La Corte Suprema de Justicia falló este miércoles en contra de una solicitud de varios gobernadores republicanos de revivir la regla conocida como “carga pública“, ampliada por Donald Trump y bajo la cual se negaba la residencia migrantes que hubieran usado ciertos beneficios del gobierno.
A pesar de que la Corte aceptó examinar la petición de los republicanos, los magistrados argumentaron que el caso se “desestimaba por haber sido concedido de forma imprevista”.
Con el fallo del máximo tribunal, la política migratoria que fue nuevamente modificada en el gobierno de Joe Biden seguirá vigente. USCIS aclaró que la regla del 2019 ya no está en efecto.
En el pasado, la designación de “carga pública” se basaba en gran medida en una evaluación de que un inmigrante dependería de los beneficios en efectivo. Pero el gobierno de Trump amplió la definición para incluir subsidios como Medicaid, nutrición suplementaria y asistencia federal para vivienda, entre otros.
En 2019, el gobierno de Trump amplió la interpretación del término “carga pública” y los tipos de beneficios públicos considerados, lo que llevó a que se pudieran negar las residencias permanentes de migrantes que aplicaron a estos subsidios.
El secretario de Seguridad Nacional, Alejandro Mayorkas, aseguró en febrero que “la regla de carga pública de 2019 no fue consistente con los valores de nuestra nación” y el gobierno de Biden aclaró que los migrantes no serían penalizados al optar por acceder a los beneficios de salud y otros servicios gubernamentales complementarios.
USCIS ha enmendado los formularios anteriores para eliminar toda mención de los requisitos de carga pública de la era de Trump. Eso significa que la agencia ya no requiere el Formulario I-944 de Declaración de Autosuficiencia.
Ahora, con la regla de carga pública de 2019 anulada, el Departamento de Seguridad Nacional (DHS, por sus siglas en inglés) promueve un sistema de reglas abierto y justo para establecer una nueva regulación, dice en un comunicado.
“USCIS no considerará la recepción de Medicaid por parte de un solicitante (excepto la institucionalización a largo plazo a expensas del gobierno), la vivienda pública o los beneficios del Programa Suplementario de Asistencia Nutricional (SNAP) como parte de la determinación de inadmisibilidad por carga pública”, aclaró la agencia migratoria.
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