Competición ratifica los dos partidos de sanción de Cornellà

Competición ratifica los dos partidos de sanción de Cornellà

El Comité de Competición ha ratificado este viernes la propuesta del instructor de cierre del Estadio de Cornellà de dos partidos por los incidentes al final del encuentro ante el FC Barcelona. En el escrito, al que ha tenido acceso MD, el órgano disciplinario argumenta que “en línea con lo mantenido por el Sr. Instructor, y a pesar de los evidentes esfuerzos que viene desplegando el club expedientado no ha probado en el curso del expediente haber sido lo suficientemente diligente en la implementación efectiva de todas aquellas medidas que son necesarias para erradicar este tipo de comportamientos y para mitigar sus efectos una vez que se producen. Así, no ha quedado probado que se recurriese a la emisión de mensajes por videomarcador una vez ocurridos los hechos, ni tampoco que se adoptasen otro tipo de medidas reactivas que le son exigibles“.

Continúa diciendo que “en particular, no ha quedado probado que el club haya colaborado proactiva y eficazmente en la identificación de, al menos, parte de los aficionados autores de los mismos. A pesar de las dificultades en la implementación de esta tarea a las que se refiere el club en su escrito de alegaciones a la propuesta de resolución, se trata de una obligación impuesta por el artículo 3.2.g) de la Ley 19/2007, de 11 de julio, contra la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte. La letra c) del mismo artículo obliga a los organizadores de competiciones deportivas a “adoptar las medidas necesarias para el cese inmediato de las actuaciones prohibidas, cuando las medidas de seguridad y control no hayan logrado evitar o impedir la realización de tales conductas”. Este Comité de Competición no pone en duda los esfuerzos que viene desplegando el club expedientado para tratar de erradicar hechos como los que están en el origen del presente expediente. Sin embargo, no puede eludir tampoco la aplicación de la normativa a la que viene obligado. Esas medidas, a la vista de los repetidos expedientes de los que ha sido objeto el RCD Espanyol de Barcelona, SAD, solo en la presente temporada, no están resultando ni eficaces ni suficientes. Hechos similares se han repetido, y agravado, a lo largo de la misma“.

Como consecuencia de lo anterior ratifica la sanción de dos partidos y una multa de 25.000 euros: “Este órgano disciplinario considera procedente y proporcionada, a la vista de las circunstancias que detalla el Sr. Instructor en el Fundamento de Derecho octavo de su resolución, la imposición, de un lado, de una sanción de celebración de dos partidos a puerta cerrada y, de otro, la de multa por importe de 25.000 euros. Las razones que justifican la imposición de sanciones tan gravosas se explican con claridad en la propuesta de resolución, a la que este órgano disciplinario se remite también en este punto“.

Ahora el club puede interponer un recurso ante el Comité de Apelación en el plazo de diez días hábiles, a contar desde hoy viernes.




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