El Supremo ratifica el nombramiento de Dolores Delgado como fiscal general del Estado

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El Tribunal Supremo ha inadmitido este martes los recursos de PP y Vox contra el nombramiento de Dolores Delgado como fiscal general del Estado por falta de legitimación de ambos partidos para recurrirlo. Dos magistrados, de los siete que han formado el tribunal, han votado en contra de esa decisión y han anunciado que emitirán un voto particular. El tribunal ha hecho público su acuerdo, pero la sentencia íntegra no se conocerá hasta dentro de unos días.

La legitimación de PP y Vox para recurrir el nombramiento de Delgado era el primer punto que tenían que debatir este martes los magistrados de la sección cuarta de la sala de lo Contencioso-Administrativo. La Abogacía del Estado había alegado en el Supremo que los partidos no estaban legitimados para impugnar esta designación, pero ambas formaciones sostenían lo contrario al afirmar que lo que haga la jefa del ministerio público les puede afectar de forma directa. “La designación incorrecta del fiscal general del Estado es susceptible de afectar a sus funciones respecto a los diferentes procedimientos judiciales en curso en los que el PP o sus miembros son parte”, alegó el partido de Pablo Casado, que calificó de “fraude constitucional” el nombramiento de Delgado solo unos días después de dejar de ser ministra de Justicia. En parecidos términos se expresó Vox en su recurso, en el que consideró “improcedente y contraria a derecho” la designación de la fiscal general.

Tras estudiar las razones alegadas por ambos partidos, el Supremo ha decidido no admitir los recursos por entender que el nombramiento de Delgado no era impugnable por ambas fuerzas políticas. La ley exige a los recurrentes en el procedimiento de lo contencioso-administrativo demostrar un “interés legítimo” en la decisión que están impugnando, por lo que, para recurrir la designación de la fiscal, el PP y Vox tenían que haber demostrado que ese nombramiento afecta a sus derechos e intereses legítimos, algo que los magistrados no consideran acreditado, según fuentes de la Sala. La decisión del tribunal se apoya en parte en la jurisprudencia que ya tiene el Supremo en el mismo sentido por recursos anteriores en los que uno o varios partidos cuestionaron el nombramiento del presidente del propio alto tribunal, de los vocales del Consejo General del Poder Judicial o del presidente del Consejo de Seguridad Nuclear. Dos magistrados del sector conservador, José Luis Requero y Antonio Fonseca-Herrero sostenían, no obstante, que los populares y el partido ultra sí tenían en este caso un interés legítimo como el que exige la ley, por lo que han anunciado un voto particular en el que discreparán de la decisión mayoritaria.

Tras conocer la decisión, del alto tribunal, el PP ha anunciado que presentará un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional. “Tenemos plena legitimación para recurrir el nombramiento de Delgado y su absoluta falta de imagen de independencia. El fallo refuerza la necesidad de reformar la ley cuando sea posible”, ha escrito en su cuenta de Twitter el responsable de Justicia del partido, Enrique López.

Al rechazar la legitimación de los partidos para recurrir, el Supremo no ha llegado a debatir sobre la idoneidad del nombramiento de Delgado, que era el punto central del recurso. PP y Vox cuestionaban que la actual jefa de la Fiscalía cumpliera el requisito de “imparcialidad”, un principio que, según la Constitución, debe regir la actuación del ministerio público. Ambas formaciones pedían al tribunal que invalidara el real decreto por el que el Gobierno nombró a Delgado. Los populares consideraban que su “indiscutible militancia material/sustancial” en el PSOE, del que fue diputada hasta que dejó el escaño tras ser elegida fiscal general, la incapacita para el cargo. Según el PP, esta designación “rememora” la Ley Orgánica del Estado de 1967 del régimen franquista, que otorgaba al fiscal general del Estado la función de “mero órgano de comunicación entre el Gobierno y la Administración de Justicia”. Vox, por su parte, cuestionaba incluso que Delgado cumpliera los requisitos formales para acceder al puesto (ser un jurista español de reconocido prestigio con más de 15 años de ejercicio efectivo de su profesión). Según la formación de Santiago Abascal, Delgado no entraría en la categoría de jurista de reconocido prestigio “ni por su currículum ni por su profesionalidad y experiencia”.

Antes de llegar a la deliberación de este martes, el recurso sobre Delgado ha elevado la tensión en la Sala de lo Contencioso en las últimas semanas. Un grupo de nueve magistrados solicitaron al presidente de la Sala de lo Contencioso que la decisión sobre la legalidad del nombramiento no recayera solo en los magistrados de la sección cuarta (la competente para resolver cuestiones que afecten al ministerio fiscal), sino que se elevara al pleno, lo que habría abierto el debate a los 27 magistrados de la sala, con una amplia mayoría conservadora. Estos magistrados se amparaban en el precedente del recurso contra el nombramiento en 1992 de Eligio Hernández como fiscal general, que, fue deliberado en junio de 1994 por el pleno de la sala y acabó siendo anulado al concluir el Supremo que el tiempo que desempeñó cargos dependientes del Gobierno no debían computarse entre los 15 como jurista requeridos para dirigir el ministerio público. Tolosa rechazó la petición y la decisión sobre Delgado la ha tomado la sección cuarta, integrada por los magistrados Pablo Lucas, Celsa Pico, Pilar Teso, Luis Díez Picazo, Antonio Fonseca-Herrero y José Luis Requero, a la que se ha unido el propio presidente.


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