Google no anula la decisión antimonopolio de compras de la UE por valor de 2,42 mil millones de euros

Google no anula la decisión antimonopolio de compras de la UE por valor de 2,42 mil millones de euros

El desafío de Google a un fallo antimonopolio de la UE de 2017 contra su servicio de comparación de compras (Google Shopping) ha sido desestimado en gran medida por el Tribunal General de la Unión Europea.

Es una victoria importante para la división antimonopolio de la Comisión, que, en los últimos años, ha traído una serie de acciones contra la gran tecnología, incluidas múltiples decisiones contra Google. Pero este verano perdió un caso importante contra los impuestos atrasados ​​de Apple.

Hoy, el Tribunal General de la UE ha confirmado la multa de 2.42 mil millones de euros impuesta a Google y su empresa matriz Alphabet hace más de cuatro años por abusos de la competencia relacionados con Google Shopping, un servicio de búsqueda de comparación de productos.

No está claro si Google buscará presentar más apelaciones frente a Google Shopping. Un portavoz se negó a comentar cuando se le preguntó.

En 2017, la Comisión descubrió que Google había abusado de su dominio en las búsquedas al otorgar una ubicación destacada a su servicio de comparación de compras del mismo nombre, al tiempo que degradaba a sus rivales en los resultados de búsqueda orgánicos.

Google y su entidad matriz Alphabet apelaron la decisión, pero el Tribunal General desestimó la mayoría de sus reclamos, acordando que las acciones sancionadas eran anticompetitivas y que Google había favorecido su propio servicio de comparación de precios sobre los servicios de la competencia en lugar de ofrecer un mejor resultado.

En un comunicado de prensa sobre la sentencia, el Tribunal también menciona otra táctica problemática, escribiendo: “Si bien Google habilitó posteriormente los servicios de comparación de precios de la competencia para mejorar la calidad de la visualización de sus resultados al aparecer en sus ‘casillas’ a cambio de un pago , el Tribunal General señala que ese servicio dependía de que los servicios de comparación de precios cambiaran su modelo de negocio y dejaran de ser competidores directos de Google para convertirse en sus clientes “.

En hallazgos adicionales, el Tribunal acordó que su comportamiento anticompetitivo tenía efectos perjudiciales para los competidores de Google. Y rechazó un argumento de Google, que había intentado alegar que la competencia por los servicios de comparación de precios sigue siendo fuerte debido a la presencia de plataformas comerciales en ese mercado, coincidiendo con la evaluación de la Comisión de que esas plataformas no están en el mismo mercado.

En un aspecto positivo para Google, el Tribunal concluyó que la Comisión no estableció que la conducta del gigante tecnológico hubiera tenido efectos anticompetitivos (incluso potenciales) en el mercado de servicios de búsqueda generales. Por tanto, anuló la constatación de una infracción con respecto a ese mercado únicamente.

Pero, una vez más, confirmó el análisis de la Comisión del mercado de servicios de búsqueda especializados para la comparación de compras (y la actividad anticompetitiva de Google dentro de él).

El Tribunal también rechazó la afirmación de Google de que su conducta estaba objetivamente justificada porque “mejoró la calidad de su servicio de búsqueda”.

Y desestimó otra afirmación de Google sobre las limitaciones técnicas que le impiden brindar un trato igualitario.

“Google no ha demostrado ganancias de eficiencia vinculadas a esa práctica que contrarresten sus efectos negativos sobre la competencia”, agregó en el comunicado de prensa.

Al mantener el nivel de sanción pecuniaria impuesta por la Comisión, el Tribunal señaló que la parte de la decisión que anuló no tuvo impacto en el monto de la multa (“dado que la Comisión no tomó en consideración el valor de las ventas en ese mercado en para determinar el monto de base de la multa ”); y enfatizó lo que se describe como la “naturaleza particularmente grave de la infracción”, también teniendo en cuenta el hecho de que la conducta fue intencional, en lugar de negligente.

La Comisión dijo que la sentencia “transmite el mensaje claro de que la conducta de Google fue ilegal y proporciona la claridad jurídica necesaria para el mercado”.

“La comparación de precios ofrece un servicio importante a los consumidores, en un momento en el que el comercio electrónico se ha vuelto cada vez más importante para los minoristas y los consumidores. Como los servicios digitales se han vuelto omnipresentes en nuestra sociedad hoy en día, los consumidores deberían poder confiar en ellos para tomar decisiones informadas e imparciales ”, dijo la Comisión en el declaración.

Agregó que continuará utilizando “todas las herramientas a su disposición para abordar el papel de las grandes plataformas digitales de las que dependen las empresas y los usuarios para, respectivamente, acceder a los usuarios finales y acceder a los servicios digitales”, señalando su propuesta reguladora de la Ley de Mercados Digitales, que está siendo debatido actualmente por el Parlamento Europeo y el Consejo, y que dijo que tiene como objetivo garantizar la “equidad y la impugnación”.

Respondiendo al fallo en su propia declaración, un portavoz de Google trató de restar importancia a cualquier significado, escribiendo:

Los anuncios de Shopping siempre han ayudado a las personas a encontrar los productos que buscan de forma rápida y sencilla, y han ayudado a los comerciantes a llegar a clientes potenciales. Este juicio se relaciona con un conjunto de hechos muy específico y, aunque lo revisaremos de cerca, hizo cambios en 2017 para cumplir con la decisión de la Comisión Europea. Nuestro enfoque ha funcionado exitosamente durante más de tres años, generando miles de millones de clics para más de 700 servicios de comparación de precios.

Sin embargo, un rival de Google en el espacio de búsqueda local – Yelp – aprovechó la sentencia, diciendo que establece un marco para “la rápida evaluación de la ilegalidad de este tipo de conducta en otras verticales”, y pidiendo a la Comisión que tome medidas contra Google sobre búsqueda local.

“Yelp da la bienvenida al fallo de hoy del Tribunal General Europeo, que ha encontrado a Google culpable de abusar de su dominio en la búsqueda general para extinguir a los competidores en los servicios de búsqueda vertical sin ninguna justificación de eficiencia”, dijo Luther Lowe, vicepresidente senior de políticas públicas, en un comunicado. “Si bien la decisión se centra en la comparación de compras, establece un marco para la rápida evaluación de la ilegalidad de este tipo de conducta en otras verticales, a saber, la búsqueda local. El mercado de búsqueda local aún no se ha inclinado y los consumidores europeos realizan búsquedas locales en Google miles de millones de veces por semana.

“En lugar de aceptar una victoria pírrica, la Comisión Europea ahora debe tomar este precedente favorable y enjuiciar a Google por sus abusos paralelos en el mercado de búsqueda local y permitir que servicios como Yelp compitan por sus méritos”, continuó. “Puede que sea difícil de recordar ahora, pero Google y su tipo Big Tech no siempre fueron tan impopulares. En 2015, el vicepresidente Vestager mostró un valor increíble al mostrarle al mundo que los abusos de Google no eran aceptables. Debería ser elogiada por este coraje.

“Pero el veredicto de la historia sobre este período se basará en si esta odisea finalmente produjo un impacto tangible para los consumidores europeos, por lo que es vital que estas herramientas se utilicen en mercados donde la competencia sigue siendo salvable”.

Mientras tanto, Google tiene una serie de apelaciones contra otros hallazgos antimonopolio de la UE (Android y AdSense), así como una investigación abierta de la UE de su adtech, sin mencionar una serie de casos antimonopolio en su propio país.

Por lo tanto, sus abogados estarán muy ocupados independientemente de las ramificaciones de la pérdida de hoy.


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