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Los ‘riders’ de la abogacía: 60 horas por 500 euros


La semana pasada el Tribunal Supremo hizo pública la primera sentencia que respalda la relación laboral de los repartidores o riders con Glovo. El fallo ha supuesto una gran victoria para un colectivo ligado a la aparición de las plataformas digitales y que lleva años batallando por unas condiciones de trabajo dignas. Sin embargo, la contratación fraudulenta es un problema antiguo que afecta a muchos más sectores y profesiones.

Como se suele decir “en casa del herrero, cuchillo de palo”. La abogacía es una de aquellas carreras en las que existen multitud de casos de falsos autónomos que no denuncian su situación. Una práctica que, aunque conocida en el sector (y, en cierto modo tolerada), no deja de ser un importante problema, agravado por la compleja situación económica actual.

La precarización de la profesión, que afecta especialmente a los jóvenes, es una lacra que lastra la carrera de muchos abogados que, en ocasiones, llegan a abandonar su vocación. Los últimos datos, extraídos de una encuesta realizada en 2017 por la Confederación Española de Abogados Jóvenes (CEAJ) entre letrados con menos de cinco años de ejercicio, reflejan que la mitad de los que trabajan para despachos manifiestan hacerlo como falsos autónomos. Y, de entre ellos, el 10 % ni siquiera factura. Según narran los jóvenes, en ocasiones llegan a realizar jornadas superiores a sesenta horas semanales, y el sueldo del 40 % apenas alcanza los 500 euros mensuales.

Abrirse paso

La pasantía, como se conoce en el sector a las prácticas en los despachos, puede ser el inicio de una situación fraudulenta que puede alargarse durante años. Las ganas de aprender y abrirse paso en una profesión tan competitiva pesan más que la evidencia de que se está abusando de su trabajo. Como afirma Alberto Cabello, presidente de la Agrupación de Jóvenes Abogados (AJA) de Madrid, “el modelo de negocio de los despachos de abogados se aprovecha de los contratos en prácticas y de la situación de los falsos autónomos, obstáculos que impiden la progresión de los abogados más jóvenes, infravalorándolos y afectando en muchas ocasiones a su dignidad personal”.

Ese es el caso de Alicia, nombre ficticio de una joven abogada que se muestra dispuesta a exponer su situación, pero pide mantener el anonimato para evitar represalias o quedar marcada en el futuro. Según relata, se quedó en el despacho en el que entró para hacer las prácticas del máster porque veían “mucho potencial” en ella. Sin embargo, la cantidad de trabajo y los horarios interminables no se reflejaron en una mejora de sus condiciones. Después de dos años y medio, lo máximo que llegó a cobrar fueron 900 euros brutos mensuales. “Pedí en muchas ocasiones firmar un acuerdo de colaboración, pero nunca lo vi”. Sin embargo, no denunció la situación.

Rosa, otra letrada, cuenta que sabe “muy bien lo que es trabajar muchísimas horas por muy poco dinero y todo en b”. Por desgracia, afirma, “esta es una realidad desconocida fuera del sector, pero que desde dentro se obvia y normaliza”.

Una visión que suscribe por Maia Román, presidenta de la CEAJ. “En la abogacía joven hay más falsos autónomos que en Glovo”. Por eso, desde la agrupación reclama más ayudas a la contratación y un convenio laboral, entre otras medidas.

‘Low cost’

Solo estuvo dos meses trabajando para una conocida plataforma online, pero fueron suficientes para que Ricard saliera huyendo de su primera incursión en el mundo laboral. Cuatrocientos euros al mes, sin IVA, por una jornada completa que casi nunca se respetaba. Por supuesto, el alta de autónomo, la mutualidad y la colegiación corrían de su parte. “En dos semanas me di cuenta de que utilizaban a los jóvenes abogados como administrativos sobrecualificados”, recuerda.

La precariedad del primer trabajo puede arrastrarse, no obstante, mucho tiempo. “Ahora ejerzo por mi cuenta, pero durante cuatro años estuve en un despacho como falso autónomo”, reconoce José Luis. El abogado cuenta que no tenía contrato, por lo que le podían echar sin explicaciones, pero tenía que justificar cada retraso o ausencia, cumplir un horario y trabajar a las órdenes del director y subdirector. “Mi error fue aguantar tanto; en mi defensa diré que no era fácil encontrar algo mejor”.

Crisis y oportunidades

Salvador, un letrado aquejado por una discapacidad, ha vivido en primera persona las duras consecuencias de la crisis provocada por el Covid. Siempre quiso ser abogado, por lo que cuando un despacho le seleccionó por su perfil aceptó fichar como autónomo por una cantidad irrisoria. Después de ocho meses llegó la pandemia y rescindieron su contrato mercantil, “se supone que verbal porque yo nunca firmé nada”. Ahora ha vuelto al bufete, pero con peores condiciones. “En ningún momento he dejado de buscar empleo para salir de esta situación, que me ha provocado problemas de ansiedad”, lamenta.

¿Cómo prevenir estas prácticas abusivas? Cabello explica que desde AJA pretenden instaurar un sello de calidad que acredite y certifique a aquellos despachos que promuevan las buenas prácticas laborales, solicitándoles compromisos y documentos que acrediten que la organización asume los costes laborales del abogado joven que se incorpora como empleado de la empresa.

Un proyecto similar al del Grupo de la Abogacía Joven (GAJ) del Colegio de Barcelona (ICAB), que apuesta por conceder un certificado de calidad a las ofertas de la bolsa de trabajo del colegio que cumplan con cinco requisitos: retribución mínima, jornada laboral no superior a 40 horas semanales, formación a cargo de la empresa, conciliación de la vida laboral y personal y proyección profesional.

Por otro lado, actualmente, desde AJA-Madrid se está trabajando en el Estatuto del Becario, “para garantizar que se respeten los derechos laborales desde el principio de la relación laboral”.

Denuncia

Sin embargo, los filtros no siempre son suficientes. Para Román debería haber una mayor actuación por parte de la Inspección de Trabajo. “Esto es algo que todos sabemos que existe”. Los abogados jóvenes no denuncian para no minar su proyección y para no perjudicar a otros compañeros.

En este sentido, Andrés Becerra, responsable de la Comisión de Relaciones Laborales de la congregación ve necesario que la Agencia Tributaria “colabore con la Inspección de Trabajo para el control e inspección de esas situaciones”. Además, subraya, “es urgente una regulación específica de nuestra profesión, y que se lleve a cabo definitivamente el convenio colectivo para el sector”.

Los inspectores, por su parte, responden que esta es la forma más rápida o directa de actuar. “Los medios son limitados”, reconoce Gerard Luján, inspector de trabajo, por lo que es importante que se denuncien los casos. Por otro lado, asegura Ana Ercoreca, portavoz del Sindicato de Inspectores de Trabajo, estas actuaciones se llevan a cabo de forma totalmente sigilosa y anónima. “El miedo no puede ser una barrera”, reflexiona y recuerda que la victoria de los riders en el Supremo tuvo su origen en una comprobación de la inspección. Y “muchos abogados han ganado sus juicios tanto en los juzgados de lo Social como en otras instancias”.

Diferencias entre autónomo y empleado

  • Marca propia. “Un verdadero abogado autónomo sería aquel que actúa bajo su propia marca, no bajo la del despacho en el que está”, afirma Adrián Todolí, profesor de Derecho del Trabajo en la Universidad de Valencia. Otros puntos relevantes son si el letrado elije a sus clientes y tiene poder para fijar el precio. Esos son los indicios relevantes, explica, porque, como ha señalado el Tribunal Supremo en la sentencia de Glovo, “que tengas tu propio horario no es definitivo para descartar la laboralidad”.
  • Laboralidad. La ocultación de una relación laboral por cuenta ajena (cuyas tres notas definitorias son la ajenidad en los resultados, la dependencia en su realización y la retribución de los servicios) bajo la forma de un contrato de prestación de servicios mercantil es denunciable. La sanción ve desde los 3.126 euros hasta un máximo de 10.000 euros por trabajador. Por otro lado, apunta Todolí, de acuerdo con el Supremo, si lo que realiza el becario se incorpora al producto final, por ejemplo, en una demanda que se presenta a los tribunales, “tendría que estar contratado laboralmente”.
  • Trade. La figura del trabajador autónomo dependiente (trade), se aplica cuando el 75 % de los ingresos provienen de un único cliente o, en este caso, despacho. Según defiende Auxiliadora Borja, decana del Colegio de Abogados de Valencia, es un contrato totalmente legal, pero que se utiliza poco. En la abogacía, además, hay ciertas peculiaridades cuando un abogado o abogada trabaja en un despacho con relación laboral. Según explica, un abogado con contrato laboral en un despacho también puede atender, si quiere, al turno de oficio. Por otro lado, añade, están las sociedades limitadas profesionales, en las que los socios “estamos dados de alta como autónomos o como mutualistas”. Los letrados optan entre ser autónomos o mutualistas como régimen alternativo a la seguridad social al darse de alta en el ejercicio profesional.

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