Elecciones 2021 | Queja de Morena en contra de líder de la Coparmex, sin fundamentos: TEPJF

El Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó el acuerdo del Instituto Nacional Electoral (INE) mediante el cual desechó la queja presentada por Morena en contra de la Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex) y de su presidente nacional, José Medina Mora Icaza, por la supuesta vulneración a la equidad en la contienda.

En sesión pública celebrada por videoconferencia, los magistrados de la Sala Superior consideraron infundados e inoperantes los agravios argumentados por Morena ante la Unidad Técnica de lo Contencioso del Instituto Nacional Electoral (INE) el pasado 28 de mayo, que denunciaban diversas publicaciones del líder de la Coparmex en Twitter donde se descalificaban las acciones y los programas impulsados por el Gobierno Federal.

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A través de un comunicado, el TEPJF expuso que Morena solicitó que se dictaran medidas cautelares, al considerar que las publicaciones constituían aportaciones en especie de un ente prohibido en beneficio de los partidos Revolucionario Institucional (PRI), Acción Nacional (PAN) y de la Revolución Democrática (PRD).

En su denuncia, Morena argumentó que las críticas a los programas de gobierno eran calumnia en su contra, “ante el hecho de que la actual administración emana de ese partido; aunado a ello, señalaba que el líder de la Coparmex podía tener alta influencia sobre las preferencias electorales, debido a su poder económico y liderazgo”. 

La Sala Superior concluyó que las publicaciones no ponían en peligro la equidad en la contienda electoral, pues son temas que están dentro del debate público, aunado a que las libertades de expresión e información gozan de amplia protección y son indispensables para la formación de la opinión pública. 

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“Las publicaciones no pueden considerarse como propaganda electoral, ya que no hay algún elemento, como una frase o imagen, que denotara intención de influir en el ánimo de los electores en perjuicio de algún partido o candidato”, precisó el Tribunal en su comunicado.


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