La Audiencia Nacional avala la decisión del juez de archivar la causa contra Cifuentes por la caja b del PP madrileño

La expresidenta de la Comunidad de Madrid Cristina Cifuentes.
La expresidenta de la Comunidad de Madrid Cristina Cifuentes.Javier Lizón / EFE

La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha avalado este lunes la decisión que tomó, el pasado 20 abril, el juez Manuel García-Castellón, instructor del caso Púnica de corrupción, de sobreseer el procedimiento abierto contra la expresidenta de la Comunidad de Madrid Cristina Cifuentes y otras dos personas por su presunta implicación en la financiación irregular del PP en la región. A Cifuentes se le atribuyeron presuntos delitos de prevaricación y cohecho por las supuestas irregularidades en la adjudicación del contrato de servicios de cafetería, cocinas y comedor de la Asamblea de Madrid en las licitaciones, de 2009 y 2011, al Grupo Cantablanco, del empresario Arturo Fernández, que figuraba como donante de la Fundación para el Desarrollo Económico y Social de la Comunidad de Madrid (Fundescam), utilizada presuntamente por el PP liderado entonces por Esperanza Aguirre para financiarse de manera irregular.

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La decisión del tribunal se produce después de que la acusación popular ejercida por la Asociación de Abogados Demócratas por Europa (Adade) y el PSOE presentara un recurso contra la decisión del magistrado de archivar la causa para la exdirigente popular al considerarla “incongruente” con los resultados de la investigación. En su opinión, el sumario recoge “sobrados indicios” para mantener a Cifuentes encausada e, incluso, decretar la apertura de juicio oral contra ella por la supuesta caja b de su partido en Madrid. García-Castellón prorrogó recientemente la investigación de esta pieza del sumario del caso Púnica hasta el próximo 29 de octubre. En ella se encuentran imputados los también expresidentes Esperanza Aguirre e Ignacio González; el extesorero regional Beltrán Gutiérrez, y un elevado número de ex altos cargos, como los exconsejeros Francisco Granados, Salvador Victoria, Manuel Lamela o Borja Sarasola.

En su auto de este lunes, los tres magistrados señalan que los razonamientos esgrimidos por la acusación popular para pedir la revocación del sobreseimiento dictado por juez García-Castellón y, por tanto, para reclamar que se mantengan como imputados a Cifuentes, al empresario Arturo Fernández y a la letrada de la Asamblea de Madrid Tatiana Recoder con “genéricos y escasamente sólidos”. “La parte recurrente apoya la impugnación de la resolución apelada en conjeturas o sospechas, más propias de una fase inicial de la investigación, pero totalmente denostadas después de practicarse las esenciales diligencias de investigación […] consistentes en declaraciones de los investigados, abundantes testificales y múltiple documentación”, destaca la resolución judicial.

Para la Audiencia Nacional, de las pruebas practicadas “se extraen, de manera clara y contundente, la insuficiencia de indicios racionales de criminalidad en los actos de los tres investigados”. Y añade que “no ha quedado determinado, ni siquiera indiciariamente, que la adjudicación de los servicios de explotación del restaurante de la Asamblea de Madrid a la empresa Cantoblanco Colectividades SL durante los ejercicios sujetos a comprobación tengan una relación directa con las donaciones, por importes de 100.000 euros y 60.000 euros, que hicieron las entidades Arturo Grupo Cantoblanco SL y la Confederación Empresarial de Madrid [de la que Arturo Fernández era presidente], respectivamente, en favor de la Fundación para el Desarrollo Económico y Social de la Comunidad de Madrid (Fundescam), controlada por el Partido Popular”.

Sobre Cifuentes, los magistrados señalan que durante la investigación “no se ha podido constatar que su actuación haya sido determinante para la adjudicación de los servicios de cafetería y restauración de la Asamblea de Madrid en favor del Grupo Cantoblanco. Tampoco, que en tales adjudicaciones hayan sido relevantes las donaciones efectuadas por el investigado Fernández Álvarez a Fundescam”. Una “inexistencia de indicios de criminalidad” que el tribunal extiende a la supuesta participación de la presidenta madrileña en la caja b del PP regional. En este sentido, el fallo incide que no se ha acreditado la participación de la exdirigente popular en la supuesta financiación irregular de su partido “porque sus cometidos como responsable de movilización territorial de aquella formación política se encuentran alejados de cualquier cometido de financiación y obtención de fondos”.

Esta resolución supone una nueva victoria judicial para la expresidenta, que cierra así de manera casi definitiva el segundo frente que tenía abierto en los tribunales. El pasado febrero, la Audiencia Provincial de Madrid también la absolvió tras celebrarse el juicio por el caso máster al considerar que no existían pruebas suficientes contra ella de un delito de falsificación de documento público, aunque sí se condenó a cárcel a una asesora del Gobierno autonómico y a una profesora de la Universidad Rey Juan Carlos por fabricar el acta del Trabajo Fin de Máster (TFM) que Cifuentes esgrimió al estallar el escándalo para tratar de esquivarlo. En esa sentencia, además, los jueces concluyeron que las excusas de la expresidenta se encontraban cargadas de “incongruencias, incompatibles con la actuación regular de un estudiante de posgrado”.


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