Valida TEPJF elecciones en Nuevo León y Michoacán pero…

El pleno del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación validó las elecciones de gobernador en Nuevo León y Michoacán, en las que ganaron Samuel García (MC) y Alfredo Ramírez Bedolla (Morena), respectivamente. 

En el caso de Michoacán, el TEPJF confirmó por unanimidad, con los votos concurrentes de la magistrada Mónica Aralí Soto Fregoso y el magistrado José Luis Vargas Valdez, de las resoluciones emitidas por el Tribunal Electoral del Estado de Michoacán que declaran la validez de los resultados del cómputo estatal, la elección a la gubernatura y la expedición de la constancia de mayoría otorgada por el Consejo General del Instituto Electoral del estado en favor del candidato postulado por la coalición “Juntos Haremos Historia en Michoacán”.

Los magistrados ratificaron la resolución impugnada bajo la premisa de que, si bien se acreditaron algunas de las irregularidades alegadas por los actores, estas, ni en lo individual ni en su conjunto, son suficientes para declarar la nulidad de la elección de la gubernatura; no obstante, se determinó anular la elección de los municipios de Múgica, Gabriel Zamora, La Huacana y Nuevo Urecho, que forman parte del Distrito Electoral 22 de la entidad, donde se acreditó la intervención del crimen organizado.

“Se llega a la conclusión de que si bien existen elementos para identificar un contexto de presencia del crimen organizado en Michoacán, no se acredita una situación generalizada alegada por los promoventes, lo anterior es así, porque no basta con manifestar que terminados actos se basan en violencia electoral para determinar de manera automática su alcance generalizado”, dijo el magistrado Indalfer Infante, promovente del proyecto que declaró la validez de la elección.

Infante Gonzales destacó la doctrina consolidada del TEPJF en el sentido de que una anulación electoral es una determinación excepcional que sólo puede declararse cuando los hechos que se consideran irregulares están plenamente acreditados.

En la resolución del Tribunal Electoral se incluyó una instrucción al Instituto Nacional Electoral (INE) para crear una política electoral nacional en la cual, reconociendo la existencia del problema y el peligro de la incidencia de grupos criminales en procesos electorales, se establezcan acciones y protocolos concretos al respecto.

Además, se determinó dar vista al Instituto Estatal Electoral de Michoacán a fin de que se inicie un procedimiento sancionador por la incidencia de hechos relativos a la violación de la veda electoral en esa entidad.

La magistrada Mónica Soto y el magistrado José Luis Vargas argumentaron que su voto concurrente se debía a que la instrucción planteada para que el INE creara una política electoral nacional que estableciera acciones y protocolos de actuación frente al problema y peligro de la incidencia de grupos criminales en procesos electorales, podrían ser acciones que excedieran las facultades de dicho instituto electoral.

El gobernador Silvano Aureoles, consideró que la decisión del Tribunal electoral era un golpe duro a la democracia pues valida la participación de criminales en los procesos electorales:

En tanto, Ramírez Bedolla publicó:

Validez de elección de Nuevo León

Por otro lado, el pleno de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó por unanimidad de votos, la resolución del Tribunal Electoral del Estado de Nuevo León que ratificó el cómputo y la validez de la elección de la gubernatura en ese estado y la entrega de la constancia de mayoría correspondiente al candidato postulado por el partido Movimiento Ciudadano, Samuel García. 

El caso presentado por el magistrado José Luis Vargas Valdez, fue analizado por las magistradas y los magistrados y se basó en el proceso promovido por el Partido de la Revolución Democrática (PRD) que solicitaba la revocación de la sentencia emitida en la instancia local y, consecuentemente, que se declarara la nulidad de la elección a la gubernatura en Nuevo León, argumentando rebase de tope de gastos de campaña, aportaciones por ente prohibido, intervención del Ejecutivo Federal y vulneración a la veda electoral.

El pleno de la Sala Superior precisó que en los resultados de la auditoría, se advierte que solamente fueron empleados en la campaña $43 millones 444 mil 417 pesos y 41 centavos, lo que representa 28 millones 641 mil 923 pesos y 89 centavos por debajo del límite fijado por la Comisión Estatal Electoral de Nuevo León como tope de campaña, con lo que el agravio al respecto se dio por infundado.

En este sentido, determinó que de la totalidad de las violaciones planteada por parte del PRD sólo se tuvieron por acreditadas las referentes al principio de imparcialidad de la contienda por parte del titular del Ejecutivo Federal y el uso indebido de recursos públicos, lo que no consideraron suficiente para inferir que el margen de 8.8% de diferencia de votación existente entre el candidato ganador de la elección y el que obtuvo el segundo lugar se deba a lo dicho públicamente por el Presidente de la República contra la campaña del candidato derrotado.

Con base en lo anterior, se resolvió confirmar la sentencia dictada por el Tribunal Electoral del Estado de Nuevo León y, por ende, el cómputo respectivo, la declaración de validez de la elección a la gubernatura de esa entidad y la entrega de la constancia de mayoría en favor de Samuel García.






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