Esta semana pasada vino marcada por la marcha de Unai Emery al Aston Villa, después de recibir una oferta irresistible del club inglés y abandonando la disciplina del Villarreal en mitad de la temporada. Es decir, dejando a medias un proyecto y donde el club español solo ha recibido la cláusula existente por si esto sucedía. Pero la pregunta que surge entonces es: ¿Cómo es posible que exista esta opción donde un club pueda arrebatar el entrenador a otro?
La verdad es que, a diferencia de lo aje sucede con los jugadores, el mercado de entrenadores es libre. No está limitado como sí sucede con el de futbolistas. Así está recogido en el Reglamento sobre el Estatuto de Transferencia de Jugadores. Y que dice lo siguiente respecto a los jugadores:
“Un jugador podrá inscribirse durante uno de los dos periodos anuales de inscripción fijados por la asociación correspondiente”.
Es en el artículo 6 relativo a los períodos de inscripción donde además concreta las dos ventanas donde puede llevarse a cabo: “El primer periodo de inscripción comenzará en el primer día de la temporada, sujeto a las siguientes excepciones temporales. Este periodo no deberá durar más de doce semanas”.
Mientras que “El segundo periodo de inscripción comenzará a mediados de temporada y no deberá durar más de cuatro semanas”. Fuera de estos sus plazos solo hay determinadas excepciones que permiten fichar jugadores.
Lo mismo podría suceder en el caso de los entrenadores si FIFA decide regular estos mercados. Unos periodos donde, como es lógico, siempre estaría la excepcionalidad de que un técnico sea destituido. En este caso siempre podrá buscar a un sustituto para suplir. Es decir, salvo que fuera destituido, un entrenador sólo podría ser “fichado” por otro club en esas ventanas que fijase el máximo organismo del fútbol mundial.
Una normativa que luego cada Federación podría adaptar, tomando como base los principios de FIFA. Así por ejemplo en nuestra competición la RFEF permite al club no estar obligado a pagar al entrenador destituido hasta el final de la temporada en curso e inicios de la siguiente. De no producirse, el equipo no podrá inscribir a nuevo técnico para la siguiente temporada, como tampoco a jugadores. Además la RFEF sólo autoriza que un equipo no esté sin técnico durante un máximo de dos semanas, pudiendo ocupar este lugar en el banquillo un entrenador interino.