Nubarrones sobre la Suprema Corte | Artículo

Rogelio Muñiz Toledo

“Juárez no proscribió ni esterilizó las libertades, ni destruyó las garantías del individuo, ni dividió a México en escuelas políticas; tampoco sedujo o mecanizó la justicia”: José C. Valadés*

En las últimas semanas, la Suprema Corte ha estado en el centro de la discusión sobre la necesidad de que existan contrapesos constitucionales en el proceso de cambio político que vive el país. Un conjunto de sucesos, algunos de ellos aparentemente inconexos, han generado un amplio debate sobre el riesgo de que la independencia e imparcialidad del poder judicial pudieran estar en entredicho debido a presiones o injerencias provenientes del poder ejecutivo federal. Resoluciones judiciales controvertidas, discusiones en las redes sociales y en los medios de comunicación, decisiones políticas y personales que afectan la integración y los equilibrios al interior de la Corte, han nutrido este debate.

Resoluciones judiciales sobre temas relacionados directa o indirectamente con la Cuarta Transformación: de la Suprema Corte y del Tribunal Electoral sobre la llamada “Ley Bonilla”, en virtud de las cuales, a partir de interpretaciones constitucionales y de criterios sostenidos reiteradamente por ambos tribunales constitucionales, no se entró al fondo de impugnaciones, con lo que el caso ha quedado en ruta para que la inconstitucional trama urdida para ampliar el periodo del gobernador electo de Baja California, de 2 a 5 años, se consume -esperemos que no de manera irreparable- el próximo 1 de noviembre; de un juez federal, con la que se revocó una suspensión definitiva que impedía la construcción del aeropuerto de Santa Lucía, con base en una discutible argumentación jurídica del gobierno en torno a la definición de “instalaciones estratégicas” y al concepto de “interés nacional”; de la Primera Sala de la Corte, con la que se sobreseyó la controversia constitucional del municipio de Hidalgo del Parral, del estado de Chihuahua, en contra de la disminución del presupuesto asignado por el gobierno federal al programa de estancias infantiles para apoyo a madres trabajadoras; y, como postrera resolución del ministro Medina Mora, la suspensión otorgada al gobernador de Nuevo León que impide al Congreso del estado sancionarlo en cumplimiento de una sentencia firme del Tribunal Electoral, en tanto se resuelve la controversia planteada por el poder ejecutivo local.

Casi simultáneamente a estas resoluciones se abrió un debate en las redes sociales sobre el papel del Poder Judicial en la democracia constitucional; la discusión inició con dos tuits del constitucionalista Diego Valadés en los que afirma que “carecen de fundamento las insinuaciones de que está en riesgo la independencia de la Suprema Corte”, que esta “no es ni debe ser un contrapeso del gobierno” y que “los contrapesos deben estar en el Congreso”. El debate en las redes sociales y en los medios de comunicación se volvió más intenso por un tuit del ministro Arturo Zaldívar, en respuesta al del doctor Valadés, en el que la que le da la razón y agrega que la Corte “no es, ni puede ser, un partido de oposición”. Discrepo de las afirmaciones del doctor Valadés y coincido con el ministro Zaldívar en que la Corte no puede ser un partido de oposición, pero agregaría que tampoco debe ser partidaria del gobierno, porque en ambos casos abdicaría de su función de garante de la Constitución y de contrapeso a los otros poderes.

Este debate sobre la independencia del poder judicial se dio en medio de la hasta ahora inexplicada renuncia del ministro Eduardo Medina Mora que fue procesada en el Senado con una injustificada urgencia, lo que impidió transparentar las “causas graves” de la renuncia y las razones en las que el presidente de la República habría sustentado su aceptación así como las que sirvieron de base para su aprobación en la Cámara de Senadores.

En perjuicio de la transparencia y la rendición de cuentas, el Senado aprobó la renuncia del ministro Medina Mora al margen de lo que dispone su reglamento. Conforme a este, la renuncia debió ser turnada a comisiones para que se analizara y dictaminara, previa comparecencia del exministro, y posteriormente se discutiera y votara en el pleno. Así lo reconoció expresamente el senador Ricardo Monreal en la sesión en la Cámara de Senadores en la que se aceptó de la renuncia.

Sin embargo, el grupo parlamentario de Morena en el Senado decidió seguir una “vía corta” para concluir lo antes posible el proceso formal de la renuncia porque, a decir del senador Monreal, querían “evitar el debate”, “obviando el trámite de la renuncia”, para no prolongar el proceso; por lo que, a pesar de que no hay disposición alguna que establezca que para que la aceptación de la renuncia se requiere mayoría calificada, Monreal dijo que se requería el voto de las dos terceras partes de las y los senadores, porque de lo contrario no sería posible que se votara directamente en el pleno y sería necesario enviarla a comisiones. Es decir, se apostó a que la mayoría calificada en el pleno subsanaría la violación al procedimiento parlamentario.

La premura de Morena por aprobar la renuncia -que podría explicarse por la urgencia de contar cuanto antes con una silla disponible en la Suprema Corte para modificar la correlación de fuerzas en el pleno del Tribunal Constitucional- cerró la puerta a la posibilidad de que oficialmente se transparentaran las causas de la dimisión y la abrió aún más a la especulación. Sobre todo después de las versiones del periodista Mario Maldonado, publicadas en El Universal antier y ayer, de que las cuentas del ministro Medina Mora y algunos de sus familiares fueron congeladas poco antes de su renuncia y descongeladas después de su aceptación por parte del presidente de la República. Las versiones periodísticas de Mario Maldonado fueron parcialmente refutadas por el titular de la Unidad de Inteligencia Financiera, vía Twitter, solo en cuanto al momento en el que se solicitó el congelamiento, pero tácitamente confirmadas por él mismo, con el contenido de sus tuits, por lo que hace a la intervención de las cuentas y a su liberación en los días en los que se procesó la renuncia de Medina Mora ante el ejecutivo federal.

Para que las y los senadores contaran con elementos de juicio y pudieran comprobar o descartar las hipótesis que se han planteado sobre la posibilidad de que las medidas tomadas por la Unidad de Inteligencia Financiera hubieran podido ser utilizadas como un instrumento de presión política o que aquellas y la renuncia se hubieran usado como monedas de cambio en un pacto de impunidad, Medina Mora debió comparecer ante comisiones del Senado y la información sobre la investigaciones de la Unidad de Inteligencia Financiera al exministro y sobre el congelamiento y descongelamiento de las cuentas bancarias de él y de sus familiares debió ser conocida y analizada en las comisiones del Senado antes de que el pleno decidiera sobre la aprobación de la renuncia.

Como lo señaló el senador Ricardo Monreal en la sesión donde se aprobó la renuncia de Medina Mora, la disposición constitucional que fija las condiciones para que proceda la renuncia de un ministro de la Suprema Corte se estableció como “un mecanismo de protección al Ministro de la Corte para que (no) le pidieran renunciar por causas simples o por motivaciones políticas” o “para que no movieran al Ministro por presiones políticas”.  Para hacer efectiva esta disposición constitucional, para cumplir con el principio de máxima publicidad -respetando, como lo propuso el senador Monreal, la presunción de inocencia de Medina Mora y sin que el Senado se convirtiera “en un órgano de enjuiciamiento (pero) tampoco de defensa” del exministro-, para contribuir al combate a la corrupción y cerrarle el paso a un pacto de impunidad y para evitar una afectación mayor a la imagen de la Suprema Corte, el Senado debió contribuir a transparentar las causas y el entorno político de la renuncia del exministro.

En la batalla permanente por la independencia del poder judicial -crucial en los tiempos de la Cuarta Transformación ante la creciente aprobación de leyes regresivas en materia de derechos humanos por parte de la mayorías parlamentarias de Morena-, es importante que la Suprema Corte se mantenga al margen del debate político y equidistante de la mayoría y de las minorías, sin subordinarse a aquella ni descalificar a estas, y que todos los actores políticos asuman que, como lo ha dicho el ministro presidente Arturo Zaldívar, la función de la Corte no es obstaculizar la actividad del gobierno, pero también que en las democracias constitucionales la defensa de la Constitución por el Tribunal Constitucional pasa por el control jurisdiccional del poder, por la revisión de los actos de autoridad que pudieran vulnerarla o atentar en contra de la promoción, el respeto, la protección y la garantía de los derechos humanos y por la revisión de las decisiones de la mayoría que violen los principios democráticos o los derechos de las minorías parlamentarias.

*Periodista, historiador, diplomático y catedrático mexicano

Rogelio Muñiz Toledo

Licenciado en derecho por la UNAM, donde recibió la Medalla Gabino Barreda al mérito universitario. Abogado y consultor en derecho constitucional y electoral. Socio de la empresa de consultoría Consultores en Gobierno y Asuntos Públicos, S.C. Ha sido asesor en la Asamblea Constituyente de la Ciudad de México; integrante de la comisión ejecutiva y secretario ejecutivo del Grupo redactor del proyecto de Constitución Política de la Ciudad de México; asesor externo ad honorem del Jefe de Gobierno del Distrito Federal en materia de Reforma Política de la Ciudad de México; asesor en el Senado de la República, asesor del presidente de la Comisión de Fiscalización del IEDF e integrante del Servicio Profesional Electoral en el IFE.

*La opinión aquí vertida es responsabilidad de quien firma y no necesariamente representa la postura editorial de Aristegui Noticias.




Source link