Cómo presentar la declaración de la renta 2021-2022: por internet, teléfono y presencial

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La campaña de la declaración de la renta 2022, correspondiente al ejercicio 2021, recupera cierta normalidad tras dos años de pandemia. Como todos los años, la declaración se puede presentar primero por internet y después por otras vías. Desde el 6 de abril los contribuyentes pueden hacer la declaración a través de Renta Web, o bien por teléfono a partir del 5 de mayo. Las citas presenciales serán en junio.

Cuando el contribuyente considere que el borrador de la declaración es correcto, podrá confirmarlo y presentarlo. La confirmación y presentación del borrador, y la realización del ingreso, o bien la solicitud de la devolución, se podrá realizar por alguna de las siguientes vías.

Online: en la página web de la Sede electrónica de la Agencia

A partir del 6 de abril ya es posible presentar la declaración de manera telemática. Renta Web es el servicio de ayuda para tramitar y presentar la declaración de Renta. El contribuyente deberá usar algún sistema de identificación, como certificado electrónico reconocido, sistema Cl@ve PIN o número de referencia.

Es necesario conectarse a la web de la Sede de la Agencia Tributaria en internet, en la dirección https://sede.agenciatributaria.gob.es, y acceder al Servicio de tramitación del borrador/declaración.

Si la declaración es a ingresar y el contribuyente opta por la domiciliación bancaria, debe ingresar el número de cuenta IBAN y, en su caso, las opciones de fraccionamiento del pago. Si no se quiere domiciliar el pago, deberá efectuar el ingreso y en la confirmación tendrá que indicar el Número de Referencia Completo (NRC) que le proporcione el banco. También podrá realizar el pago de forma simultánea a la presentación de la declaración.

Si el resultado del borrador de la declaración es a devolver o negativo, el declarante deberá introducir su número de cuenta IBAN.

Desde Hacienda se recomienda, antes de la confirmación, revisar los datos antes de confirmar.

A través del teléfono

Se podrá confirmar el borrador mediante llamada telefónica, siempre con cita previa. La cita se puede pedir a partir del 3 de mayo y se dará cita para la presentación de la declaración por teléfono a partir del 5 de mayo.

Cómo presentar la declaración de la renta 2021-2022: por internet, teléfono y presencial

Los teléfonos para pedir la cita previa son 91 535 73 26 o 901 12 12 24 (teléfono automático) o bien con atención personal en los números 91 553 00 71 o 901 22 33 44, de lunes a viernes, de 9 a 19 horas. También se puede pedir la cita previa para atención telefónica por internet.

El contribuyente deberá comunicar, entre otros datos, su Número de Identificación Fiscal (NIF), su número de referencia o Cl@ve PIN, así como el Código Internacional de Cuenta Bancaria (IBAN), en la que desee efectuar la citada domiciliación.

El declarante obtendrá entonces un código seguro de verificación asociado a la presentación. Además, podrá obtener el justificante de su presentación accediendo a la Sede electrónica de la Agencia Tributaria.

La vía telefónica no podrá utilizarse para confirmar el borrador de la declaración cuando el resultado sea a ingresar y el contribuyente no opte por la domiciliación bancaria.

Presencial

Para atender al contribuyente en oficina y realizarle la declaración de Renta 2021 (atención presencial) será necesario concertar cita del 26 de mayo al 29 de junio en internet o bien en los números 91 553 00 71 o 901 22 33 44, de lunes a viernes, de 9 a 19 horas.

Cómo presentar la declaración de la renta 2021-2022: por internet, teléfono y presencial

El declarante deberá acudir a la oficina de la Agencia tributaria con toda la información necesaria para la declaración (número de referencia del titular de la declaración, DNI de todas las personas que figuren en la declaración, IBAN de cuenta bancaria y referencias catastrales de todos los inmuebles de su propiedad o en los que viva de alquiler) y comprobar que los datos del borrador sean correctos.

No podrá confirmarse el borrador de declaración y llevar a cabo su presentación por esta vía cuando el resultado del mismo sea a ingresar y el contribuyente no opte por la domiciliación bancaria

 


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