Notimex cierra

México, 8 Jun (La Neta Neta).-La Agencia de Noticias del
Estado Mexicano cerrará operaciones luego de que la Junta de Gobierno el máximo
órgano de este instituto tomará dicho acuerdo.

El director jurídico de Notimex, Víctor Fernández
Peña, señaló que Notimex es respetuoso de los acuerdos que toma la Junta de
Gobierno y por lo tanto suspenderá actividades desde el primer minuto del 9 de
junio de los presentes.

“Por tal motivo la Agencia de Noticias tomara las
medidas necesarias para dar cumplimiento a las medidas de la Junta de
Conciliación y Arbitraje para dar cumplimiento al estallamiento de la huelga y
sobre todo para respetar el acuerdo tomado esta tarde.”, señaló Víctor
Fernández Garza.

El litigante mencionó que a partir de este momento
se tomaran todas las medidas pertinentes para el paro de labores, ya que
Notimex siempre ha sido respetuoso de la ley y acatará la establecido en dicho
acuerdo. A continuación se publica integro el acuerdo emitido este lunes 8 de
Junio:

ACUERDO JG-NTMX02 E/02/08-06-20 ACUERDO de la Junta
de Gobierno de Notimex, Agencia de Noticias del Estado Mexicano, Mediante el
cual se atiende el oficio SAH:113/2020 emitido por el Secretario General de
Acuerdos, Conciliación y Asuntos Colectivos de la Junta Federal de Conciliación
y Arbitraje.

La Junta de Gobierno de Notimex, Agencia de
Noticias del Estado Mexicano, con fundamento en los artículos 10, 12 y 13
fracción I y VIII y 20 fracción XVII de la Ley que crea la Agencia de Noticias
del Estado Mexicano, y 8 del Estatuto Orgánico de Notimex, Agencia de Noticias
del Estado Mexicano, 13 del Reglamento de Sesiones de la Junta de Gobierno de
Notimex, Agencia de Noticias del Estado Mexicano, y CONSIDERANDO

Primero.- Que el 14 de mayo de 2020, se recibió el
oficio SAH:113/2020, suscrito por el Lic. Raúl Falcón Arce, Secretario General
de Acuerdos, Conciliación y Asuntos Colectivos de la Junta Federal de
Conciliación y Arbitraje, mediante el cual se comunica y adjunta el acuerdo de
fecha 12 de mayo de 2020 emitido por el pleno de la Junta Especial número 5 de
la Federal de Conciliación y Arbitraje, dentro de los expedientes laborales
III-6276/2019 y III-698/2020, mismo que se notificó en la oficina del
Secretario de Hacienda y Crédito Público, Mtro. Arturo Herrera Gutiérrez,
dirigido a la Junta de Gobierno de Notimex, Agencia de Noticias del Estado
Mexicano, cuyo contenido dice en lo conducente:

“Por lo anterior, con fundamento en el artículo 449
de la Ley Federal del Trabajo, se apercibe a Notimex Agencia de Noticias del
Estado Mexicano que de no suspender los trabajo y respetar el derecho de
huelga, atendiendo a las consecuencias legales y afectación a los derechos de
la sociedad que implicaría incumplir con dicha suspensión, se hará acreedora a
una multa de hasta por el importe de 500 veces la Unidad de Medida y
Actualización, en términos de lo dispuesto por los artículos 731 fracción I,
732, 992 fracción II y 1002 de la Ley Federal del Trabajo. Así mismo,
considerando la gravedad que implica el incumplimiento al derecho de huelga,
con base en los preceptos legales inmediatamente antes invocados, requiérase a
la Junta de Gobierno de Notimex Agencia de Noticias del Estado Mexicano, a través
de la o el Presidente de dicha instancia, para que conforme al artículo 12 de
la ley que la rige, en su carácter de autoridad suprema y órgano máximo de
dirección de la empresa estallada, tome las medidas pertinentes para que ésta
cumpla con la suspensión de los trabajos derivada de la huelga, declarada
legalmente existente con fecha 4 de marzo del año en curso, verifique el
acatamiento de lo ordenado en el presente acuerdo e informe a este órgano
jurisdiccional sobre su cumplimiento a la brevedad posible.”

Segundo.- Que la Junta Federal de Conciliación y
Arbitraje es la máxima autoridad para conocer y dirimir las diferencias o
conflictos que se presenten entre los trabajadores y los patrones, sobre el
registro de los contratos colectivos de trabajo y todo lo relacionado con las
organizaciones sindicales. Tercero.- Que en resumen, la Junta Federal de
Conciliación y Arbitraje determinó que no se ha respetado el estado de huelga
que se declaró legalmente existente, toda vez que no se han suspendido las labores
en Notimex, por lo que en términos del artículo 4 fracción II, inciso a y b de
la Ley Federal del Trabajo, se ofenden los derechos de la sociedad.

Cuarto.- Que lo ordenado por la Junta Federal de
Conciliación y Arbitraje reviste especial importancia, por lo cual se convocó a
esta sesión extraordinaria, solicitándose en el acto al área jurídica el
informe correspondiente, misma que comunicó que se han promovido diversos
amparos; sin embargo, no se ha decretado la suspensión de la huelga, ni tampoco
han cesado sus efectos jurídicos. Quinto.- Por tal motivo y dado que la propia
Ley Federal del Trabajo señala expresamente en su artículo 4° fracción II, que
el no respetar el estado de huelga se ofenden los derechos de la sociedad, debe
procederse a cumplir con lo requerido por la Junta Federal de Conciliación y
Arbitraje, considerando que hasta esta fecha no existe alguna causa fáctica o
jurídica que justifique desacatar dicho requerimiento, consistente en hacer que
se respete el estado de huelga a qué está sujeta Notimex, independientemente de
que ante un posible incumplimiento se llegue a imponer una multa en perjuicio
del patrimonio de la Agencia, lo cual además afectaría negativamente su imagen
y prestigio social.

En razón de lo anterior, analizado y discutido que
fue el requerimiento formulado por la Junta Federal de Conciliación y
Arbitraje, así como la información y argumentos formulados por los integrantes
de esta Junta de Gobierno, se emite el siguiente: Acuerdo Con fundamento en los
artículos 12 fracción VI, 13 fracción I y VIII y 20 fracción XVII de la Ley que
crea la Agencia de Noticias del Estado Mexicano, 6, 8 y 10 fracción I del
Estatuto Orgánico de Notimex, Agencia de Noticias del Estado Mexicano, 13 del
Reglamento de Sesiones de la Junta de Gobierno de Notimex, Agencia de Noticias
del Estado Mexicano esta Junta de Gobierno acuerda:

I. Se instruye a la Dirección General a dar pleno
cumplimiento de forma inmediata al acuerdo de fecha 12 de mayo de 2020, emitido
dentro de los expedientes número III-6276/2019 y III-698/2020 de la Junta
Especial N° 5 de la Federal de Conciliación y Arbitraje. Para tal efecto,
deberá proveer lo necesario y proceder a suspender las labores de la Agencia,
salvo aquellas cuya suspensión afecten gravemente la seguridad, conservación de
los locales, equipos, o la reanudación de los trabajos, a fin de respetar el
estado de huelga declarada legalmente existente el 4 de marzo de 2020.

II. Asimismo, se designa a un comité técnico de
apoyo estará integrada por los representantes de las Secretarías de Educación
Pública, Gobernación, Hacienda y Crédito Público, así como de Relaciones
Exteriores, cuyo encargo será establecer una mesa de diálogo con la
representación del sindicato huelguista, a fin de esclarecer los puntos en
conflicto y buscar una vía de solución que posibilite el levantamiento de la
huelga a la brevedad posible, dada la urgencia de que un medio público de
información como lo es Notimex reanude sus labores con normalidad, sobre todo
en el actual contexto de emergencia sanitaria. III. Se instruye a la Dirección
General de Notimex, Agencia de Noticias del Estado Mexicano, a la Dirección de
Asuntos Jurídicos y a la Dirección de Administración y Finanzas del propio
Organismo para que, conforme a lo dispuesto en el artículo 20, fracción I, de
la Ley que crea la Agencia de Noticias del Estado Mexicano, o bien a través de
la representación legal que corresponda a dicho Órgano en materia laboral,
informe a esta Junta de Gobierno, así como a la Junta Especial N° 5 de la Federal
de Conciliación y Arbitraje requirente, sobre dicho cumplimiento.

Así, por mayoría de siete votos a favor, cero votos
en contra y una abstención, lo acordó la Junta de Gobierno de Notimex, Agencia
de Noticias del Estado Mexicano en su sesión extraordinaria N° 2 celebrada
mediante videoconferencia el día ocho de junio de dos mil veinte.- Cúmplase.