Impugna CNDH delito de “halconeo” en Guanajuato; la considera ambigua e imprecisa, además de que viola derechos humanos

Esta legislación está pensada en aquellas personas que “trafiquen con información delicada, sobre operativos de seguridad”.

Por Javier Bravo

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) impugnó la ley contra el ‘halconeo’ en Guanajuato, impulsada por el gobierno de Diego Sinhue Rodríguez Vallejo y el fiscal Carlos Zamarripa Aguirre,

El órgano de los derechos humanos interpuso una demanda de acción de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

Para el máximo órgano defensor de los derechos humanos en el país, esta legislación pensada en aquellas personas que trafiquen con información delicada, sobre operativos de seguridad, “resultan ambiguos e imprecisos, de manera que la descripción típica no aporta suficientes elementos que acoten adecuadamente las conductas sancionadas”.

Las reacciones hasta ahora han sido de apertura. Mientras la vocera estatal de seguridad del gobierno estatal, Sophia Huett López, deslindó al gobierno del recurso interpuesto por la CNDH, el propio Diego Sinhue advirtió que aceptaría las observaciones siempre y cuando sean para mejorar la ley, no para revertirla.

En medio de toda esta discusión, están los riesgos contra la libertad de expresión. El pasado 5 de agosto la organización Artículo 19, alertó a los poderes públicos de Guanajuato que con la sola existencia del delito de “halconeo”, se vulnera el núcleo esencial del ejercicio de las libertades de expresión, información y la labor periodística.

Todo ello aun cuando en el documento de la ley se indique que “no es objeto de la iniciativa castigar, por ejemplo la labor de investigación periodística”, pues tal como se encuentra redactado, genera una afectación a dicha labor.

Por lo anterior, exhortó a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) y a la Procuraduría de los Derechos Humanos del Estado de Guanajuato (Pdheg), que conforme a sus facultades promuevan las acciones de inconstitucionalidad correspondientes, en contra este nuevo delito. Sólo la primera respondió al respecto.

Inconstitucional

El documento enviado con la firma del ombudsman, Luis Raúl González Pérez, tiene fecha del 2 de septiembre de este año, donde se impugna la reforma a los artículos 22-a y 222- b al considerar que viola el derecho a la seguridad jurídica, el derecho de acceso a la información, el principio de legalidad, además de romper la obligación de respetar y proteger los derechos humanos.

“El legislador local pretendió sancionar la actividad, conocida coloquialmente como ‘halconeo’; resultan ambiguos e imprecisos, de manera que la descripción típica no aporta suficientes elementos que acoten adecuadamente las conductas sancionadas a aquellas que se pretendieron prohibir, de modo que existe una disociación entre el fin legítimo de la norma”.
La reforma fue votada por los legisladores locales apenas en julio pasado. Establece penas de más de 10 años a las personas que filtren o compartan información que entorpezcan las labores de seguridad.

No obstante, los antecedentes nacionales dan una idea de la controversia.

El pleno de la SCJN ya analizó dos acciones de inconstitucionalidad en la materia, la 11/2013 y la 09/2014, que también fueron promovidas por la CNDH, en contra de reformas similares a los Códigos Penales de los Estados de Chiapas y Michoacán. Se les dio la razón, precisamente por su ambigüedad y vaguedad, así como por constituir una forma de persecución penal contra el ejercicio legítimo de las libertades de expresión e información.

En el caso Guanajuato el modelo se repite. En los textos legales no se describe, con suficiente precisión, qué conductas están prohibidas y qué sanciones se impondrán a quienes incurran en ellas. De manera que la descripción típica, aporte elementos que definan adecuadamente las conductas sancionadas, o las que se pretende prohibir.

“El presente medio de control de la constitucionalidad se promueve para garantizar el derecho fundamental de seguridad jurídica, el principio de legalidad en su vertiente de taxatividad en materia de penal y así como derecho fundamental de acceso a la información, los cuales se encuentran reconocidos en nuestra Constitución Federal”.

Tan pronto se dio a conocer el recurso de la CNDH, el gobernador Diego Sinhue Rodríguez fue cuestionado sobre el tema. La postura del mandatario estatal distó de la que ofreció su vocera Sophia Huett, quien asignó el tema a los diputados locales, pues son ellos quienes le dieron diseño final y aprobación a la reforma penal.

El mandatario estatal sostuvo que respetan las observaciones del ombudsman nacional, siempre y cuando sirvan para perfeccionarla y no para frenarla.

“Tiene que ser atendible. Desde mi punto de vista creo que es un área de oportunidad que tenemos. Le pediría a los legisladores que revisemos y si se tiene que mejorar que se mejore. Yo lo que entendí es que hay que ser más precisos en el tipo penal y en las consecuencias del mismo. Hay que hacerlo. Yo creo que es una buena oportunidad”.

Por su parte, la también Comisionada de la Unidad de Análisis y Estrategia para la Seguridad Ciudadana, Sophia Huett López, indicó que en el caso del gobierno estatal han hecho cumplir los derechos humanos en Guanajuato, por lo que toman ‘a bien’, las aportaciones de la CNDH.

«Yo creo que cuando la Procuraduría estatal de los Derechos Humanos o la Comisión Nacional de los Derechos Humanos hacen observaciones, tanto en el caso del Ejecutivo y del Legislativo es escuchar y tener la apertura para tener las acciones que se puedan hacer”, expuso.

Lo cierto es que la ley que acuñó el Fiscal General de Guanajuato, Carlos Zamarripa Aguirre, junto con el Secretario de Seguridad Pública de esa entidad, Alvar Cabeza de Vaca Appendini, deberá de revisarse una vez más, aun cuando ya una persona ha sido vinculada y juzgada por este delito.

CNDH interpone denuncia contra ley antihalconeo by Aristegui Noticias on Scribd




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