La nueva norma de las mascarillas en el exterior obligará a llevarlas encima por si no se puede respetar la distancia de seguridad

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La nueva norma sobre el uso de las mascarillas, que entrará en vigor este sábado 26 de junio, permitirá que los ciudadanos vayan sin ella puesta por la calle, siempre que se pueda respetar una distancia de seguridad de 1,5 metros con personas no convivientes, pero será obligatorio que lleven siempre una encima por si se producen circunstancias en las que no se pueda guardar esta separación. Son algunos de los detalles sobre los que la ministra de Sanidad, Carolina Darias, ha informado este miércoles al Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud.

Los criterios se basan en un informe de la Ponencia de Alertas, al que ha tenido acceso EL PAÍS. El texto proponía derogar el artículo 6 de la Ley 2/2021, de 29 de marzo, que establece la obligatoriedad del cubrebocas en exteriores e interiores, independientemente de la distancia, hasta que acabe la pandemia. En su lugar, la ministra ha confirmado que se aplicará una norma más flexible, que siga manteniendo la obligatoriedad en interiores, transporte público (excepto camarotes y cubiertas de barcos) y también en exteriores si no se puede mantener la distancia de seguridad: en aglomeraciones o eventos multitudinarios. Sin embargo, si estos actos se celebran en espacios al aire libre y las personas ocupan asientos separados entre sí por, al menos, 1,5 metros, se podrá ir con la cara destapada.

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El texto de los técnicos añade: “Cuando las personas se encuentren fuera de su domicilio, deberán disponer en todo momento de una mascarilla para uso personal por si así fuera requerido o en previsión de aglomeraciones o necesidad sobrevenida en espacios interiores o en transporte público”. Esto es algo de lo que venían advirtiendo los expertos: hasta ahora, el uso generalizado de esta protección evitaba las dudas y los olvidos. Ahora los ciudadanos tendrán que calibrar cuándo no pueden mantener la distancia o cubrirse la nariz y la boca si se paran a hablar con alguien por la calle a menos de 1,5 metros. La ministra no ha precisado si el hecho de salir de casa sin la mascarilla será sancionable y se ha remitido al real decreto ley que aprobará este jueves un Consejo de Ministros extraordinario convocado expresamente para abordar este tema.

Además, la nueva norma eximirá de la obligatoriedad del uso de las mascarillas a los residentes en centros sociosanitarios donde más del 80% hayan recibido la pauta completa de la vacuna, lo que a efectos prácticos incluye la totalidad de las residencias de España. Dado que prácticamente la totalidad de las personas que viven en estos centros está inmunizada, en la práctica la norma afectará a todas las residencias. La excepción no aplicará a las visitas ni a los trabajadores de esos centros. Tampoco deberán llevarla en dependencias de servicios esenciales que hayan superado el mismo porcentaje de inmunización, como puede ser un parque de bomberos.

Estos criterios no se han sometido a votación del CISNS. “Un real decreto ley forma parte de las competencias del Gobierno de España. Se trata de un criterio homogéneo en todo el país. Esto es importante: mensajes claros, sencillos, comprensibles por la ciudadanía”, ha señalado Darias al finalizar la reunión con las comunidades autónomas.

La ministra ha justificado la flexibilización en la mejora de los datos epidemiológicos y el avance de la vacunación. “Si miramos atrás, uno de los elementos que más hemos asociado a la pandemia es el uso obligatorio de la mascarilla, que es una prenda más con la que salimos de casa. Es una medida no farmacológica que ha sido tremendamente útil en el control de transmisión. Pero la evolución de pandemia, con cifras positivas, nos llevan por el camino hacia la nueva normalidad, no solo en incidencia acumulada, sino especialmente en los datos de ocupación hospitalaria, un indicador muy sensible. Todos ellos nos dicen que estamos en camino adecuado”, ha dicho, defendiendo la flexibilización de las mascarillas como una medida “progresiva, gradual y prudente”.

La incidencia se estanca y la vacunación bate récords

La incidencia acumulada ha subido unas décimas este miércoles con respecto al martes y se sitúa en 92,57 casos por 100.000 habitantes en los últimos 14 días. Aunque no se puede hablar de un cambio de tendencia, sí es la primera vez este indicador deja de caer desde el 26 de abril, cuando se alcanzó el pico de la cuarta ola (235). La inmunización, por su parte, ha alcanzado varios hitos este miércoles: se ha batido el récord de inyecciones en 24 horas (680.540); más de un 50% de los españoles han recibido al menos una dosis, más de 15 millones tienen la pauta completa.

Este último es un hito que llega con dos días de retraso: el Gobierno lo preveía para la semana pasada, pero la demora en la llegada de dosis de Janssen y un stock de casi tres millones de vacunas que las comunidades tienen sin administrar no permitió llegar a tiempo. La ministra, en cualquier caso, se ha mostrado convencida de que los siguientes sí se cumplirán y se llegará al 19 de julio con la mitad de la población inmunizada y al 18 de agosto con el 70%.

Los técnicos de Sanidad y las comunidades autónomas piden que la norma de las mascarillas se revise periódicamente y se propongan modificaciones de acuerdo a la evolución de la epidemia, considerando las coberturas de vacunación de cada grupo de población, el nivel de alerta de los territorios de acuerdo al documento Actuaciones de respuesta coordinada para el control de la transmisión de covid-19 (el semáforo de Sanidad), y los indicadores de incidencia y de ocupación de camas de Unidades de Cuidados Intensivos.

La ministra no ha revelado cuál será en adelante el procedimiento de revisión de esta norma, si tendrá que volver a pasar por el Consejo de Ministros cada vez que los datos aconsejen un cambio, sea a mejor o a peor, o si se establecerá un sistema más ágil en el Consejo Interterritorial. En cualquier caso, el documento en el que se basará la nueva normativa se guarda siempre la posibilidad de que la flexibilización se pueda anular en circunstancias concretas por “criterios epidemiológicos” siempre que así lo determinen las autoridades sanitarias.


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