México atraviesa por una crisis forense por las altas tasas de homicidio, cuerpos sin identificar y fosas clandestinas. En los servicios periciales se observa una alta carga de trabajo; los SEMEFOS no han digitalizado sus procedimientos de obtención de huellas dactilares como lo hace el INE; y hace falta desarrollar infraestructura informática para facilitar los cruces de información, expuso el Dr. García Ricci en una videocolumna publicada por la División de Investigación y Posgrado de la Ibero.
“¿Por qué no hay intercambio de información entre autoridades para confrontar huellas dactilares con fines de identificación en México?”, preguntó el doctor Diego García Ricci, coordinador de la Especialidad en Rendición de Cuentas y Combate a la Corrupción de la Ibero.
García Ricci emprendió un análisis con Claudia Cote y Maximiliam Murck, de la Sociedad de Cooperación Alemana para el Desarrollo Sustentable (GIZ).
El padrón de datos personales del INE no fue pensado con perspectiva forense. Sin embargo, podría ser de mucha utilidad para solucionar la crisis forense de dimensiones humanitarias por la que atraviesa México, y para identificar restos humanos de forma masiva, anotó el académico.
En México hay aproximadamente 80 mil personas desaparecidas y aproximadamente 39 mil cuerpos sin identificar.
En el análisis, el grupo de investigación encontró que, hasta agosto de 2020, sólo los Servicios Médicos Forenses (SEMEFOS) de Ciudad de México, Jalisco y Tamaulipas habían utilizado el padrón de huellas dactilares del Instituto Nacional Electoral (INE) en sus procesos de identificación de personas desaparecidas.
Por omisión o por desconocimiento, por indiferencia o por ausencia de voluntad, las otras entidades federativas no cotejan información biométrica con el padrón del INE, aunque desde 2016 existe un convenio marco signado entre el INE, SEMEFOS, la Fiscalía General de la República (antes Procuraduría General de la República), la Comisión Nacional de Tribunales Superiores de Justicia y fiscalías generales de justicia que permite y regula el intercambio de los datos biométricos, de las huellas ad mortem y post mortem, explicó el académico.
La Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición cometida por Particulares y el Sistema Nacional de Búsqueda de Personas es consistente con las leyes de protección de datos personales, la ley tiene amplias facultades para poder cotejar datos entre instituciones públicas y privadas. Entonces, el obstáculo no es legal, concluyó el académico.
Los resultados del estudio se publicarán en el texto Análisis Jurídico en Materia de Intercambio de Datos Personales con Fines de Identificación Humana, elaborado con un financiamiento del Proyecto Fortalecimiento del Estado de Derecho en México de la Cooperación Alemana para el Desarrollo Sustentable (GIZ).
Source link