La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) admitió a trámite la acción de constitucionalidad con folio 58/2022, presentada por legisladores de oposición contra la reforma a la Ley de Instituciones de Crédito, que amplió las facultades de la Unidad de Inteligencia Financiera para congelar cuentas bancarias.
Aunque en el futuro se analizará si hay alguna causa de improcedencia, el asunto se turnó a un ministro o ministra para su estudio y elaboración de un proyecto que será debatido en el pleno.
La reforma permite a la UIF congelar cuentas sin notificar a los afectados, cuando se indagan ilícitos de financiamiento al terrorismo y operaciones con recursos de procedencia ilícita.
En un acuerdo publicado este jueves, la Corte reconoce a los legisladores que podrán tener acceso al expediente y ordena que se avise a la oficina del Presidente López Obrador y a las cámaras del Congreso, para que informen sobre este tema, en un plazo de 15 días.
Además, a efecto de integrar debidamente este expediente, se requiere al Congreso de la Unión, por conducto de sus respectivas cámaras, para que al rendir su informe envíen copia certificada de los antecedentes legislativos del Decreto impugnado. En ese mismo sentido, se requiere al Poder Ejecutivo Federal, por conducto de quien legalmente lo represente, para que envíe el original o copia certificada del Diario Oficial de la Federación en el que conste la publicación del referido Decreto; apercibidas dichas autoridades que, de no cumplir con lo anterior, se les aplicará una multa.
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