Puedes acabar en la cárcel por tirar cosas por la ventanilla según la DGT

Cuando nos ponemos al volante debemos ser muy conscientes de las normas que están en vigor, no sólo en lo que respecta al uso obligatorio del cinturón o al límite máximo de velocidad, por ejemplo. La DGT es muy clara en lo relativo a las sanciones por tirar cosas por la ventanilla. Además de ser un gesto incívico, puede provocar un problema de seguridad vial, e incluso un incendio si lo que tiramos es una colilla.

¿Qué es lo que dice el Reglamento General de Circulación? Está completamente prohibido depositar, arrojar o abandonar sobre la calzada materias u objetos que puedan entorpecer de alguna manera la libre circulación, deteriorar las instalaciones o producir efectos que modifiquen las condiciones idóneas para circular, estacionar o parar.

Las sanciones de la DGT por tirar cosas por la ventanilla

Si lo que tiramos es basura a la carretera y los agentes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado nos pillan cometiendo la infracción, se considera leve y la sanción oscila entre los 198 y los 3.800 euros.

Mientras, si lo que arrojamos a la vía puede afectar a su estado o provocar accidentes, la infracción pasa a ser grave, y la sanción económica es de entre 3.800 y 9.800 euros.

En cuanto a las colillas, la Dirección General de Tráfico se muestra muy clara: tirarla por la ventanilla del coche conlleva una multa de 200 euros, además de la pérdida de cuatro puntos en el carnet de conducir como mínimo. Ahora bien, si la colilla produce un incendio forestal, podría considerarse un delito, y las penas de cárcel van de tres a seis años.

Límite de velocidad en ciudades

Por último, cabe señalar que el 11 de mayo entrará en vigor el cambio en el límite de velocidad en ciudades. Una reforma de la Dirección General de Tráfico para mejorar la seguridad vial y reducir los accidentes de tráfico que se producen en el casco urbano. Los máximos generales serán los siguientes:

  • Límite de 20 kilómetros por hora: calles de un sólo carril.
  • Límite de 30 kilómetros por hora: calles de un sólo carril por sentido.
  • Límite de 50 kilómetros por hora: calles con dos o más carriles por sentido.

Para los conductores que sobrepasen estos límites, la multa será desde 100 euros sin retirada de puntos en el carnet de conducir cuando se exceda entre 20 y 40 kilómetros por hora.




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