Fin del periodo de gracia de la reforma laboral: la primacía del contrato fijo entra en vigor


El Gobierno dio tres meses a las empresas para que pudieran adaptar sus contratos al catálogo definido por la reforma laboral. Esa suerte de bonus temporal acabó este jueves. Desde ahora, se entenderá el indefinido como el modelo preferente de contratación, y solo se podrá recurrir a los temporales en circunstancias muy concretas. Para las situaciones que no encajen dentro de estas dos modalidades quedará el fijo-discontinuo, y desaparecen los de obra y servicio, a excepción de aquellos que se hubieran firmado en el primer trimestre y que podrán extenderse un máximo de seis meses. Entre los meses de enero y febrero se realizaron 870.110 acuerdos de este tipo.

Los primeros resultados de la reforma laboral en su objetivo primario de rebajar la alta temporalidad del mercado de trabajo (25%) han demostrado un cambio en la cultura: la contratación indefinida despegó en enero, mes en el que llegó a representar el 15% del total. En febrero, esta proporción alcanzó el 22%, cuando, históricamente, no se alcanzaban las dos cifras. Sin embargo, Cepyme, la patronal de las pequeñas y medianas empresas, asegura que encaran el nuevo horizonte de contratación “con mucha incertidumbre”. Aduce que muchas de ellas “no tienen claro qué modelo utilizar para picos de demanda”, y que se deben “familiarizar aún con el fijo-discontinuo”, muy empleado en el turismo y la agricultura, pero no tanto en los servicios.

Ignacio Esteban, socio de Derecho Laboral de Garrigues, reconoce que la mayoría de las consultas recibidas en su bufete por las empresas giran en torno a este dilema. “Como toda norma, la reforma genera dudas interpretativas, y en algunos aspectos, como la delimitación de la antigüedad en los contratos fijos-discontinuos, habrá que esperar a que los tribunales arrojen algo de luz al respecto”, señala. Fuentes del Ministerio de Trabajo, sin embargo, no consideran que la redacción de la nueva norma justifique esta incertidumbre. “Al contrario, clarifica de manera muy nítida que la regla general es la contratación fija, y que este es el sendero que deben seguir las empresas de nuestro país”, señalan. Al mismo tiempo, estas mismas fuentes defienden que “la reforma genera un marco jurídico preciso y seguro para la estabilidad en el empleo, y lo hace para el conjunto de nuestro tejido productivo, incluidas las pymes, que deben convertirse en aliadas fundamentales en la lucha contra la precariedad”.

Durante este primer trimestre del año, los despachos de abogados se han dedicado principalmente a asesorar a las empresas en el proceso de reconversión contractual. “Una gran parte de la contratación temporal va a derivarse ahora sobre los fijos-discontinuos, por lo que muchas empresas van a tener que cambiar el chip. Creo que esto está calando, porque todo el mundo se ha preocupado por entender la nueva regulación”, advierte Mario Barros, socio de laboral de Uría Menéndez. “Los últimos meses hemos estudiado con nuestros clientes cómo gestionar dentro del nuevo marco legal sus necesidades temporales de mano de obra”, añade. Este letrado, sin embargo, alerta de que la derivación de la temporalidad hacia el contrato fijo-discontinuo “puede acabar por precarizarlo”.

“Eso no tiene ningún sentido. La precarización tiene dos patas: la temporalidad, que con la conversión en fijo-discontinuo un trabajador pasa a tener un periodo mínimo de llamamiento, lo que le da cierta estabilidad; y los bajos salarios, que con este contrato va a percibir el que establezca el convenio del sector para el que trabaje, y no el mínimo en muchos casos”, rebate Fernando Luján, secretario confederal de UGT.

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Prohibición del despido

Según datos oficiales del Servicio Público de Empleo (SEPE), entre los meses de enero y febrero los contratos fijos-discontinuos crecieron un 348,52%; mientras que los indefinidos se dispararon también en todos los sectores: un 163% en agricultura, un 110% en la construcción, un 73% en los servicios, y un 57% en la industria. “Son datos incipientes, pero, si esto se confirma, es la prueba de que hay un auténtico cambio de ciclo, y de que estamos dando pasos definitivos para la resolución de un problema que era la excesiva contratación temporal en España que se arrastra desde las últimas cuatro décadas”, apunta Luján.

La entrada en vigor del grueso de la reforma laboral ha coincidido en el tiempo con la prohibición de despedir por causas objetivas a aquellas empresas que reciban alguna de las ayudas públicas del paquete de medidas contra los efectos de la guerra. Una decisión que para la patronal de las pymes supone un nuevo desvelo. “Muchas empresas ya vivieron la limitación del despido durante la pandemia, y las pymes no tienen músculo financiero para afrontar una devolución de ayudas en el futuro, ya que acarrea su descapitalización. Es sensato que ahora muestren cautela a la hora de acogerse a las ayudas y de hacer nuevas contrataciones”, indican fuentes de Cepyme.

Esta interpretación, por contra, no la comparten fuentes del Ministerio de Trabajo: “La prohibición es una mera plasmación para un caso concreto y particular ―la guerra de Putin en Ucrania y la elevación de los precios de la energía―, de lo que la reforma hace con carácter general: evitar los despidos e impulsar la flexibilidad interna a través de los expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE) y el nuevo Mecanismo RED. Este es el espíritu de la reforma que aprendió de la pandemia, donde también se prohibió el despido y con el apoyo de la patronal, con grandes resultados en el empleo”.

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