Ordena INAI a FGR entregar versión pública de la denuncia de hechos presentada por Emilio Lozoya

El Instituto Nacional de Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) ordenó a la Fiscalía General de la República (FGR) entregar una versión pública de la denuncia de hechos presentada por Emilio Lozoya en agosto de 2020 y el parte médico de su llegada a México tras su extradición desde España.

El Instituto Nacional de Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) ordenó a la Fiscalía General de la República (FGR) entregar una versión pública de la denuncia de hechos presentada por el exdirector de Petróleos Mexicanos (Pemex), Emilio Lozoya Austin, el 11 de agosto de 2020.

En sesión virtual realizada este miércoles, el Instituto instruyó a la Fiscalía a que dicha versión mantenga clasificada información confidencial  “sin que sea posible clasificar el nombre de exservidores públicos a quienes se les atribuyeron los presuntos actos de corrupción”.

También ordenó de nueva cuenta la entrega del parte médico de Lozoya realizado por un perito de la FGR a su llegada a México el pasado 17 de julio, luego de su extradición desde España. Sobre este tema el INAI se había pronunciado en el mismo sentido el pasado 10 de febrero, debido a otra solicitud sobre el particular.

En torno a la denuncia de hechos, la comisionada ponente, Josefina Román Vergara, señaló que la FGR se negó a proporcionar la información, dado que la carpeta de investigación de Lozoya se encontraba clasificada como reservada, en tanto que el Ministerio Público aún realiza la investigación correspondiente.

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Sin embargo, el INAI consideró que no era procedente la reserva, en primer lugar porque ésta versa sobre presuntos actos de corrupción, lo que constituye una excepción legal; en segundo término, porque la Fiscalía incluyó en la reserva informativa los “anexos” de la denuncia, que son inexistentes.

Román Vergara informó que realizó tres requerimientos a la FGR sobre esta cuestión “y en desahogo al último, la fiscalía informó que la denuncia presentada por Emilio Lozoya el 11 de agosto de 2020 no cuenta con anexos”.

Por lo tanto, considera que “se vulneró el derecho de acceso a la información del particular al no informar desde un inicio que la denuncia no cuenta con anexos, situación que era indispensable para poder invocar la causal de reserva, pues los conceptos de clasificación e inexistencia no pueden coexistir, ya que para clasificar la información un requisito previo es justamente que esta información exista”.

En ese sentido, la FGR debe declarar, mediante su Comité de Transparencia, la inexistencia de los anexos a través de una resolución debidamente fundada y motivada.

Por otra parte, si bien se cumple parte de las causas invocadas, al ser la denuncia un documento relacionado con una investigación en curso, no se puede soslayar su contenido sobre presuntos actos de corrupción cometidos por Lozoya, quien se desempeñaba como servidor público. Además de que existe el presunto involucramiento de recursos públicos.

Por lo tanto, aplica la excepción a la reserva establecido en el artículo 112, fracción II de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, el cual dispone que “no puede invocarse el carácter de reservado cuando se trate de información relacionada con actos de corrupción”.

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En torno al parte médico de Emilio Lozoya a su llegada a México el 17 de julio de 2020, la comisionada ponente destacó que tras la revisión de un perito médico de la Fiscalía, se detectó “anemia desarrollada y problemas sensibles en el esófago”, así como una debilidad general en toda su salud, por lo que se propuso su internamiento en un hospital.

El solicitante pidió copia de dicho parte, llamado Dictamen de Integridad Física. La FGR entregó un archivo al que no fue posible acceder, por lo que el INAI realizó dos requerimientos de información a la Fiscalía.

Román Vergara consideró, tras hacer la ponderación del caso, que el interés público de que se difunda el parte médico es mayor a su reserva y confidencialidad, “dado que trasciende a la rendición de cuentas y a la gestión pública más aun considerando que por dichos resultados médicos se determinó su internamiento hospitalario privado y no un internamiento en hospitales públicos o, en su defecto, su inmediata puesta a disposición”.

Por lo tanto, determinó procedente la apertura, tanto de la denuncia presentada por Emilio Lozoya el 11 de agosto del 2020, como el dictamen de integridad física que le fue practicado el 17 de julio de 2020 cuando ingresó al país extraditado de España, “pues la materia de la solicitud es sobre un exservidor público que se vincula a presuntos actos de corrupción relativos a la empresa de construcción Odebrecht”.

En cuanto hace al parte médico, ordenó que se entregue igualmente en versión pública, aunque no se “podrá clasificar lo relativo al nombre, el resultado de la valoración médica y el médico legista que certificó dicho documento”.

Ve el debate sobre el proyecto de resolución:



Emilio Lozoya Austin, quien se acogió a un criterio de oportunidad por parte de la Fiscalía, fue acusado de los delitos de asociación ilícita, cohecho y operaciones con recursos de procedencia ilícita, por supuestamente haber recibido sobornos por más de 10 millones de dólares por parte de la compañía brasileña Odebrecht y 3.5 millones de dólares por parte del empresario Alonso Ancira, quien fuera propietario de Altos Hornos de México (AHMSA), a cambio de contratos y de la compra de la planta Agro Nitrogenados a un sobreprecio injustificado.

En el caso de AHMSA, la FGR sostiene desde el principio que Ancira entregó un soborno de 3,5 millones de dólares a Lozoya en 2012, para que una vez que éste llegara a la dirección de Pemex, le comprara a sobreprecio la planta de Agro Nitrogenados, como ocurrió en 2014. La paraestatal pagó 275 millones de dólares por una planta que valía 58, según los avalúos.

Esta cantidad se entregó a través de la empresa Tochos Holding Limited, constituida en las Islas Vírgenes Británicas, consideradas por varios países como un paraíso fiscal.

Con este dinero, triangulado a través del banco suizo UBS AG, Lozoya compró un inmueble ubicado en el fraccionamiento “Residencial la Retama”, en la Demarcación Territorial Miguel Hidalgo de la Ciudad de México.

Todo ello sin que existiera una relación comercial de por medio entre ambas empresas. Como parte de Tochos apareció Gilda Susana Lozoya Austin, hermana de Emilio Lozoya, de quien las autoridades sospechan que su papel era el de servir de testaferro de su hermano, debido a que su ocupación como estudiante no era consistente con el manejo de recursos de tan elevada cuantía.

El 3 de diciembre de 2020, un juez de control ordenó de nueva cuenta la aprehensión de Gilda Susana Lozoya Austin. Para evitar su captura, su representación legal había promovido un nuevo juicio de amparo contra actos privativos de la libertad, sin embargo, este le fue denegado el 29 de octubre por el Juzgado Octavo de Distrito de Amparo en Materia Penal en Ciudad de México.

Foto: Archivo Cuartoscuro. Tratamiento: AN

El caso de Odebrecht tiene que ver con la relación entre Lozoya y Luis Alberto de Menesses, director superintendente de la constructora. Esto llevó al pago, en marzo de 2012, de 4 millones de dólares a empresas vinculadas con el ex funcionario, supuestamente para apoyar la campaña del PRI en las elecciones en las que fue electo presidente Enrique Peña Nieto.

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No obstante, parte de este dinero fue destinado en agosto de 2013, a la compra de un inmueble en el estado de Guerrero, por un valor de 1 millón 900 mil dólares. En esta operación está involucrada la esposa de Lozoya, Marielle Helen Eckers, según señala la documentación de la extradición.




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