Andalucía prohibirá que los allegados cenen juntos en Nochebuena y Nochevieja

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El Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud de este miércoles ha acordado un documento de limitaciones para las fiestas navideñas. Se mantienen las líneas básicas que adelantó el martes EL PAÍS: limitar las reuniones a 10 personas, toque de queda hasta la 1.30 en Nochebuena y Nochevieja y cierres perimetrales, salvo para visitar a familiares y allegados. Aunque la mayoría de las comunidades se han adherido, algunas han anunciado que serán más restrictivas, y que anunciarán próximamente sus medidas. Otras, como Madrid, han protestado por el confinamiento perimetral. Fuentes presentes en la reunión aseguran que la comunidad ha pedido la publicación en el BOE de las medidas para su cumplimiento, pero el ministro de Sanidad, Salvador Illa, ha asegurado en una comparecencia posterior a la reunión que no es necesario: basta con informar a las comunidades autónomas. En cualquier caso, Illa ha dejado claro qué pretende que hagan los ciudadanos estas navidades: “En Navidad debemos quedarnos en casa”.

El ministro de Sanidad, Salvador Illa, durante la rueda de prensa ofrecida este miércoles para informar de la situación actual de la pandemia del covid-19 en Madrid. En vídeo, sus declaraciones.FOTO: KIKO HUESCA / VÍDEO: ATLAS

¿Puedo salir de mi comunidad autónoma?

Solo se puede cambiar de comunidad autónoma entre el 23 de diciembre y el 6 de enero para visitar a familiares o allegados. Las comunidades podrán restringir estas excepciones a días concretos. Canarias y Baleares podrán obviar estas limitaciones.

¿Qué se consideran familiares y allegados?

“Todos sabemos lo que queremos decir cuando hablamos de familiares y allegados”, ha dicho el ministro de Sanidad. Salvador Illa ha asegurado que se incluyen personas que aunque no tengan un vínculo familiar “tradicional” tenga un “especial vínculo afectivo”.

Soy estudiante, ¿puedo volver a casa?

Sí. En este caso se recomienda que limiten las interacciones sociales y extremen las medidas de prevención 10 días antes de la vuelta a casa. Una vez en casa, se recomienda limitar los contactos, respetar su burbuja de convivencia e interactuar sobre todo al aire libre, en lugar de en el interior.

¿Con cuántas personas puedo reunirme?

Los días 24, 25 y 31 de diciembre de 2020 y del 1 de enero de 2021 se pueden hacer reuniones de un máximo de 10 personas, salvo que se trate de convivientes. En todo caso, se recomienda que estos encuentros se compongan de miembros que pertenezcan al mismo grupo de convivencia. El resto de días seguirá rigiendo el número de personas que tenga establecido la comunidad autónoma.

¿Están incluidos niños?

Sí, en estas 10 personas están incluidos niños. El acuerdo no hace excepciones a este respecto.

¿A qué hora es el toque de queda?

En Nochebuena y Nochevieja las comunidades pueden comenzar el toque de queda, como muy tarde, a la 1.30. Pero pueden adelantarlo. Cuando se acerque la hora límite se podrá volver al domicilio, no acudir a eventos sociales. El resto de los días regirá el horario que tengan establecido.

¿Pueden salir las personas que residan en centros sociosanitarios?

Se recomienda que, en aquellos casos en que los residentes de centros residenciales sociosanitarios realicen una salida más prolongada con motivo de las celebraciones navideñas, estas queden restringidas a un único domicilio y manteniendo una burbuja de convivencia estable. A su reingreso se aconseja la realización de una prueba de diagnóstico de infección activa y los días posteriores al reingreso se extremarán las medidas de vigilancia y prevención.

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¿Abrirán los comercios y la restauración?

Tanto comercios como restauración se regirán por las normas de aforo y horarios que estén vigentes en cada comunidad autónoma. En bares y restaurantes se recomienda ponerse la mascarilla cuando no se esté comiendo y bebiendo. Con respecto a las compras, el consejo es organizarlas con antelación para evitar aglomeraciones.

¿Se podrá comer o beber en la calle?

El Ministerio de Sanidad explica que “se prohíbe comer y beber en la vía pública a excepción de los espacios acondicionados para ello”, lo que cierra la puerta al botellón y otras actividades parecidas.

¿Se podrán realizar eventos culturales y deportivos?

No se podrán celebrar grandes eventos deportivos y, en su lugar, se recomiendan modalidades de participación virtual. Las actividades navideñas tradicionales que se celebren en cines, teatros, auditorios, carpas de circo o similar se realizarán respetando el aforo previsto en la comunidad o ciudad autónoma correspondiente, siempre manteniendo las medidas de seguridad.

¿Puedo acudir a celebraciones religiosas?

Las ceremonias religiosas en espacios cerrados seguirán las normas de aforo establecidas en cada comunidad y ciudad autónoma. La celebración de eventos religiosos, tales como la misa del gallo, no será óbice para el cumplimiento de la regulación relativa a la limitación de la libertad de circulación de las personas en horario nocturno. Se recomienda ofrecer como alternativa servicios telemáticos o por televisión.

¿Habrá eventos navideños como cabalgatas?

Entre el 23 de diciembre de 2020 y el 6 de enero de 2021, las comunidades no permitirán la celebración de eventos presenciales con elevada afluencia de público, salvo que se garantice el cumplimiento de lo establecido en el documento de Recomendaciones para eventos y actividades multitudinarias en el contexto de nueva normalidad por COVID-19 en España. Asimismo, se recomiendan celebraciones que puedan garantizar el cumplimiento de las normas de higiene y prevención, tales como cabalgatas estáticas en lugares donde se pueda controlar el acceso, campanadas virtuales o retransmisiones de eventos navideños por televisión u otras opciones telemáticas.

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