La UEFA acaba de actualizar hace apenas diez días sus Reglas de Autorización de la UEFA que hace referencia a la autorización de competiciones internacionales de clubes jugadas en Europa por clubes afiliados a diferentes asociaciones miembro y que no están organizados por la UEFA o jugados en el territorio de una asociación miembro, pero con laMG participación de clubes afiliados a otra asociación miembro. Y parece claro que mantienen la limitación de la disputa de partidos internacionales de liga fuera de Europa.
Es en el artículo 2 del citado reglamento donde UEFA recoge todos los escenarios donde es indispensable la autorización, especialmente los tres primeros, y que se ampara en la normativa FIFA de Regulación de Partidos Internacionales:
.- Aquellos partidos y torneos internacionales jugados fuera del Territorio de la UEFA: La participación de cualquier club afiliado a una Asociación Miembro en tal partido o torneo está sujeto a la aprobación de la UEFA para garantizar el buen el funcionamiento y la protección del interés general del fútbol europeo; y dicha aprobación debe obtenerse al menos veintiún días antes de la partido o torneo propuesto
.- Partidos y torneos internacionales de carácter puramente amistoso o benéfico jugado en el Territorio de la UEFA, clasificado como Nivel 2 en el Reglamento de la FIFA relativa a la Reglamentación de Partidos Internacionales, requieren también de la aprobación de la UEFA al menos veintiún días antes del partido o torneo propuesto;
.- Partidos y torneos internacionales en los que participen equipos juveniles de clubes que no compitan en la división más alta de su asociación (clasificados como Nivel 3 en el Reglamento de la FIFA que rige los partidos internacionales). En este caso no requieren ser autorizados por UEFA pero si de todas las Asociaciones Miembro de que se trate, siempre que cumplan tres condiciones: No juegan más de ocho clubes; con jugadores de 16 años o menos y que no dure más de una semana
.- Partidos jugados como un partido único entre dos clubes o torneos jugados por clubes de divisiones que no sean la división más alta de sus Asociaciones Miembro
.- Cualquier otro partido o torneo internacional que no esté cubierto por este reglamento de UEFA
Las Reglas de Autorización de la UEFA recientemente actualizadas en un documento de 16 páginas al que ha tenido acceso Mundo Deportivo, recoge toda la documentación y compromisos que el el organizador de una Competición Internacional de Clubes debe presentar a la UEFA así como los diferentes criterios que debe cumplir el organizador para que dicha solicitud sea considerada por la UEFA. Tanto administrativos, financieros, deportivos, técnicos, éticos y de mérito deportivo.
Así debe quedar claramente expuesto el dinero que pagan los clubes por participar, los criterios solidarios de reparto. Desde el punto de vista deportivo cuestiones como los árbitros que van a intervenir, las fechas de su disputa, protocolos sanitarios etc..
Se debe solicitar la autorización a UEFA con doce meses de antelación
Para obtener la autorización del Comité Ejecutivo de la UEFA, el Organizador de la competición Internacional de Clubes deberá presentar una solicitud de autorización a la UEFA Administración al menos doce meses antes de su fecha prevista de inicio
La Administración de la UEFA remitirá en un máximo de 12 semanas toda la información al Comité Ejecutivo, que podría extenderse en función de su complejidad. Desde su recepción el Comité intenta que se comunique su autorización o rechazo del torneo en un plazo de ocho semanas.
Un club puede ser excluido tres años de las competiciones UEFA en caso de incumplimiento
Cualquier incumplimiento de estas reglas por parte de un club puede ser sancionado por la UEFA de acuerdo con los Estatutos y ordenamiento disciplinario. Además el organismo disciplinario competente de la UEFA podrá imponer, junto con cualquiera de tales medidas disciplinarias,otras medidas sancionadoras complementarias que van desde la advertencia o multa de quinientos mil euros en un primer caso. Pero puede llegar a suponer hasta el 5% de la facturación de un club en su ejercicio anterior por una primera infracción cometida de forma intencionada o negligente por un club. Hasta el 10% de la facturación de un club en su ejercicio anterior por cada caso de reincidencia o negligencia en los cinco años anteriores. E incluso la exclusión de las competiciones de clubes de la UEFA por un período de hasta tres temporadas por un incumplimiento doloso o negligente de las reglas.
También recoge sanciones a las Asociación Miembro o por una entidad o persona sujeta a la normativa UEFA.
A este respecto no olvidemos que uno de los objetivos de LaLiga es poder llevar en algún momento la disputa de un partido de la liga española fuera de Europa, como ya sucede con la Supercopa de España.