El Tribunal Superior de Justicia de Baleares ha avalado la exigencia del certificado covid (que acredita la vacunación o una prueba negativa y reciente de coronavirus) para acceder a las discotecas de las islas. La medida entrará en vigor el 8 de octubre, cuando reabrirá el ocio nocturno tras año y medio de cierre. El Gobierno de Baleares solicitó a la sala de lo Contencioso Administrativo la autorización de esta medida sanitaria incluida en el acuerdo adoptado por el Consejo de Gobierno el pasado 27 de septiembre, en el que se supeditaba la reapertura del ocio nocturno a que la justicia diera luz verde al uso del certificado. La Fiscalía informó de forma favorable y pidió la aprobación de la medida a la sala, que ha dado su aval este viernes.
Así, Baleares se convierte en la segunda comunidad con autorización judicial para pedir este certificado, después de Galicia. Otras comunidades lo reclamaron a sus tribunales sin éxito, como Canarias, mientras que Cataluña se plantea implantarlo. Precisamente este viernes la Xunta ha anunciado que exigirá a las discotecas que pidan el certificado covid si quieren abrir hasta las 4.00. El uso del certificado covid está muy extendido en Europa para todo tipo de actividades de ocio, pero también para trabajar. Italia, el país que ha ido más lejos en esta exigencia, lo reclama a todos los trabajadores públicos y privados.
En el auto, la sala balear sostiene que tanto la documentación como la motivación aportada por el Ejecutivo autonómico avalan “suficientemente” la solicitud de esta autorización y la justifican al considerar su “idoneidad, necesidad y proporcionalidad”. La sala cree que “es indudable” que las medidas preventivas de distanciamiento social han demostrado hasta el momento su eficacia y los informes técnicos disponibles “ponen de relieve una mejoría” en la situación de la enfermedad. “Hablamos de medidas eficaces para defender lo primordial, porque no hay derecho más fundamental que el derecho a la vida y a la salud”, dice el auto.
El tribunal se basa en los argumentos de la sentencia del Tribunal Supremo sobre el uso del pasaporte covid en Galicia, donde ya se pondera la posible vulneración de derechos fundamentales y se ratifica el uso del certificado de vacunación. El auto afianza la tesis de que el beneficio que comporta la medida es muy superior al sacrificio que comporta la exigencia de presentar la documentación para acceder a los locales.
Con el aval de la justicia el sector del ocio nocturno de las islas calienta motores para su reapertura tras más de un año y medio de cierre total. Agentes sociales y Ejecutivo regional pactaron el pasado lunes en la mesa de diálogo social las condiciones para recuperar la actividad. Desde el viernes 8 de octubre las discotecas podrán abrir hasta las 5.00, con un aforo máximo del 75% excepto en terraza, donde podrán llegar al 100%. En la pista se podrá bailar con mascarilla, pero el consumo de bebidas se tendrá que realizar de forma obligatoria sentado, excluyendo la barra. Los locales tendrán la obligación de contar con medidores de CO2 y con dispositivos para evitar aglomeraciones en la entrada y salida de los locales.
En declaraciones a la Cadena Ser, el presidente de la Asociación Balear de Ocio Nocturno (ABONE) Miguel Pérez Marsà, califica la noticia de “positiva” pero cree que las grandes discotecas no abrirán hasta la temporada que viene, frente a las medianas y pequeñas que se animarán, cree, a retomar la actividad. Las personas no vacunadas podrán entrar mostrando también una prueba PCR negativa o un test de antígenos.
Galicia pide el certificado
Después de un intento frustrado en la hostelería diurna, el certificado covid se implantará en Galicia en el ocio nocturno. La Xunta pretende que ya entre en vigor este fin de semana. Los locales que quieran elevar su aforo en interiores del 50% al 75% y abrir hasta las 4.00, prolongando así una hora el límite general establecido por la Xunta, deberán exigir este documento a sus clientes.
El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha autorizado la medida este viernes porque se pone en marcha en lugares donde aumenta el riesgo de transmisión del virus, “espacios cerrados, en los que se establecen contactos próximos y prolongados, con escasa renovación de aire, en algunos casos, y realización de actividades en las que es necesaria la retirada de la mascarilla y de acciones que ocasionan una mayor generación de aerosoles, como hablar, en ocasiones, con un tono de voz mayor del normal o cantar”.
El alto tribunal gallego esgrime además que la exigencia del certificado covid en ciertos locales de ocio cumple el requisito de la temporalidad exigido por el Tribunal Supremo, pues se mantendrá en principio hasta el 23 de octubre. El Gobierno gallego intentó en agosto que los bares y restaurantes pudieran requerir el documento a los clientes para consumir en el interior, pero el Tribunal Superior tumbó la medida. El Supremo acabó revocando esta decisión, pero la luz verde al certificado covid llegó cuando ya había un plan alternativo y nunca llegó a aplicarse. Ahora sí se usará en el ocio nocturno.
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