Polonia y Hungría buscan ante la justicia europea evitar que Bruselas controle su Estado de derecho


Las batallas entre la Unión Europea y los díscolos vecinos del Este a cuenta de los valores centrales del bloque comunitario se multiplican en innumerables frentes. Este lunes, en Luxemburgo, le ha tocado a la asamblea plenaria del Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) ser testigo del fuego cruzado entre las instituciones europeas (Comisión, Consejo y Parlamento), por un lado, y Polonia y Hungría, por otro, cuyos Gobiernos, impugnaron en marzo el llamado mecanismo de condicionalidad. Esta herramienta fue aprobada en diciembre de 2020 para asegurarse de que ni un euro de los históricos fondos de recuperación acabe en manos de quienes incumplen el Estado de derecho.

El tribunal europeo, tras escuchar a las partes, deberá decidir si el instrumento, que permitiría cortar el flujo de partidas presupuestarias, es contrario al derecho comunitario, tal y como denuncian Varsovia y Budapest, que ven en ella un dispositivo político teledirigido contra ellos dos. La vista, que ha arrancado este lunes y continuará este martes, se celebra en un contexto volátil, mientras Bruselas trata aún de digerir y dar una respuesta a la decisión de alto voltaje del Tribunal Constitucional polaco, que negó el jueves pasado la primacía del derecho comunitario sobre el nacional, colocándose a un paso de la ruptura legal con la UE.

“El reglamento [del mecanismo de condicionalidad] no sirve para crear una norma presupuestaria, sino que el legislador ha querido regular un procedimiento de contenido y significado político”, ha denunciado el abogado M. Z. Féher, en nombre del Gobierno húngaro. “Introduce un mecanismo de evaluación política”, ha añadido la abogada Sylwia Zyrek, en representación de Polonia, y cuya argumentación ha gravitado en torno a la idea de que la UE pretende, una vez más, inmiscuirse en sus asuntos internos y forzar el cambio, por ejemplo, de su sistema judicial.

La de la independencia de sus jueces es justo una de las grandes batallas abiertas con Bruselas, y el motivo de la controvertida sentencia del máximo intérprete de la constitución polaca de la semana pasada.

En una vista técnica y compleja que sobrevolaba a toda velocidad entre los grandes artículos de los Tratados de la UE y la letra pequeña del reglamento que creó el mecanismo, Polonia y Hungría han criticado las vaguedades en la definición de lo que es o no es la vulneración del Estado de derecho, y la “inseguridad jurídica” que esto supone. También han sostenido que el legislador europeo se extralimitó en sus funciones, creando el mecanismo de condicionalidad como una sanción punitiva con la intención de “soslayar” el artículo 7 del Tratado de la UE, precepto coloquialmente conocido como el botón nuclear de la Unión. Este artículo fue pensado como una especie de arma disuasoria de último recurso frente a los países que incumplen los valores fundamentales del bloque.

Tanto a Polonia como a Hungría se les han abierto expedientes mediante este artículo 7, pero nunca han llegado a cuajar porque requieren mayorías muy elevadas (de 4/5) o incluso, en su vertiente más extrema, la que permite retirar el derecho de voto a un Estado, exige la unanimidad del Consejo. El mecanismo de condicionalidad, en cambio, solo requiere de una mayoría cualificada para cortar o reducir los fondos en caso de que se constate una vulneración de los principios del Estado de derecho.

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La herramienta se negoció junto al paquete histórico de los fondos de recuperación y a punto estuvo de descarrilarlo por la reticencia, precisamente, de Polonia y Hungría. Aunque los dos países, unidos en el giro iliberal, lo acabaron aceptando, recurrieron de inmediato ante la justicia europea y arrancaron el compromiso de que no sería aplicado hasta que el tribunal se pronuncie. El fallo del TJUE podría tardar meses. Desde entonces, se encuentra en una especie de limbo. Pero la Comisión está decidida a plantear los primeros casos antes del final de octubre, presionada por el Parlamento Europeo, que ha amagado con llevar al Ejecutivo comunitario a los tribunales por inacción. Los primeros asuntos, según fuentes comunitarias, tienen la mira puesta en ambos países. Y se da la circunstancia añadida de que tanto Hungría como Polonia son dos de los pocos países cuyo plan de recuperación aún no ha recibido el visto bueno de Bruselas.

En sus alegaciones ante los miembros del Tribunal, el Consejo, la Eurocámara y la Comisión han argumentado la idoneidad de un dispositivo de salvaguarda de los intereses financieros de la Unión. “No se trata de un mecanismo punitivo ni sancionador. Su objetivo es proteger el presupuesto de la UE”, ha defendido la Eurocámara, por medio del Tamas Lukácsi, representante de su servicio jurídico. “El respeto al Estado de derecho es una cuestión fundamental para la buena gestión financiera”. La diferencia con el artículo 7, ha añadido el Consejo a través de Alicja Sikora Kaleda, reside en que “no pretende identificar una infracción de un Estado miembro” y que “una violación del Estado de derecho no es por sí misma suficiente para desencadenar el mecanismo”. Este solo se activa “en la medida en que afecte a la ejecución del presupuesto”.

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