Gobierno prohíbe a funcionarios besos, abrazos y piropos

Gobierno prohíbe a funcionarios besos, abrazos y piropos

Las personas servidoras públicos en el país deberán abstenerse de dar besos y abrazos o decir piropos “sugestivos o de naturaleza sexual”, de acuerdo con el Código de Ética de la Administración Pública Federal, que prohíbe expresamente el hostigamiento y acoso sexual.

La Secretaría de la Función Pública (SFP) publicó este martes en el Diario Oficial de la Federación (DOF) este nuevo código para las y los funcionarios del país.

El reglamento insta a “evitar conductas tales como (…) tener contacto físico sugestivo o de naturaleza sexual, como tocamientos, abrazos, besos, manoseo, jalones“.

Además, las personas servidoras públicas deberán evitar las siguientes conductas:

*Realizar señales sexualmente sugerentes con las manos o a través de los movimientos del cuerpo;

*Hacer regalos, dar preferencias indebidas o notoriamente diferentes o manifestar abiertamente o de manera indirecta el interés sexual por una persona;

*Llevar a cabo conductas dominantes, agresivas, intimidatorias u hostiles hacia una persona para que se someta a sus deseos o intereses sexuales, o al de alguna otra u otras personas;

*Espiar a una persona en su intimidad, o mientras ésta se cambia de ropa o está en el sanitario;

*Condicionar la obtención de un empleo o ascenso, su permanencia en él o las condiciones del mismo a cambio de aceptar conductas de naturaleza sexual;

*Obligar a la realización de actividades que no competen a sus labores u otras medidas disciplinarias en represalia por rechazar proposiciones de carácter sexual;

*Condicionar la prestación de un trámite, servicio público o evaluación a cambio de que la persona usuaria, estudiante o solicitante acceda a sostener conductas sexuales de cualquier naturaleza;

*Expresar comentarios, burlas, piropos o bromas hacia otra persona referentes a la apariencia o a la anatomía con connotación sexual, bien sea presenciales o a través de algún medio de comunicación;

*Realizar comentarios, burlas o bromas sugerentes respecto de su vida sexual o de otra persona, bien sea presenciales o a través de algún medio de comunicación;

*Expresar insinuaciones, invitaciones, favores o propuestas a citas o encuentros de carácter sexual;

*Emitir expresiones o utilizar lenguaje que denigre a las personas o pretenda colocarlas como objeto sexual;

*Preguntar a una persona sobre historias, fantasías o preferencias sexuales o sobre su vida sexual;

*Exhibir o enviar a través de algún medio de comunicación, carteles, calendarios, mensajes, fotografías, audios, videos, ilustraciones u objetos con imágenes o estructuras de naturaleza sexual, no deseadas ni solicitadas por la persona receptora;

*Difundir rumores o cualquier tipo de información sobre la vida sexual de una persona;

*Expresar insultos o humillaciones de naturaleza sexual

*Mostrar deliberadamente partes íntimas del cuerpo a una o varias personas.

Con ello se busca combatir los actos de corrupción y los abusos contra el personal de todos los géneros, indica el código.

Además, define además situaciones como el acoso sexual, en el que no necesariamente hay una subordinación jerárquica, y el hostigamiento sexual, en el cual hay un abuso de un superior.

El incumplimiento de esta normativa, que entrará en vigor este miércoles, deberá ser denunciado ante comités de ética y órganos de control interno de las dependencias mexicanas. Los funcionarios serán sancionados conforme a la ley de responsabilidades administrativas.

Aquí puedes consultar el Código de Ética de la Administración Pública Federal.


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