Publica DOF acuerdo para gestionar preliberación de presos víctimas de tortura

El Diario Oficial de la Federación (DOF) publicó la tarde del miércoles el acuerdo mediante el cual se instruye a la Secretaría de Gobernación y a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana gestionar las solicitudes de preliberación de personas sentenciadas, así como para identificar casos tanto de personas en prisión preventiva, como de aquellas que hayan sido víctimas de tortura.

A finales de junio de este año, el presidente Andrés Manuel López Obrador anunció que, antes del 15 de septiembre, los presos de penales federales que en más de 10 años no han sido sentenciados, quienes tengan más de 75 años de edad, los mayores de 65 años que padezcan alguna enfermedad y quienes han sido torturados serán liberados por decreto presidencial.

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El acuerdo, publicado en la edición vespertina del DOF, contempla la creación de un Comité de carácter permanente y obligatorio, integrado por servidores públicos, a fin de que den seguimiento a la implementación de este instrumento, “cuyos acuerdos serán vinculantes y remitidos a la persona Titular del Ejecutivo Federal”.

También instruye a la Segob y a la SSPPC que se coordinen para analizar las bases de datos de personas privadas de la libertad, a fin de verificar si cumplen con los requisitos previstos en la ley de la materia, para obtener su preliberación.

Asimismo, les ordena identificar casos víctimas de tortura, que se encuentre acreditada con los dictámenes correspondientes al Protocolo de Estambul, de los que se desprenda que con dicha violación se obtuvo la única prueba incriminatoria en su proceso penal y que las partes legitimadas promuevan ante las autoridades judiciales competentes, las medidas pertinentes, respecto de la libertad de las personas.

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Adicionalmente, se les instruye que identifiquen los casos de personas en prisión preventiva, que excedan el plazo previsto en la Constitución, para efectos de solicitar su libertad en lo que se sigue el proceso, así como los casos de personas adultas mayores de setenta años, que se encuentren en prisión preventiva.

“La Secretaría de Gobernación y la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, a través del Órgano Administrativo Desconcentrado Prevención y Readaptación Social, en el ámbito de sus respectivas atribuciones, promoverán ante las autoridades locales competentes que implementen acciones similares a las previstas en el presente Acuerdo”, enuncia el documento.

Durante el anuncio efectuado por el presidente López Obrador en junio, destacó que en penales federales hay 12 mil 358 presos sin haber recibido sentencia, por lo que en el decreto se les incluirá para que puedan solicitar su libertad.

“Es importante que se tome en cuenta que hay muchos detenidos, reclusos, internos que no tienen sentencia y que no sólo es fuero federal, también es fuero común y es la mayoría, ojalá y las autoridades estatales tomen cartas en este asunto”, expresó.

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López Obrador precisó que la excarcelación de adultos mayores de 75 años será en conformidad con lo que establece el Código de Procedimientos Penales, pero que el beneficio será para aquellos que no hayan cometido delitos graves.

“La justicia, como lo establecen los ordenamientos legales, debe ser rápida y expedita. ¿Cómo va a estar una persona detenida por más de 10 años sin sentencia? Esto lo tiene que atender el Poder Judicial, tanto los poderes judiciales en los estados y los tribunales de justicia en los estados”, recalcó el mandatario.

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