Este lunes es el plazo 9 de enero que tiene la Federación Uruguaya de Fútbol para presentar alegaciones por el rojiblanco José María Giménez, jugador del Atlético de Madrid, así como a los otros tres jugadores expedientados en el último partido del Mundial de Qatar: Godín, Muslera y Cavanni.
Un expediente que está abierto desde el pasado 5 de diciembre y que afecta a los cuatro futbolistas como a la propia Federación Uruguaya.
El pasado 15 de diciembre, como ya adelantamos en este periódico, concluía el plazo que tenía la Federación Uruguaya para presentar alegaciones . Fecha donde la Federación Uruguaya respondió al órgano disciplinario de FIFA solicitando una ampliación del plazo de alegaciones. De hecho en el escrito remitido por la propia Federación, como ya contamos, recogía como la segunda semana de enero la fecha para poder enviar este escrito.
La respuesta de FIFA justo antes de las fiestas navideñas fue concederle, no hasta mediados del mes de enero, pero si hasta hoy lunes 9. Como ya hemos venido explicando, los plazos en la FIFA quedan quedaron en suspenso desde el pasado 20 de diciembre hasta el jueves 5 de enero: “Las festividades locales y los días no laborables estarán incluidos en los plazos. Los plazos quedarán interrumpidos entre el 20 de diciembre y el 5 de enero”.
Una vez lo reciba este lunes la FIFA, el juez instructor del procedimiento deberá estudiar toda la documentación para dar traslado a la Comisión Disciplinaria. Algo que llevará, como mínimo, entre diez y quince días. Esto supone que hasta finales de este mes o principios de febrero no se conocerá el posible castigo.
EL INFORME RECOGE LA AGRESIÓN DE GIMÉNEZ
Como ya hemos venido contando en el Mundo Deportivo, el informe del expediente recoge lo sucedido a la finalización del encuentro, especialmente con la retirada del colegiado alemán Siebert del terreno juego. Recoge todos los detalles de lo sucedido. Especialmente en lo que afecta al central del Atlético de Madrid dado que hace constar las dos infracciones a las que se expone el internacional uruguayo.
Es decir, el expediente hace constar tanto el codazo que el jugador propinó al director de competiciones de FIFA como sus duras declaraciones posteriores a las cámaras. De ahí que el expediente hable de la violación de los artículos 11 y 12 del Código Disciplinario de la FIFA.
El primero relativo a la conducta ofensiva y violación de los principios del Juego Limpio donde habla de “insultar a una persona física o jurídica de alguna manera, especialmente mediante lenguaje o gestos ofensivos” o ” adoptar una conducta que desprestigie al fútbol o a la FIFA“. En este caso por sus manifestaciones.
En el caso de artículo 12, conducta incorrecta de los jugadores, donde el jugador se expone a una sanción durísima según el apartado K por su reacción con el miembro de FIFA, conforme venimos contando en Mundo Deportivo: “al menos quince partidos o un periodo de tiempo adecuado por agredir (propinar codazos, puñetazos, patadas o mordiscos; escupir, golpear, etc.) a un oficial de partido “.
En el caso de ser considerada finalmente como muy grave, la sanción podría afectar a la participación del rojiblanco en la competición doméstica con el Atlético de Madrid. La Federación Uruguaya, una vez sea oficial la resolución, podrá recurrir ante Apelación de FIFA y, en última instancia, ante el TAS suizo.