Profeco: o aerolíneas dejan de cobrar equipaje de mano o habrá acciones legales

Profeco: o aerolíneas dejan de cobrar equipaje de mano o habrá acciones legales

La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) lanzó una exhorto a las aerolíneas AeroMéxico, Viva Aerobús y Volaris para que dejen de realizar el cobro indebido en su tarifa por equipaje de mano, o emprenderá acciones legales en su contra.

A través de monitoreos a las páginas de internet de las empresas mencionadas el pasado viernes 5 de noviembre, la Profeco detectó “prácticas abusivas” consistentes en la comercialización de vuelos con tarifas que no incluyen el derecho a transportar equipaje de mano y establecer cargos adicionales por dicho equipaje.

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“Lo anterior, se considera, podría constituir una práctica que lesiona los intereses y derechos de los consumidores”, dice un comunicado de la Procuraduría.

La Profeco subrayó que, bajo el apercibimiento que de no hacerlo, entre otras acciones, “se emitirá una alerta y se iniciarán procedimientos por infracciones a la Ley”.

 El artículo 47 Bis, fracción IX, tercer párrafo de la Ley de Aviación Civil, establece que: “el pasajero podrá llevar en cabina hasta dos piezas de equipaje de mano. Las dimensiones de cada una serán de hasta 55 centímetros de largo por 40 centímetros de ancho por 25 centímetros de alto, y el peso de ambas no deberá exceder los diez kilogramos…”.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación emitió un criterio que determina que el “equipaje de mano”, se constituye como un elemento inherente al servicio de transporte aéreo, pues se parte de la consideración de que el pasajero requiere de ciertas pertenencias mínimas en su lugar de destino.

“Para la Procuraduría, por ello, la decisión de transportar equipaje documentado recae en el pasajero, mientras que el transporte de equipaje de mano es inherente al servicio de transporte aéreo y le da su razón de ser”, sostiene la Procuraduría.

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Por ese motivo la portación de equipaje de mano no se debe considerar como un servicio adicional ni sujetarse a una negociación mercantil. Si una empresa insiste en proceder de dicha manera, se clasificará como una práctica abusiva.

“Se advierte que Aeroméxico, VivaAerobús y Volaris, podrían incurrir en prácticas comerciales abusivas que violan los derechos de los pasajeros reconocidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley Federal de Protección al Consumidor y la Ley de Aviación Civil”, precisa el comunicado.

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