La ley de eutanasia que el Congreso de los Diputados aprobó el 18 de marzo debe entrar en vigor en tres meses desde que se publique en el Boletín Oficial del Estado (BOE). La nueva norma, que ha tardado años en conseguirse, convierte a España en el quinto país del mundo en regularla tras Holanda, Bélgica, Luxemburgo y Canadá. Pero, una vez votada, queda lo más difícil: ponerla en marcha con garantías. Y tanto partidarios como detractores coinciden en que la redacción de la norma deja muchos aspectos en el aire. El presidente federal de la asociación Derecho a Morir Dignamente (DMD), Javier Velasco, partidario de la ley, lo admite abiertamente: “Es un plazo muy exigente, pero es mejor eso que dejarlo para dentro de dos años”. Manuel Martínez-Sellés, presidente del Colegio de Médicos de Madrid y contrario a la iniciativa, coincide: “Tres meses es muy poco tiempo para hacer y aclarar un montón de cosas. Todo el trámite legal ha sido acelerado y también son escasos los tiempos que se especifican”.
Juan José Rodríguez Sendín, presidente de la Comisión de Deontología de la Organización Médica Colegial (OMC), cree que, precisamente, el primero de los desajustes está en los plazos: aunque la ley entre en vigor en tres meses, da otros tres para que se constituyan las comisiones de evaluación autonómicas, que van a controlar el proceso. “¿Qué pasa si alguien pide la eutanasia en medio?”, se pregunta. Por eso él cree que sería mejor que ese trabajo se empezara en paralelo para que las comisiones, los protocolos y todos los procedimientos estén ya listos cuando la ley sea efectiva.
Una inquietud compartida es precisamente la creación de estas comisiones de evaluación autonómicas, más allá del plazo en que se constituyan. La norma solo especifica que “serán creadas por los respectivos gobiernos autonómicos, quienes determinarán su régimen jurídico”, y que constarán de un mínimo de siete miembros, ente los que debe haber médicos, enfermeros y juristas. Curiosamente, tanto los partidarios como los opuestos a la ley cuestionan esta manera de establecerlo, que la ponente socialista, María Luisa Carcedo, defiende como necesaria dado el reparto de competencias de sanidad con las comunidades. “Las comisiones pueden facilitar u obstaculizar las eutanasias”, advierte el presidente de DMD, quien adelanta que están preparando propuestas sobre su composición para presentar a las comunidades, así como planes de asesoría para aquellos que no estén de acuerdo con sus decisiones. También Martínez-Sellés critica que “esto dará un enorme poder a las comunidades autónomas a la hora de decidir cómo aplicarla”.
El único mecanismo homogeneizador que prevé la ley es una reunión anual entre los presidentes de las comisiones y representantes del Ministerio de Sanidad (a su vez responsable de la gestión en Ceuta y Melilla). Javier Velasco opina que “estaría bien que el Consejo Interterritorial diera directrices comunes”.
Para DMD será fundamental contar con informes anuales de la labor de esas comisiones y las decisiones que tome en cada comunidad. Velasco cree indispensable que haya formularios digitalizados para las peticiones, de manera que al médico responsable le sea más fácil tramitarlo, y también para que se pueda comparar lo que pasa en cada lugar, qué se ha permitido y qué se ha rechazado. Y esto supone un desarrollo conjunto de las 17 comunidades autónomas y el Ingesa (el organismo del que depende la atención en las comunidades autónomas), que la experiencia dice que no es fácil (conseguir la interoperabilidad de las tarjetas sanitarias ha llevado más de 15 años).
Quién es el médico responsable
Otro aspecto que la ley no aclara es quién es el médico responsable del paciente. Velasco afirma que “en un enfermo oncológico parece claro, pero la eutanasia no tiene necesariamente que pedirla un paciente ingresado”. “En ese caso nosotros abogamos por que sea el médico de cabecera”, agrega. Martínez-Sellés coincide, y llega hasta otro de los puntos controvertidos, el de la objeción de los sanitarios. “Efectivamente la ley habla de equipo responsable y médico responsable, pero no dice qué pasa si el médico hace objeción. Creo que es oportuno recordar que el Código de Deontología Médica que tenemos en España y que es reciente [tiene menos de 10 años] dice: ‘El médico nunca provocará intencionadamente la muerte de ningún paciente, ni siquiera en caso de petición expresa por parte de este’. Por ello creo que es acertado aventurar que la objeción va a ser frecuente”.
Sin embargo, esta última afirmación es puesta en duda por Velasco, quien cree que hay mucho ruido por parte de la dirección de los colegios médicos, pero que luego los profesionales no van a estar tan dispuestos a negarse. De hecho, las únicas encuestas que se han hecho en colegios de médicos recientemente (Bizkaia, Madrid, Tarragona y Las Palmas) dan apoyos por encima del 67% a ayudar a acabar de esta manera con el sufrimiento de un paciente. Además, el presidente de DMD calcula que, por lo que ha pasado en Holanda y Bélgica, las peticiones de eutanasia serán relativamente pocas, alrededor del 1% de los fallecimientos, que son unos 400.000 al año en España. Aun así admite que en Bélgica “de entrada muy pocos médicos se atrevían”.
Sean muchos o pocos, la ley establece que se creará un registro de profesionales que objeten a aplicar o participar en la eutanasia. El presidente de los médicos madrileños afirma que le parece “muy controvertido obligar a pronunciarse sobre convicciones y figurar en registros que pueden tener carácter intimidatorio y repercusiones a nivel laboral”. “Creo que dicho registro puede ir incluso contra la ley de protección de datos”, añade. Coincide en esto con el portavoz de Sanidad del PP en el Congreso, José Ignacio Echániz, quien afirmó en la tribuna que figurar en ese registro puede tener como consecuencia que no se contrate o se deniegue un ascenso a ese profesional. Velasco apunta a otro matiz: “Puede no estar bien objetar a todo; hay médicos que pueden negarse a la eutanasia pero no al suicidio asistido”.
Rodríguez Sendín está en contra de un registro de objetores. “Puede pasar que alguien cambie de opinión, o que ante un caso en concreto la modifique”, dice. La comisión de deontología, por eso, defiende que los objetores lo comuniquen por escrito a sus jefes inmediatos para que lo sepan a la hora de organizar el servicio. Además, apunta a un riesgo que él cree que hay que evitar, y es que suceda como con la regulación del aborto: hubo tantos objetores que la prestación se derivó a centros privados. “Hay que evitar instalaciones específicas para eutanasia”, afirma.
El texto no nombra el suicidio asistido
En realidad, la ley no hace esa diferencia formalmente. La palabra suicidio no aparece, como critica Martínez-Sellés, pero se explica que se puede facilitar al paciente un medicamento para que él se lo autoadministre y se cause la muerte. Eso sí, durante el proceso, se pide que haya un sanitario con él. “¿Qué pasa si, al final, el paciente decide no tomárselo? En Oregón, donde está despenalizado el suicidio asistido, pero no la eutanasia, un 35% de los pacientes finalmente no se lo toma. Mantener estrecha vigilancia presencial puede interpretarse como una coacción”, critica el presidente de los médicos de Madrid, ya que la ley no fija un plazo desde que se recibe la autorización para recibir la ayuda para morir hasta que el proceso se completa, ya sea mediante la eutanasia propiamente dicha (alguien del equipo sanitario, no especificado tampoco, le inyecta el medicamento correspondiente) o como un suicidio (se lo facilita para que el interesado lo ingiera).
Martínez-Selles apunta a otros aspectos de difícil cumplimiento. La ley da dos días al médico desde que el paciente le dice que quiere la eutanasia para que le informe de sus alternativas tanto con respecto a su enfermedad como a las ayudas que puede recibir por cuidados paliativos o ley de dependencia. “Es un tiempo muy escaso para ofrecer un plan. En tan poco tiempo es casi imposible consultar a cuidados paliativos, trabajo social, y otros servicios implicados”, afirma.
Aunque no afecta tanto al procedimiento como al fondo del asunto, al presidente de los médicos de Madrid le parece lo más grave que la ley da la posibilidad de saltarse los controles previos en casos de muerte o pérdida de capacidad inminentes. “Puede ser un atajo peligroso que dé un poder ilimitado a un solo médico sin control. Parece particularmente absurdo que se plantee esto en casos de muerte inminente. ¿Por qué no se hace sedación paliativa?”, se pregunta. La diferencia entre esta —administrar los fármacos necesarios para el control de los síntomas como dolor o angustia, aun sabiendo que ello va a causar la muerte del paciente— y la eutanasia es que la primera busca “acabar con el sufrimiento”, y la segunda, “acabar con el sufriente”, dice.
La diferencia, explica DMD, es que con la ley de eutanasia el paciente puede decidir cuándo solicitar esos medicamentos y hay todo un procedimiento establecido para asegurarse de que va a atenderse su voluntad sin tener que esperar a que un equipo de paliativos decida si sufre lo suficiente como para sedarle. Fue lo que pasó hace cuatro años con Luis de Marcos, afectado por una esclerosis múltiple avanzada, a quien se negaron a sedar en un centro especializado de paliativos concertado de Madrid pese a que él lo pidió por los dolores que sufría, lo que le obligó a cambiar de hospital para ser tratado. De hecho, en su dictamen sobre la eutanasia, una de las ideas que apunta el Comité de Biología de España es que una mayor flexibilidad y facilidad de acceso a la sedación evitaría peticiones de eutanasia.
Rodríguez Sendín lo explica así: “Todos los médicos defendemos la vida. Otra cosa es qué consideremos que es vida. Este es un debate de subjetividades, de valorar si el paciente tiene un sufrimiento intolerable o no. Por eso hay que ser cuidadosos y flexibles”.
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