El lápiz y la calculadora de los años 90 han dado paso a la confirmación del borrador pulsando el teléfono móvil. El proceso de rendir cuentas con Hacienda se ha simplificado en los últimos años; buena parte de los contribuyentes puede limitarse a dar el visto bueno a la propuesta de Hacienda sin más trámites y, además, las retenciones están, para las declaraciones más sencillas, relativamente ajustadas al resultado final, por lo que la declaración no implica grandes desembolsos.
La comodidad viene de la mano de la creciente dificultad para engañar al fisco (al menos, para el común de los mortales): gracias a lacreciente digitalización de la sociedad, la Agencia Tributariar tenga cada vez más información sobre los ingresos y propiedades de los contribuyentes. Pero no toda. Y, además, el borrador no sustituye las obligaciones fiscales del ciudadano: si éste contiene errores, es responsabilidad del contribuyente corregirlos, y está obligado igualmente a aportar información sobre rentas no incluidas en el borrador. Remitir a Hacienda datos inexactos o incompletos, incluso aunque no se tenga obligación de declarar, puede dar lugar a una revisión.
Desde el punto de vista tributario, hay un código de colores sobre la información fiscal que debe incluirse en la declaración de la renta, según el grado de conocimiento que tiene el fisco. Así, hay datos negros, azules y rojos, y de este código de colores depende, también, que Hacienda permita al contribuyente confirmar el borrador o le “obligue” a cumplimentar la declaración.
Datos negros: sabemos más que tú
Para un contribuyente medio, los datos que figuran en el borrador son correctos y cubren la mayor parte de los ingresos del usuario. Están remitidos desde entidades financieras o centros de trabajo: la nómina, los préstamos hipotecarios o los rendimientos de cuentas bancarias se incorporan directamente a la declaración. Si Hacienda no tiene constancia de y algunos contribuyentes podrán presentarla sin aportar datos adicionales. Tal y como explica la Agencia Tributaria en su guía de 2019, son datos “que no requieren ninguna información complementaria para poder ser incorporados a la declaración, se incorporan automáticamente”.
- Rendimientos del trabajo
- Rentas exentas
- Rendimientos de cuentas bancarias
- Dividendos, intereses de valores de deuda y similares, así como los gastos asociados
- Ventas de fondos de inversión
- Deducciones por donativos, préstamos hipotecarios
- Deducciones familiares: maternidad, familia numerosa o familiares con discapacidad
- Información catastral de inmuebles y rendimientos del capital inmobiliario en caso de propietario
- Ganancias y pérdidas patrimoniales pendientes de compensar
Datos azules: hay gato encerrado
En el siguiente escalón están los datos llamados “azules”. Son apartados en los que Hacienda tiene una información amplia, pero no completa:. En estos casos la aplicación móvil no permite confirmar ni modificar el borrador; hay que realizar este trámite mediante RentaWeb. Al hacer la declaración, el contribuyente visualiza una serie de datos fiscales en poder de Hacienda que puede incorporar directamente a la declaración o, por el contrario, hacerlo de forma manual.
- Actividades económicas
- Rendimientos del capital no incorporados con anterioridad
- Cotizaciones de autónomos
- Subvenciones
- Aportaciones a patrimonios protegidos de personas con discapacidad
- Deducción por maternidad (cuando el contribuyente ha dejado de trabajar algún mes)
- Información catastral de inmuebles cuando hay rentas de alquiler
Datos rojos: no me figura nada
Finalmente, están los llamados datos rojos, que son aquellos de los que Hacienda no tiene constancia o, en todo caso, tiene un conocimiento muy limitado. Por ejemplo, las rentas de una vivienda que está en alquiler, los premios obtenidos en sorteos o buena parte de las ganancias patrimoniales. Estos apartados deben incluirse manualmente en la declaración a través del programa RentaWeb. Estos son algunos ejemplos de datos rojos:
- Rentas procedentes del extranjero
- Arrendamientos de locales o pisos turísticos
- Rentas inmobiliarias por inmuebles en nuda propiedad
- Ventas de activos financieros no recogidas como rendimiento
- Rendimientos del trabajo en empleados con movilidad laboral o pagos del Fogasa
- Rentas de planes de pensiones
- Este control lo que permite ajustar las retenciones al resultado final de la declaración y que los ciudadanos pueda limitarse a confirmar el borrador
- Si algunos datos no son correctos, el contribuyente tiene el deber de corregirlos y presentar, si está obligado, la declaración.
¿Cómo sé qué datos fiscales debo incluir?
En primer lugar, cabe recordar una vez más que el contribuyente debe incluir todas las rentas percibidas y, en caso de duda pedir ayuda a la Agencia Tributaria. el desconocimiento no es eximente de hacer la declaración correctamente en caso de una petición de información o inspección.
En todo caso, los propios sistemas de la Agencia Tributaria orientan al ciudadano en este sentido mediante las llamadas “notas de incorporación”: El sistema RentaWeb muestra mensajes infomando de datos que tiene Hacienda y que el contribuyente puede trasladar a la declaración, y que pueden ser después consultados en el botón “ver datos fiscales”. Antes de eso, en todo caso, el contribuyente debe verificar su domicilio.
En otras ocasiones RentaWeb informa, directamente, de que se trata de datos que no se pueden incorporar de forma automática y se deben cumplimentar manualmente. Igualmente, si los datos que obran en poder del contribuyente no coinciden con los de Hacienda se debe aportar esta información de forma manual. Del mismo modo, es obligatorio consignar todos aquellos ingresos de los que Hacienda no tenga constancia alguna.
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