A la hora de comprar una vivienda, surgen preguntas como a qué tipo de inmueble se puede acceder con los ahorros acumulados y si necesita contratar una hipoteca, qué requisitos hay que cumplir para que el banco la conceda, qué modalidad de préstamo hipotecario conviene más según las circunstancias personales y qué porcentaje de los ingresos se debe dedicar cada mes para pagar la cuota.
Cuánto debo tener ahorrado antes de comprar una vivienda
La mayoría de las entidades bancarias concede préstamos hipotecarios de, como máximo, hasta el 80% del valor de tasación de la vivienda, por lo que el comprador debe contar con unos ahorros de al menos el 20% restante. Es necesario, además, disponer de entre un 10% y un 15% adicional para hacer frente a los gastos derivados de la compra de una vivienda.
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Existe una manera sencilla de calcular cuál es la cantidad máxima que se debe invertir en una vivienda de acuerdo con la situación económica personal. Como los ahorros del comprador deben representar en torno al 30% del precio, para realizar el cálculo hay que multiplicarlos por 3,3. Si se tienen ahorrados 60.000 euros, se podrá adquirir un inmueble de 198.000 euros.
No obstante, aunque se disponga de un colchón, es importante que los ingresos del futuro propietario sean suficientes para pagar las cuotas mensuales de la hipoteca. Los expertos recomiendan que el coste mensual del préstamo no supere el 30% de los ingresos de los compradores. En un ejemplo práctico, una familia que ingresa dos salarios que suman 3.000 euros al mes podría optar a una hipoteca de hasta 900 euros. Asimismo, Laura Núñez, profesora de Finanzas y directora del Centro de Investigación de Seguros de IE Business School, recomienda contar como mínimo con el equivalente a seis veces los gastos mensuales habituales para poder hacer frente a cualquier imprevisto.
¿Qué criterios hay que cumplir para contratar una hipoteca?
A la hora de contratar una hipoteca las entidades bancarias analizan la situación económica del comprador. Además de contar con el 30% del valor del inmueble en ahorros, el banco tendrá en cuenta varios requisitos antes de conceder la hipoteca:
- Historial laboral: contar con estabilidad en el ámbito profesional demuestra si el comprador es y será solvente económicamente.
- Patrimonio: la entidad también valora la posesión de otros activos, como una vivienda o inversiones financieras.
- Historial crediticio: el banco comprobará si el solicitante tiene otros préstamos vigentes, así como si ha amortizado los anteriores según los plazos acordados.
- Situación personal: el banco también tendrá en cuenta si la vivienda va a ser adquirida por una pareja y si los titulares tienen a otras personas a su cargo, entre otros aspectos.
¿Qué tipo de hipoteca me conviene más?
Otra de las preguntas que más se hacen los futuros propietarios es qué modalidad de hipoteca escoger. Por ello, es importante conocer en qué se diferencian y cuál es la que más se ajusta a sus necesidades y su situación financiera. Estos son los tipos de hipotecas más habituales:
Hipotecas a tipo fijo. El tipo de interés que se aplica se mantiene constante durante todo el contrato, con lo cual, la cuota es siempre la misma.
Esta modalidad es recomendable para los compradores que buscan la tranquilidad y la seguridad de pagar siempre lo mismo por su préstamo. Si bien, en este caso se asume un interés mayor que en las hipotecas a tipo variable, así como una comisión por amortización anticipada más elevada.
Hipotecas a tipo variable. El tipo de interés varía en función de la evolución de un índice de referencia, que en España suele ser el euríbor, al que se le suma un porcentaje acordado con la entidad, que se denomina diferencial. El euríbor se revisa cada seis o 12 meses y, dependiendo de si sube o baja, la cuota mensual de la hipoteca también lo hará.
En cualquier caso y, al tratarse de una de las decisiones económicas más importantes de la vida de una persona, el asesoramiento del experto de la entidad bancaria será clave para que la decisión final se adapte lo máximo posible a la situación de cada comprador.
¿Qué gastos están asociados a la compra de una vivienda?
La Ley Hipotecaria señala quién debe hacer frente a los gastos derivados de la compra de una vivienda en el caso de que se financie a través de una hipoteca. La entidad bancaria se encarga de hacer frente a gastos como los de gestoría, los de notaría, los del Registro de la Propiedad, el pago del Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (AJD) y la copia de la escritura del préstamo.
Por su parte, el comprador debe hacer frente al pago de la tasación del inmueble, cuyo precio oscila entre 250 y 600 euros, y los impuestos asociados según el tipo de vivienda que se adquiera. Si el inmueble es de obra nueva, debe abonar el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), que es del 10% en todas las comunidades autónomas, excepto en Canarias, donde se paga el Impuesto General Indirecto Canario (IGIC), que es del 6,5%. Si la vivienda es de segunda mano, el tributo será el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP), que depende de la comunidad autónoma y oscila entre el 4% y el 10%. El propietario debe hacer frente, además, al coste de la copia de la escritura.
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