La Casa del Rey tendrá un canal interno para denunciar prácticas corruptas



Edward Snowden, denunciante del espionaje de la NSA y emblema del ‘whistleblower’ (“denunciante”), participa por videoconferencia en el Web Summit celebrado en Lisboa en 2019.Rafael Marchante (Reuters)

La Casa del Rey tendrá que poner a disposición de sus trabajadores un sistema interno de denuncias de prácticas corruptas. El Gobierno ha incluido a La Zarzuela en la ley para proteger a los denunciantes de corrupción, cuyo anteproyecto, al que ha tenido acceso EL PAÍS, aprobó este viernes el Consejo de Ministros. La norma deriva de una directiva europea que obliga a la Administración pública y a las empresas de más de 50 trabajadores a tener canales de denuncia que garanticen la confidencialidad para que cualquier ciudadano pueda informar sobre posibles infracciones sin temor a represalias. El anteproyecto aprobado en primera vuelta contempla sanciones de hasta un millón de euros para las compañías que no protejan a los denunciantes o se venguen de su filtración.

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La decisión de incluir a la Casa del Rey en la ley para proteger a los denunciantes de corrupción llega 48 horas después de que la Fiscalía hiciera públicas las conclusiones de las tres investigaciones que mantenía abiertas contra el rey emérito, que constatan que el anterior jefe de Estado cometió numerosas irregularidades fiscales por las que no se le puede perseguir penalmente. El Ejecutivo descarta por ahora revisar la inviolabilidad de la que goza el jefe de Estado, pero sí ha incorporado a la Casa del Rey en la ley que pretende sacar a la luz infracciones y prácticas corruptas.

La conocida como directiva whistleblower (en referencia al término anglosajón que alude “al que hace sonar el silbato”, o denunciante), aprobada en 2019, protege a quienes denuncian irregularidades en su ámbito laboral. El objetivo es impulsar iniciativas de denuncias como las de Edward Snowden, el consultor que reveló el alcance de las interceptaciones de la Agencia de Seguridad de Estados Unidos, o de José Luis Peñas, el exconcejal del PP que hizo estallar el caso Gürtel con sus informaciones. La norma pretende proteger al informante para evitar que tenga que abandonar su vida anterior o perder el trabajo. La ministra de Justicia, Pilar Llop, definió este viernes la ley como “un antídoto contras las prácticas corruptas”.

La directiva comunitaria tenía que haber estado traspuesta antes del pasado 17 de diciembre, pero la ley española (como la de otros 23 Estados miembros) se ha retrasado, lo que ha llevado a Bruselas a expedientar a los incumplidores aunque el Gobierno de Pedro Sánchez confía en tener lista la ley a tiempo de evitar una sanción. La norma europea obliga a las empresas de más de 50 trabajadores y las Administraciones públicas a disponer de un canal de denuncia interno y seguro para facilitar las denuncias, pero deja en manos de cada país algunas decisiones, como si afecta a todas las instituciones públicas o solo a las más grandes. En España, tendrán que tenerlo todas las administraciones (estatales, autonómicas, provinciales, locales…), las universidades, las sociedades y fundaciones, las corporaciones públicas y todos los órganos constitucionales, entre otros.

También estarán obligados a contar con un canal interno de información los partidos políticos, sindicatos, organizaciones empresariales y las fundaciones que gestionen fondos públicos. “La generalización de un sistema interno de comunicaciones facilitará la erradicación de cualquier sospecha de nepotismo, clientelismo, derroche de fondos públicos, financiación irregular u otras prácticas corruptas”, explica el anteproyecto en la Exposición de Motivos. Los receptores de la denuncia estarán obligados a remitirla a la Fiscalía si hay indicios de delito, y esas vulneraciones se dirimirán en los tribunales.

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La regulación referida a la Casa del Rey se ha incluido en una disposición adicional que costa de dos apartados: 1. “La Casa de Su Majestad el Rey establecerá y gestionará un sistema interno de comunicaciones siguiendo las previsiones de esta ley y que será accesible desde su página web”. 2. “La Autoridad Independiente de Protección del Informante actuará como canal externo de comunicaciones respecto de las infracciones previstas en esta ley cometidas en el ámbito de la Casa de Su Majestad el Rey y como autoridad independiente de protección de informantes en dicho ámbito”.

Autoridad independiente

La autoridad independiente es uno de los ejes centrales de la futura ley. Al margen de los canales internos de denuncias con los que deberán contar las administraciones, habrá también un canal externo al que cualquier ciudadano podrá dirigirse directamente o tras la denuncia la interna para informar de una infracción en cualquier administración o entidad del sector público. Este sistema lo gestionará la Autoridad Independiente de Protección del Informante, un organismo de nueva creación que tendrá potestad normativa (podrá, por ejemplo, emitir circulares con normas reglamentarias) y sancionadora. Su presidente, que tendrá rango de subsecretario de Estado, será nombrado por real decreto a propuesta del titular del Ministerio de Justicia por un período de cinco años no renovable. El anteproyecto recoge que debe ser una persona “de reconocido prestigio y competencia profesional en el ámbito del cumplimiento normativo”. “El Congreso, a través de la Comisión correspondiente y por acuerdo adoptado por mayoría absoluta, deberá ratificar el nombramiento en el plazo de un mes desde la recepción de la correspondiente comunicación. En ningún caso podrá ser objeto de prórroga su mandato”. Habrá también una comisión consultiva que asesorará al presidente y que estará integrada por 11 miembros de diversos organismos y ministerios.

Las sanciones que imponga este organismo serán el final de la instrucción administrativa de la denuncia. Lo que se castiga no es la infracción denunciada sino “la represalia o tentativa de represalia” contra el informante. El anteproyecto considera “represalia” acciones como el despido, la imposición de medidas disciplinarias, “coacciones, intimidaciones, acoso u ostracismo” o la inclusión en “listas negras o difusión de información” en un determinado sector. Las sanciones serán de entre 5.000 y 300.000 euros para las personas responsables de estos actos y de entre 100.000 y un millón para las empresas.

La futura ley reconocerá el derecho del denunciante a preservar su identidad, por lo que tanto los canales de información internos como los externos deberán contar con “medidas técnicas y organizativas” que garanticen la confidencialidad. La identidad sólo podrá ser comunicada a la justicia, a la Fiscalía o a la autoridad administrativa en el marco de la investigación.

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