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Jaume Nogués, director deportivo del Andorra, llamó "corrupto" al árbitro

Jaume Nogués, director deportivo del Andorra, llamó "corrupto" al árbitro

El Andorra-Las Palmas del pasado viernes (0-0) estuvo marcado por la expulsión en el primer minuto del encuentro de Héctor Hevel tras una entrada a Mfulu. El colegiado, José Antonio López Toca,  inicialmente mostró la tarjeta amarilla al jugador pero la cambió por la roja tras la revisión de la jugada en el monitor de VAR.

Eder Sarabia se quejó amargamente en la sala de prensa a la conclusión del encuentro, momento en el que se produjo un grave incidente en la zona de vestuarios que dejó plasmado el colegiado cántabro. 

Según recoge en el acta arbitral, el director deportivo del club andorrano llamó corrupto al colegiado. En este caso el término empleado fue el de “corrupción en la Federación”. Textualmente dice lo siguiente: “Una vez finalizado el partido, cuando nos encontrábamos en la zona de vestuarios, pudimos escuchar como una persona decía a voz en grito: ‘Corrupción en la Federación’, pudiéndole identificar como D. Jaume Nogués, Director Deportivo y General del FC Andorra, dado que el Delegado Informador se encontraba a escasos metros de él y pudo confirmar la autoría de la expresión anteriormente mencionada“.

Además, en la misma redacción hace constar que ya durante el encuentro se había dirigido al cuarto colegiado en estos términos: “Una vez identificado, nos dimos cuenta de que esta misma persona se dirigió durante el partido a mi árbitro asistente 1 en los siguientes términos: ‘Corrupto’, mientras se encontraba en la zona situada encima de banquillos, la cual está totalmente despejada de público, haciendo la identificación más clara. El delegado de campo verifica la identidad de esta persona“.

Veremos ahora la sanción que impone el Comité de Competición. Atendiendo a lo que recoge el acta y considerando como precedente lo sucedido en los vestuarios del Elche hace ahora una semana, lo normal es que Jaume Nogués pueda ser multado con hasta 3.006 euros según el artículo 105 relativo a las conductas contrarias al buen orden deportivo: “Incurrirán en suspensión de cuatro a diez partidos o multa en cuantía de 602 a 3.006 euros aquéllos cuya conducta sea contraria al buen orden deportivo cuando se califique como grave“. 




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