El Tribunal Electoral confirmó la decisión que tomó el Partido Revolucionario Institucional (PRI) de expulsar de sus filas a Quirino Ordaz, por haber aceptado un cargo en el gobierno federal, emanado de Morena.
La mayoría de magistrados y magistradas determinó que los partidos políticos sí pueden restringir las actividades en otros gobiernos de sus líderes y afiliados, en particular para mantener su identidad política.
El debate arrancó con dos propuestas contra la decisión del PRI.
El magistrado José Luis Vargas dijo que aceptar un cargo no afecta la lealtad a un partido político, además que no es una sanción legítima porque la Constitución garantiza la libertad para elegir un trabajo. Argumentó que el cargo de embajador es aprobado por el Senado de la República para representar al Estado mexicano, por lo que no es propiamente un trabajo en una administración política.
La magistrada Mónica Soto coincidió en que el acto del PRI afecta los derechos de afiliación a un partido y para desempeñar un cargo público.
A favor del proyecto solo hubo una intervención (Indalfer Infante), aunque contó con el apoyo de la mayoría de integrantes del pleno (Reyes Rodríguez Mondragón, Felipe de la Mata, Felipe Fuentes y Janine Otálora).
El magistrado Indalfer Infante dijo que sí es posible que los partidos coloquen restricciones para sus militantes, pues están obligados a mantener su identidad, la cual se puede poner en duda si alguno de sus dirigentes acepta cargos de gobiernos emanados de otros partidos.
El magistrado afirmó además que hay un factor de desobediencia, pues el ahora embajador pidió permiso al partido, pero al no obtenerlo siguió con el proceso de nombramiento.
En su análisis, sostiene que los cargos del servicio exterior están bajo el mandato del Presidente de la República, que sí es una autoridad emanada de partidos políticos.
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