de Consulta Popular aún falta que se cumplan los siguientes procesos para que el ejercicio sea una realidad:
Visto bueno de la SCJN
Este mismo martes 15 de septiembre la Cámara ya envió la solicitud a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, donde se definirá su constitucionalidad, en un plazo máximo de 20 días naturales. El plazo vence el 5 de octubre.
La propuesta será constitucional si los ministros concluyen que la consulta no involucra:
- La restricción de los derechos humanos ni la conformación de la República
- la permanencia o continuidad en el cargo de los servidores públicos electos
- la materia electoral
- el sistema financiero
- ingresos, gastos y el Presupuesto de Egresos de la Federación
- las obras de infraestructura en ejecución
- la seguridad nacional y la organización, funcionamiento y disciplina de la Fuerza Armada permanente.
Además, la Suprema Corte revisará que la pregunta derive directamente de la materia de la consulta, además de que el cuestionamiento no sea tendencioso o contenga juicios de valor; emplee lenguaje neutro, sencillo y comprensible, y produzca una respuesta categórica en sentido positivo o negativo.
Si procede, realizará las modificaciones que sean necesarias a la pregunta, a fin de garantizar que la misma sea congruente con la materia de la consulta y cumpla con los criterios del párrafo anterior.
Finalmente, la Corte notificará al Senado la decisión a la que llegue. Si los ministros determinan que la consulta es inconstitucional el asunto se publicará en la Gaceta Parlamentaria y se dará por concluido. Fin.
Voto en el Congreso
Por otro lado, si el asunto se declara constitucional se notificará a las comisiones de ambas Cámaras del Congreso para que debatan la propuesta y la lleven al pleno de cada espacio. En esta etapa, el proceso avanzará si es aprobado por mayoría simple en las dos cámaras.
Finalmente, con el voto favorable del Congreso se expedirá la Convocatoria de la consulta popular mediante un decreto y se notificará al Instituto Nacional Electoral para que organice el ejercicio.
Con todo aprobado, el INE definirá el formato de la papeleta, la organización y conteo el día de la jornada.
¿Qué día sería la consulta?
Las consultas populares se realizarán el primer domingo de agosto, según el artículo 35 de la Constitución.
Sin embargo, el artículo 8 de la ley en la materia dice que las consultas populares se realizarán el mismo día de la jornada electoral federal, por lo que se espera que también la corte defina el día (si procede el ejercicio).
Resultado vinculante
El resultado de la consulta será vinculatorio para los poderes Ejecutivo y Legislativo federales, así como para las autoridades competentes, si la participación total en la consulta popular corresponde al menos al 40 por ciento de los ciudadanos inscritos en la lista nominal de electores.
En tal caso, el resultado será informado a la Suprema Corte, la cual notificará a las autoridades correspondientes para que respondan resultado de la consulta.