Plan de ayudas tardío pero correcto

La vicepresidenta tercera y ministra de Asuntos Económicos, Nadia Calviño, este viernes en rueda de prensa.
La vicepresidenta tercera y ministra de Asuntos Económicos, Nadia Calviño, este viernes en rueda de prensa.Dani Duch / GTRES

El Consejo de Ministros extraordinario celebrado ayer ha decidido la asignación del paquete de ayudas a empresas más dañadas por la crisis en tres destinos. De los 11.000 millones de euros inicialmente anunciados, la parte más importante —7.000— serán ayudas directas no reembolsables a empresas y autónomos. Otros 3.000 serán gestionados por el ICO para extender los importes y plazos de los avales ya concedidos, que permitirán convertir los créditos en préstamos participativos, así como otorgar transferencias directas a pymes y autónomos para reducir el principal. Con los 1.000 millones de euros restantes se constituirá un fondo de recapitalización, gestionado por la empresa estatal Cofides, para reforzar el balance de las empresas.

Las medidas llegan con retraso con respecto a lo deseable; y es posible que sean insuficientes. Pero aunque tardía, se trata de una asignación correcta en múltiples sentidos, por el mayor acento en las ayudas directas con respecto a las reticencias iniciales y por una considerable batería de herramientas para garantizar que la ayuda no se desperdicie. Las ayudas deberán destinarse al pago de costes fijos y reducción de la deuda con proveedores contraídos desde marzo de 2020. El Gobierno hace bien en condicionar esas ayudas al mantenimiento de la actividad al menos hasta junio de 2022, prohibiendo la distribución de dividendos y el aumento de las retribuciones de los directivos. Será necesario igualmente estar al corriente del pago de las deudas tributarias y no operar en paraísos fiscales. Es positivo además vincular la erogación a lo declarado en 2019 —quien defraudó sufre consecuencias—. Resulta razonable que las ayudas no reembolsables sean distribuidas por las comunidades autónomas, aunque esta decisión no está desprovista de aspectos problemáticos que habrá que vigilar en el desarrollo.

La extensión del importe y plazos de los avales concedidos por el ICO, y la posibilidad de convertir los créditos en préstamos participativos, es una opción válida que podría haberse extendido si fuera mayor el tamaño medio de las empresas. En caso de insolvencia el importe pendiente de esos préstamos se convertiría en capital de titularidad pública.

Es importante que se cumpla con eficacia el plazo de 40 días establecido para que esos recursos lleguen a las empresas. Es también necesaria la aplicación de ese “código de buenas prácticas bancarias” para que los bancos hagan una correcta asignación de los recursos intermediados, ya que buena parte del riesgo es asumido por el sector público a través del ICO. Junto a ello, la homogeneidad de los criterios para aplicar las ayudas por las comunidades es la condición para garantizar no solo la eficiencia en el uso de estos recursos, sino la propia unidad de mercado en el conjunto del territorio nacional.

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