Sanciones a candidatos y precandidatos están en la ley, asegura consejera del INE

La consejera del Instituto Nacional Electoral  (INE), Claudia Zavala, señaló que la decisión del organismo de retirar las candidaturas a varios aspirantes por no haber reportado en tiempo y forma sus gastos de precampaña tuvo un antecedente en 2016.

Durante una entrevista con Aristegui en Vivo, argumentó que en el pasado no se había presentado el problema de forma generalizada: “El mismo tema se dio en una candidatura a gobernador en Zacatecas y justamente ahí es donde se dio claridad en este tema porque se piensa que no hay la obligación”.

En abril de ese año, el Consejo General determinó retirar la candidatura a David Monreal Ávila, del Movimiento de Regeneración Nacional (Morena) por no haber presentado un informe de sus gastos de precampaña. No obstante, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) decidió devolver la candidatura -al igual que a José Guillermo Favela Quiñones en Durango- por considerar que se debía de preservar sus derechos político-electorales, en tanto que la sanción no era acorde con la gravedad de la falta.

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Señaló que el país vive actualmente el proceso electoral concurrente más grande y por eso parecen más evidentes las sanciones. Apuntó que el organismo realizó la revisión de gastos empleados en las precampañas que realizaron los partidos, que derivó en el hallazgo de promoción de personas aspirantes a un cargo de elección popular. Por lo tanto, se inició una investigación que arrojó que “las personas pensaban que no estaban obligadas a presentar el informe”.

De acuerdo con la consejera, tanto la legislación electoral como el reglamento de fiscalización establecen una obligación para los partidos políticos y para los precandidatos a informar sobre los gastos: “Las personas nos dijeron que no tenían obligación de rendir el informe porque no hicieron precampañas y algunos porque no tenían la calidad de precandidatos. ¿Qué fue lo que resolvió ayer el INE? Que cuando hay un proceso interno de selección dentro de los partidos, sea cual sea el método, tienen la calidad de precandidatos, de aspirantes, porque así los contempla la ley”.

Señaló que en esa medida pueden presentar un informe en ceros si no se realizó gasto alguno, pero tienen la obligación de presentarle al partido político el informe de gastos o no gastos. A partir de esta presentación, “el partido tiene la obligación de incluirlos en el registro de personas que participan en las precandidaturas y de reportar los informes”.

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“Lo que se dejó muy claro, y este es un criterio que viene aplicándose desde hace mucho tanto en el INE como en el Tribunal, es que toda persona tiene esa obligación porque hay un sistema de fiscalización que tiene unos principios que lo resguardan, que es la transparencia en el uso de los recursos la rendición de cuentas para definir claramente si hubo recurso dónde se puede dónde vino y como se usó”.

Defendió que el criterio aplicado no es novedoso, ya que se ha utilizado en otros momentos. El procedimiento sancionador en materia de fiscalización se abrió en febrero y se procedió conforme a  este mismo criterio.

La Unidad de Fiscalización realizó un monitoreo en el que encontró publicidad en redes sociales y en otros medios sobre las actividades en las que participaron los aspirantes y en las que se utilizaron frases para posicionarlos, también en los casos en que su designación se resolvió mediante una encuesta.

Zavala mencionó que no se reportaron dichos gastos, pese a la existencia de eventos y promociones para ser favorecidos en el proceso interno. A partir de ese momento la Unidad les preguntó si habían presentado el informe. En el caso del michoacano Raúl Morón, la respuesta fue que no existía la obligación porque Morena no había tenido un proceso en el que se hubiera aceptado que se hiciera precampaña, por lo que no se había generado un gasto.

“Sin embargo la evidencia está ahí, la evidencia de que invita a otras personas a que le favorezcan en la encuesta o en el procedimiento de selección y en esa medida se determina que si son actos que tienen por objeto posicionar a la persona dentro del proceso interno”, dijo.

En torno a la proporcionalidad de la sanción, aseguró que fue acorde con la legislación y que se discutió si el legislador había establecido una sanción desproporcionada: “Yo lo que considero es que el legislador le está dando una relevancia de suma importancia a esta obligación, justamente por el cuidado que debe de haber en el reporte de los de los recursos que usan el interior de los partidos en las precandidaturas”.

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En ese sentido, quienes aún no eran registrados como candidatos ya no podrán hacerlo; a quienes ya habían sido registrados se les retiró la candidatura y el partido deberá sustituirla.

“Hay que recordar que en materia electoral no se suspenden los plazos por ningún motivo, continúan sufriendo los efectos hasta que se resuelva por la Sala Superior; por eso siempre en materia electoral las decisiones son muy rápidas”, finalizó.

Ve la entrevista completa:


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